Definiciones Derecho Procesal
Enviado por karladerecho • 5 de Junio de 2014 • 1.823 Palabras (8 Páginas) • 472 Visitas
1. CONCEPTO DE DERECHO;
Conjunto de normas jurídicas que regulan la conducta externa del hombre en sociedad.
2. CITA LAS NORMAS QUE REGULAN LA CONDUCTA DEL HOMBRE EN SOCIEDAD;
Normas sociales: regulan las formas de relacionarse y nuestras costumbres
Normas éticas o morales: son las que exigen ciertas conductas en relación con los valores que impone la sociedad.
Normas religiosas: regulan la conducta de acuerdo a los principios de una religión.
Normas jurídicas: garantizan la convivencia de la sociedad y tienen carácter obligatorio, por lo que se puede forzar a que se cumplan; estas se encuentran el la constitución, código civil, código penal.
3. CITA EL CONCEPTO DE DERECHO PENAL;
Es la rama del derecho que establece y regula el castigo de los crímenes o delitos, atreves de la imposición de ciertas penas.
4. CITA EL CONCEPTO DE DERECHO PROCESAL PENAL;
Conjunto de normas jurídicas correspondientes al derecho público interno, en tanto regulan las relaciones entre el estado y los particulares, destinatarios de ellas aunque no en exclusiva, que hacen la aplicación del derecho penal sustantivo a los casos concretos, con el propósito de conservar el orden social.
5. CITA EL CONCEPTO DE PROCESO,PROCEDIMIENTO,JUICIO;
Proceso: conjunto de actuaciones que realiza un tribunal de justicia en un procedimiento judicial, desde su inicio hasta que se dicta sentencia.
Procedimiento: actuación que se sigue mediante tramites judiciales o administrativos, un procedimiento judicial
Juicio: proceso legal por el que se resuelve un delito ante un juez o tribunal penal, criminal, juicio que tiene por objeto establecer la responsabilidad de una persona en un delito.
6. CITA EL CONCEPTO DE DELITO DOGMATICO, LEGAL, ETIMOLOGICO;
Delito dogmático; Conducta típica, antijurídica, imputable, culpable.
Delito legal; Actos u omisiones que regulan las leyes penales.
Delito etimológico: la palabra delito deriva del verbo delinquire que significa apartarse del buen camino del sendero senalado por la ley penal.
7. CITA EL DELITO DE OFICIO, GRAVE, SIMPLE;
Oficio: son los delitos que no son necesariamente, la denunicia del agraviado, sino que cualquier persona la puede efectuar y el ministerio público tiene la obligación de perseguir el delito.
Grave; se califican como graves, para todos los efectos legales y por afectar de manera importante los valores fundamentales de la sociedad. Bien jurídico tutelado.
Simple: son cuando solo causan una lesión jurídica, como por ejemplo robo.
8. CITA LOS ELEMENTOS POSITIVOS DEL DELITO LOS ESCENCIALES;
Conducta, tipicidad, antijuridicidad y culpabilidad.
CITALOS ELEMENTOS NEGATIVOS DEL DELITO LOS ESCENCIALES;
Ausencia de conducta, atipicidad, causas de justificación, excluyentes del delito o inculpabilidad.
EXPLICA POR QUE LA IMPUTABILIDAD Y LA PUNIBILIDAD NO SON ELEMENTOS ESENCIALES DEL DELITO;
La impunibilidad no es elemento porque está incluida en la conducta, es decir, es un presupuesto de la culpabilidad: y la punibilidad no es elemento porque no siempre se llega a la aplicación de la pena, aunque haya delito.
CITA EL TIPO Y SUS ELEMENTOS;
Es la descripción legislativa, la cual se basa en una conducta antijurídica plasmada en la ley.
Acción: conducta desplegada
Sujeto: persona o personas que despliegan la conducta encerrada en el tipo.
Objeto: bien jurídico tutelado
CITA A QUE RAMA DEL DERECHO PERTENECE EL DERECHO PROCESAL PENAL Y POR QUE;
Al derecho publico, porque involucra al estado , que vela por los bienes tutelados en la ley y siendo es estado en ente publico, se sigue que pertenece a esta rama aunque el sujeto sea un particular.
EXPLICA Y CITA LAS PARTES DEL DERECHO PROCESAL PENAL;
juez, actor y demandado
CITA LA DEFINICION DE JUEZ Y SU NATURALEZA JURIDICA;
juez: es una persona física, facultada de soberanía por parte del estado,quien le delega el poder o las atribuciones para declarar el derecho al caso concreto aplicando la ley con fuerza,vinculatoria y ejecutiva.
Y su naturaleza jurídica esta en el articulo 14.
CITA LA DEFINICION DE MINISTERIO PUBLICO Y SU NATURALEZA JURIDICA;
es el órgano que posee plana disposición sobre los elementos de la acusación en virtud de que ejerce o puede negarse a ejercer la acción penal.
CITA LA DEFINICION DE DEFENSOR Y SU NATURALEZA JURIDICA;
defensor: es aquella persona que ejerce profesionalmente la defensa jurídica de una de las partes en el juicio.
Su fundamento esta en el art. 20b fracción VIII: Tendra derecho a una defensa adecuada por abogado, el cual elegirá libremente incluso desde el momento de su detención. Si no quiere o no lo puede nombrar un abogado. Después de haber sido requerido para hacerlo, el juez le designara un defensor publico. También tendrá derecho a que un defensor comparezca en todos los actos del proceso y este tendrá obligación de hacerlo cuantas veces se le requiera
CITA LA DEFINICION DE AVERIGUACION PREVIA,QUERELLAS Y DENUNCIA;
Averiguación previa: se realiza ante el ministerio publico, esta formada por todas diligencias que realiza el ministerio publico para integrar los datos o elementos de la probable responsabilidad del delito.
DENUNCIA: es la declaración o el documento en el que se informa a la autoridad de la comisión de un delito, podría decir que la denuncia pone al tanto a la autoridad sobre un ilícito y la obliga a movilizarse, primero para constatar que el delito existio, luego, para determinar responsabilidades y castigos.
Querella: es un acto formal pre procesal por el cual el ofendido o la persona legítimamente autorizada denuncia al hecho ante la autoridad competente con la intención de que el delito sea investigado y se imponga al responsable la sanción correspondiente.
QUE ES EL DOLO Y SUS ELEMENTOS;
...