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Derecho Internacional Privado


Enviado por   •  21 de Marzo de 2014  •  919 Palabras (4 Páginas)  •  225 Visitas

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LA COOPERACION JUDICIAL INTERNACIONAL

Consiste en una comunicación directa entre el Poder Judicial del Estado requirente y el del rogado y normalmente, excepto la comunicación entre jueces de zonas fronterizas, se lleva a cabo entre los tribunales superiores de cada Estado. En esta vía el juez rogante remite el exhorto a la cabeza de su Poder Judicial, que lo enviará a su vez a la autoridad superior del Poder Judicial rogado para que ésta adopte las medidas pertinentes para su diligenciamiento. En el ámbito regional no es demasiado frecuente el empleo de esta modalidad consagrada por normas convencionales vigentes, pues usualmente los tribunales recurren a las vías Autoridad Central, diplomática, consular o particular, evitándose de este modo la carga del diligenciamiento del exhorto. La vía judicial, salvo en casos de cooperación fronteriza, requiere de legalización para acreditar la autenticidad de la solicitud de auxilio.

La cooperación judicial internacional, es entonces una valiosa herramienta al alcance de los Estados en su tarea de combatir el delito, perseguir y sancionar a sus autores o partícipes, con una utilidad manifiesta, sobre todo cuando se trata de ilícitos penales de carácter transnacional, como el tráfico ilícito de drogas, el lavado de activos, el terrorismo, la trata de personas, la corrupción de funcionarios, entre otros, en cuya ejecución como en las tareas de esconder las ilícitas ganancias obtenidas y en la de evadir la acción de la justicia, las fronteras no constituyen un límite invencible.

Según Secilia Hinojosa Cuba, Fiscal adjunta suprema Unidad de Cooperación Judicial Internacional y Extradiciones de la Fiscalía de la Nación (UCJIE), de allí resulta imperiosa la "...necesidad de articular instrumentos de cooperación internacional en materia penal, mediante la figura de la extradición -entre otras- como una de las instituciones destinadas a evitar la impunidad en caso de delitos cuya promoción, materialización y/o resultado implica a más de un Estado" (Expediente N° 7624-2005/TC).

Precisamente, debido a esta necesidad y como una clara expresión del fenómeno de la globalización, los Estados asumen compromisos de cooperación que se materializan en tratados multilaterales o bilaterales, mientras que en sus legislaciones internas van incluyendo normas cada vez más precisas, para hacer de la cooperación judicial internacional un mecanismo de ayuda mutua o recíproca más expeditiva.

Venezuela ofrece mecanismos jurídicos que permiten solicitar la cooperación de autoridades extranjeras, a fin de realizar válidamente actuaciones destinadas a ser incorporadas en procedimientos legales que se lleven a cabo ante autoridades judiciales venezolanas, existen dos grandes categorías de situaciones en las cuales una parte puede tener interés en que la autoridad judicial venezolana ante la cual se lleva a cabo un procedimiento judicial, requiera la cooperación jurídica de la autoridad de otro país para poder realizar ciertas actuaciones en el extranjero. La primera, cuando se requiere

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