RESULTANDO, CONSIDERANDO, RESOLUTIVO – SENTENCIA
Enviado por René GV • 24 de Mayo de 2018 • Resumen • 719 Palabras (3 Páginas) • 500 Visitas
TITULOS DE CREDITO Y OPERACIONES MERCANTILES
OBLIGACIONES: DOCUMENTO QUE SE EXPIDE A FAVOR DE UN SOCIO MEDIANTE EL CUAL ACREDITA SU CALIDAD Y PARTICULARMENTE EL CAPITAL SOCIAL QUE APORTO A LA PERSONA MORAL S.A.
TITULO DE CREDITO – APAREJADA EJECUCION
RESULTANDO, CONSIDERANDO, RESOLUTIVO – SENTENCIA
APELACION, AMPARO, REVISION, SENTENCIA FIRME
EXCESO DE TERMINO – SENTENCIA FIRME
ACCION: FACULTAD QUE TENGO DE ACUDIR ANTE UN ORGANO JURISDICCIONAL A RECLAMAR EL CUMPLIMIENTO DE UNA OBLIGACION “YO PUEDO DEMANDAR…”
VIA: CONDUCTO PARA HACER VALER TU ACCION (ORDINARIA, EJECUTIVA, ORAL)
EJECUTIVA: 3 AÑOS A PARTIR DEL VENCIMIENTO
ORDINARIA: 10 AÑOS DESPUES DEL VENCIMIENTO
CARACTERIZTICAS DE TITULOS DE CREDITO:
INCORPORACION: EL DERECHO NO SE PUEDE EXIGIR NI TRANSMITIR SIN EL DOCUMENTO, Y A SU VEZ, CUANDO SE DISPONE DEL DOCUMENTO SE HA DISCPUESTO DEL DERECHO MATERIALIZADO DEL MISMO
LEGITIMACION: CONSISTE EN LA CERTEZA Y SEGURIDAD JURIDICA NECESARIAS PARA DETERMINAR QUE QUIEN COBRA LA DEUDA CAMBIARIA ES VERDADERAMENTE EL QUE TIENE EL DERECHO A HACERLO
LITERALIDAD: EL DERECHO ES TAL Y COMO RESULTA DEL TITULO, SEGÚN LO QUE EN EL APARECE CONSIGNADO, O LO QUE ES EXPRESAMENTE INVOCADO POR EL MISMO Y POR LO TANTO COGNOSCIBLE A TRAVEZ DE EL, (SE EJECUTA LA ACCION TAL Y COMO SE PACTO)
AUTONOMIA: DISFRUTAR EN FORMA INDEPENDIENTE DEL DERECHO INCORPORADO EN EL TITULO
CLASIFICACION DOCTRINAL DE TITULOS DE CREDITO:
A.- ABSTRACTOS Y CAUSALES. - LOS ABSTRACTOS SON AQUELLOS QUE NO SEÑALAN LA CAUSA QUE LES DIO ORIGEN, ES DECIR, POR QUÉ SE EMITE DICHO TÍTULO Y SON DE REGLA GENERAL; EXCEPCIONALMENTE LOS TÍTULOS DE CRÉDITO PUEDEN SER CAUSALES, ES DECIR, QUE EXPRESEN LA CAUSA POR LA QUE FUERON EMITIDOS.
B.- NOMINATIVOS A LA ORDEN Y AL PORTADOR. - SON EMITIDOS A FAVOR DE PERSONA DETERMINADA Y SE TRANSMITEN POR ENDOSO Y LA ENTREGA DEL TÍTULO Y, EN CASO DE QUE POR SU NATURALEZA SEA INSCRIBIBLE EN UN REGISTRO, POR INSCRIPCIÓN DEL TÍTULO O EN EL LIBRO DE REGISTRO DEL EMISOR (LGTOC ART. 24). QUIEN FIGURE EN EL LIBRO SE CONSIDERA TENEDOR LEGÍTIMO.
C.- CREDITICIOS, DE PARTICIPACIÓN Y REPRESENTATIVO. - SON CREDITICIOS LOS QUE INCORPORAN ÚNICAMENTE DAN LA POSIBILIDAD DE COBRAR UNA SUMA DE DINERO, YA QUE ESTÁN OTORGANDO UN CRÉDITO.
LOS DE PARTICIPACIÓN SON LOS QUE ADEMÁS DEL PAGO DE UNA SUMA DE DINERO INCORPORAN DERECHOS REFERENTES A LA VIDA Y FUNCIONAMIENTO DE UNA SOCIEDAD.
LOS REPRESENTATIVOS SON AQUELLOS QUE INCORPORAN DERECHOS DE PROPIEDAD O DE PRENDA SOBRE LAS MERCANCÍAS DEPOSITADAS EN ALMACENES GENERALES.
D.- INDIVIDUALES Y SERIALES. - LOS INDIVIDUALES SON AQUELLOS EN LOS CUALES SE CREA UN SOLO TÍTULO, DIFERENTE DE OTRO Y QUE REPRESENTA LA TOTALIDAD DE LA EMISIÓN. LOS SERIALES SON LOS CREADOS EN UN SOLO ACTO DE EMISIÓN, SON VARIOS Y CADA TÍTULO REPRESENTA UNA DETERMINADA PARTE DEL TOTAL DE LA EMISIÓN.
...