Derecho Fiscal Evidencia #3
Enviado por Daniell JA • 4 de Abril de 2017 • Tarea • 2.125 Palabras (9 Páginas) • 861 Visitas
Nombre: Daniel Jimenez Acosta | Matrícula: AL02770277 |
Nombre del curso: Derecho Fiscal | Nombre del profesor: ANA LAURA AVILES CORRO |
Módulo: #3 | Actividad: Evidencia Final |
Fecha: 28/11/16 | |
Objetivo:
Mediante lo aprendido durante el curso de Derecho Fiscal de la Universidad Tecmilenio, analizar y entregar resultados a los tres casos propuestos, como si yo fuera a quien esta dirigido el caso.
Procedimiento:
Leeré cautelosamente las instrucciones de la evidencia para tener en claro nuestro objetivo. Posteriormente realizare una investigación en fuentes confiables y utilizare mis conocimientos adquiridos durante el curso para dar la solución optima a los casos que se encuentran a continuación. Una vez determinadas estas soluciones elaborare el reporte basándome en el respectivo formato determinado.
Introducción:
Como alumnos cursando la materia de Derecho Fiscal en la Universidad Tecmilenio, hemos obtenido los conocimientos necesarios para analizar y resolver diversas situaciones de la vida diaria en el ámbito fiscal de México, por lo que se nos han otorgado tres casos en los cuales daremos nuestra opinión, basándonos en las leyes vigentes, nuestro conocimiento y experiencia obtenida durante el curso.
“Buenos días,
En atención los últimos grandes asuntos de corte fiscal que se han sometido a consideración en este despacho, me permito hacer de su conocimiento los mismos, con el objetivo de abordarlos y tratarlos con su debida atención.”
Resultados (Caso “a”):
a) El señor Azcuénaga nos ha solicitado ayuda. Esta muy decepcionado porque realizo una operación de compraventa de acciones, a través de la Bolsa Mexicana de Valores, pensando que la transacción estaría exenta del pago del ISR, pero como le aclararon que el obtendría mas del 10% del control accionario de la empresa, entonces si debía pagar. Menciono sabe que quizá se equivoco por estar mal informado, y que necesita de nuestra ayuda para orientarse en cuanto a que impuestos debe pagar como persona física y cuales como persona moral a titulo de la empresa.
Señor Azcuénaga, todas las personas debemos pagar impuestos por el simple hecho obtener un ingreso, ya sea por los salarios percibidos al prestar un servicio, por realizar actividades profesionales, por el arrendamiento o uso de bienes inmuebles, por los intereses o premios que obtenga, por los dividendos y ganancias que repartan otras personas morales, por la enajenación o adquisición de bienes, etcétera. Por el echo de enajenar mas del 10% del control de dicha empresa usted no esta exento de este impuesto y deberá contribuirlo.
Tasa del impuesto
El impuesto se debe calcular aplicando la tasa de 25% sobre la cantidad total de la operación, sin deducción alguna.
Forma de pago del impuesto
El impuesto debe ser retenido por el adquirente si es residente en el país, o residente en el extranjero con establecimiento permanente en México. En caso contrario, el contribuyente que venda las acciones pagará el impuesto ante las oficinas autorizadas, dentro de los 15 días siguientes a la obtención del ingreso.
Como persona física estará obligado al pago de el 20% de retención del ISR base a la retención del precio de venta, y deberá declarar la acumulación de ganancias en la venta de dichas acciones. Se puede aplicar una retención menor siempre y cuando se presente dictamen por Contador Público Registrado, determinando el ISR sobre la ganancia en la venta de las acciones.
Como persona moral deberá determinar la ganancia en la venta y acumular la utilidad para realizar su pago provisional de ISR.
Obligaciones fiscales
- Inscripción o alta en el Registro Federal de Contribuyentes
- Expedir comprobantes fiscales
- Llevar contabilidad
- Presentar declaraciones y pagos mensuales y declaración anual
- Presentar la declaración informativa de operaciones a terceros
- Presentar declaraciones informativas anuales
- Mantener actualizados sus datos en el registro federal de contribuyentes
Resultados (Caso “b”):
b) El señor Morales, sin ningún tipo de conocimiento sobre derecho fiscal, decide explorar la idea de lanzarse a la política como candidato a diputado federal. Viendo que su rival es experto en asuntos tributarios y que el IVA es un tema caliente hoy en día, decidió acudir con nosotros para que le preparáramos un resumen ejecutivo sobre el estado actual de dicho impuesto y sus particularidades mas importantes.
Señor Morales,
El impuesto al valor agregado, mejor conocido como “IVA”, es un impuesto el cual debemos pagar cuando realicemos actos o actividades gravadas por la Ley del Impuesto al Valor Agregado, como veremos a continuación en su primer articulo:
Artículo 1o.- Están obligadas al pago del impuesto al valor agregado establecido en esta Ley, las personas físicas y las morales que, en territorio nacional, realicen los actos o actividades siguientes:
Párrafo reformado DOF 30-12-1980
I.- Enajenen bienes.
II.- Presten servicios independientes.
III.- Otorguen el uso o goce temporal de bienes.
IV.- Importen bienes o servicios.
El impuesto se calculará aplicando a los valores que señala esta Ley, la tasa del 16%. El impuesto al valor agregado en ningún caso se considerará que forma parte de dichos valores.
El Impuesto al Valor Agregado se trata de un impuesto indirecto, en virtud de que los contribuyentes del mismo no lo pagan directamente, sino que lo trasladan o cobran a una tercera persona, hasta llegar al consumidor final, siendo este quien recibe el impacto económico del gravamen, habiendo sido éste trasladado desde el productor vía distribuidor o detallista.
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