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ENSAYO DEL LIBRO “EL PROCESO DE CRISTO”


Enviado por   •  2 de Octubre de 2018  •  Ensayo  •  1.341 Palabras (6 Páginas)  •  312 Visitas

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ENSAYO DEL LIBRO “EL PROCESO DE CRISTO”.

        El autor IGNACIO BURGOA ORIHUELA, denomina a su obra como “El Proceso de Cristo”, monografía  jurídica sinóptica u opúsculo, es decir una obra literaria de poca extensión, cuyo contenido se refiere a un solo tema principal, mismo que es tratado desde el punto de vista del derecho, por modo breve y en forma de resumen.

        A mi parecer personal consideró que una denominación acertada sería una monografía de violaciones legales al procedimiento penal romano y la inobservancia a-religiosa del derecho hebreo consignado en la torah.

        Primeramente se aborda el aspecto relativo a la inobservancia del derecho hebreo.

        La provincia de Judea gozó de autonomía frente a Roma, por lo tanto conservó su organización política-religiosa, sus leyes, sus costumbres y la jurisdicción de sus tribunales locales, en cuanto hace a los delitos del orden común.

        En tanto que los “delicta publica” que afectaron al estado romano tenía competencia para resolverlos el gobernador romano.

        En el caso de Jesús ocurrió la dualidad de competencias, porque el SANHEDRÍN conoció y resolvió respecto de un delito religioso, o del fuero común al tratarse de una falta grave de blasfemia.

        Mientras que el Gobernador romano Poncio Pilato conoció del delito política o “delicta pública”  relativo a sedición.

        Para el derecho hebreo, el decálogo o torah era la fuente principal del derecho penal, ya que su violación no solo implica una ofensa a dios sino también al pueblo judío.

        El SANHEDRÍN  era el tribunal supremo del pueblo judío, conformado por setenta hombres ancianos y maestros en la ley, tenía la reputación como el tribunal de Jehová y conocía de los delitos graves, como la blasfemia e idolatría; sin embargo, su resolución debía ser homologada por el Gobernador Romano.

        Jesucristo no fue un revolucionario político, no vio al mundo terrenal para liberar al pueblo judío de la denominación Romana, tampoco pretendió abolir la torah; por el contrario quiso perfeccionarlo y darle cumplimiento, mediante un nuevo espíritu, sin embargo, está intención de complementación de la torah, es lo que constituye la causa fundamental del proceso de Jesucristo ante SANHEDRÍN.

        El caso ante el SANHEDRIN, presentó las siguientes contravenciones a  la ley judía:

        1.- Violación al principio de publicidad, porque el proceso se realizó en el casa de Caifas y no en el recinto público oficial llamado Gazith.

        2.- Violación al principio de diurnidad, puesto que el proceso se realizó en la noche.

        3.- Violación al principio de libertad defensiva porque no se dio oportunidad para presentar testigos de descargo.

        4.- Violación al principio de la rigurosa prueba testimonial, pues la acusación se fundó en testigos falsos.

        5.- Violación a la prohibición para recibir nuevos testigos, una vez cerrada la instrucción para suplir la deficiencia de los testigos falsos.

        No obstante ello, Jesucristo fue condenado a la muerte en cruz, por el delito religioso de blasfemia sin tener la competencia para decretarla conforme al derecho hebreo, y además, ordenar una pena para un delito religioso (La Blasfemia), que no existía en el derecho romano.

        Toda sentencia que impusiese la pena de muerte, pronunciada por los tribunales locales de las provincias romanas, debería ser homologada por Gobernador Romano; por tal razón la sentencia dictada por el SANHEDRÍN pasó a la competencia de Poncio Pilato, gobernador de Judea para obtener el “exequatur” de la resolución.

        Poncio Pilato no encontró ningún delito en las palabras de Jesucristo y mucho menos un delito contra el estado romano por lo que rehusó inicialmente la homologación de la sentencia del SANHEDRIN, remitiendo el caso por incompetencia territorial para el gobernador de Galilea Herodes Antipa, quien consideró a Jesucristo como un desquiciado, imponiéndole la corona de espinas, reenviando el caso a Poncio Pilato, quien ordenó la flagelación pública de Jesús, y ante la insistencia del SANHEDRÍN, aprovechando la festividad religiosa de la pascua, recurrió  a la costumbre  de poner en libertad a un delincuente que el pueblo escogiera, ya sea protervo Barrabas o a Jesucristo, entonces  el populacho exigió al gobernador romano que soltara al delincuente Barrabas y que crucificará a Jesús; la postura del SANHEDRIN fue “Sino ordenas la crucifixión del nazareno que se dice rey de los judíos, no serás amigo del césar pues solo a este reconocemos por tal.

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