Calidad.
Enviado por yipabe22 • 9 de Marzo de 2013 • Informe • 339 Palabras (2 Páginas) • 443 Visitas
En primer lugar, debe puntualizarse que, tal como lo ha sostenido el Consejo Técnico de la Contaduría
Pública, conforme a la legislación comercial (Artículos 19 y 48 del Código de Comercio) la obligación de
llevar contabilidad así como la presentación de estados financieros son imperativos que se predican respecto
de todos los comerciantes.
En este orden de ideas, de conformidad con el artículo 52 del Código de Comercio y el artículo 9º del
Decreto 2649 de 1993 (por el cual se reglamenta la contabilidad en general y se expiden los principios o
normas de contabilidad generalmente aceptados en Colombia) los comerciantes, sean éstos personas
naturales o jurídicas, están obligados a preparar estados financieros que permitan conocer en forma clara y
completa la situación de su patrimonio con corte a 31 de diciembre de cada año.
De igual manera, como se ha señalado anteriormente, los artículos 37 y 38 de la Ley 222 de 1995, son
estados financieros certificados los suscritos por el representante legal y el contador público bajo cuya
responsabilidad se prepararon y estados financieros dictaminados los que una vez certificados se acompañan
de la opinión profesional del revisor fiscal o, a falta de éste, de un contador público independiente que los
hubiere examinado, junto con la declaración correspondiente, de conformidad con las normas de auditoría
generalmente aceptadas.
Según lo previsto en los artículo 39 de la Ley 222 de 1995 y 10 de la Ley 43 de 1990 la atestación de
contador público en los estados financieros permite presumir que los mismos han sido fielmente tomados de
los libros, que se han preparado de conformidad con las normas legales y que presentan en forma fidedigna la
correspondiente situación financiera a la fecha de corte en ellos expresada.
En cuanto a personas naturales no comerciantes, no existe el deber de llevar contabilidad y menos aún el de
preparar y presentar estados financieros, lo cual no implica que no puedan llevar un control financiero de la
actividad que ejercen y preparar reportes contables que no tienen la calidad de estados financieros pues no
son tomados de libros oficiales de contabilidad, valga decir, registrados, en razón de que dicho registro no se
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