ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Derecho Internacional Privado


Enviado por   •  10 de Abril de 2014  •  779 Palabras (4 Páginas)  •  297 Visitas

Página 1 de 4

La teoría de la Norma de Derecho Internacional Privado: su estructura y sus clases.

La norma de derecho internacional privado es una norma especial que difiereen su funcionamiento, pero no en su estructura de la norma jurídica general.La peculiaridad que la distingue de las reglas materiales es que el supuestode hecho se regula de forma indirecta, es decir, la consecuencia jurídica esseñalar a cual ley material se debe acudir para resolver el problemaplanteado, siempre y cuando el problema planteado se encuentre vinculado ados o mas ordenamientos jurídicos simultáneamente vigentes. El factordelimitador de la norma de Derecho Internacional Privado es la presencia endicha relación de un elemento extranjero, en consecuencia Derecho Internacional Privado está constituido por las relaciones jurídicas y no por las normas.

Estructura de la norma La estructura de la norma de Derecho Internacional Privado no difiere de la norma material, o sea, en ella hallamos los dos elementos estructurales detoda norma: a) el supuesto de hecho; y b) la consecuencia jurídica. Sin embargo, la norma indirecta presenta las siguientes particularidades:

1 El supuesto de hecho se plantea siempre el elemento extranjero;siempre y cuando se encuentre conectado simultáneamente a varios sistemas legales.

2 La consecuencia jurídica es formal y atributiva de competencia.

Clases:

Hay un criterio que las clasifica en normas de IMPORTANCION Y normas de EXPORTANCION y otro criterio en NORMAS UNILATERALES Y NORMAS

BILATERALES.

1. Primera clasificación:

Normas de importación: son aquellas normas que me digan la aplicación de una norma extranjera, cuando la norma me indica esto tengo que aplicar en mi país una disposición extranjera, Ejemplo el Art. 16 De la capacidad de las personas (que es según su domicilio) y también la capacidad para contraer matrimonio, tengo que estudiar la ley de su domicilio.

Ojo con esta

Normas de exportación: son aquellas que yo aplico incluso a los extranjeros, las normas internas fueron creadas para aplicárselas a los nacionales, yo las exporto cuando se la aplico a un extranjero todo derecho nacional que yo aplique a un extranjero serán normas de exportación Ejemplo el Art. 27 de la LDIP "La constitución, el contenido y la extensión de los derechos reales sobre los bienes, se rigen por el Derecho del lugar de la situación"

2. Segunda Clasificación:

• Normas Unilaterales también se conocen con el nombre de imperfectas, inconclusas, incompletas. Significa un solo lado, un solo aspecto, es decir regulan un solo lado de la situación, me indican que debo aplicar a mis nacionales pero && me dicen que debo aplicarte a mi extranjero. El Art. 9 del C.C "Las leyes concernientes al estado y capacidad de las personas obligan a los venezolanos, aunque residan o tengan su domicilio en país

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (5 Kb)
Leer 3 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com