FORMACION Y COMPACTACION DE TERRAPLENES
Enviado por mams25101988 • 10 de Abril de 2014 • 1.939 Palabras (8 Páginas) • 1.482 Visitas
SECCION 5.205 FORMACION Y COMPACTACION DE TERRAPLENES
5.205.1 Descripción y Alcances
Esta Sección se refiere a la formación y compactación de terraplenes o pedraplenes, ensanches de existentes para conformar la plataforma del camino, y a la formación y compactación de terraplenes para sobrecargas temporales. La Sección incluye además los rellenos de las excavaciones de escarpe, de material inadecuado y otras construcciones señaladas en el Proyecto. Cuando lo especifique el Proyecto, se hará la prueba de uniformidad de soporte sobre las superficies de los rellenos que se indiquen, de acuerdo a lo establecido en estas E.T.G..
5.205.2 Materiales
(1) Terraplenes
Los terraplenes y ensanches de existentes deberán construirse con material denominado "terreno de cualquier naturaleza", según su definición en el Acápite 5.201.304(7) de la Sección 5.201, Excavación General Abierta. Los suelos deberán ser inorgánicos, libres de materia vegetal, escombros, basuras, materiales congelados, terrones, trozos de roca o bolones degradables o deleznables o trozos cementados de tamaño superior al especificado. Salvo indicación contraria en el Proyecto, los materiales a emplear en la construcción del cuerpo de los terraplenes deberán tener un poder de soporte no inferior al 10% CBR, determinado según el Método LNV 92, y medido al 95% de la D.M.C.S. según el Método LNV 95. El tamaño máximo del material será de 150 mm, aceptándose una tolerancia de 5% entre 150 mm y 250 mm, pero en ningún caso podrá el sobretamaño ser mayor que la mitad del espesor de cada capa compactada. En zonas donde la precipitación media anual sea inferior a 50 mm, el poder de soporte se determinará sin inmersión.
Asimismo, los 0,30 m superiores del coronamiento de los terraplenes deberán construirse con suelos que se denominan "material de subrasante", cuyo poder de soporte no deberá ser inferior a 20% CBR, medido en las mismas condiciones estipuladas para el cuerpo del terraplén; el tamaño máximo del material no será superior de 100 mm y el espesor compactado de la capa no será inferior a 0,30 m.
5.205.302 Formación, Ensanche y Compactación de los Terraplenes
(1) Generalidades
El Contratista deberá colocar estacas espaciadas a no más de 20 m entre sí que delimiten, el pie del terraplén, dejando puntos de referencia, tanto altimétricos como planimétricos, que permitan en cualquier momento reponer las estacas que se pierdan o deterioren.
Cuando corresponda instalar tuberías de hormigón y metal corrugado o construir cajones u otras obras de drenaje, cuyas claves queden por sobre la superficie del terreno natural, se deberá construir primeramente el terraplén del camino o en su defecto prismas con material de terraplén en las zonas de las estructuras, según lo establecido en el Párrafo 5.601.301 de la Sección 5.601, Alcantarillas de Tubos de Hormigón. Sólo una vez instaladas las obras de drenaje, y después de asegurarse que tienen las sobrecargas de suelo mínimas admisibles y en todo caso compatibles con los pesos por eje de los vehículos que se pretende utilizar para el transporte de las tierras, se podrá continuar con los trabajos de formación de terraplenes. Cuando los taludes de los prismas acusen una inclinación superior a 20%, se deberá cumplir con la construcción de escalones a medida que se construye el terraplén, según lo establecido en el Acápite 5.205.301(1).
Todos los materiales provenientes de cortes del camino que se ajusten a los requisitos del Tópico 5.205.2, deberán utilizarse en la formación de terraplenes u otros rellenos del Proyecto en la medida de lo posible. El retiro del sobretamaño que pudiere presentar este material, deberá efectuarse en el lugar del corte, nunca en el sitio del terraplén. Los materiales no aptos para rellenos y los que resulten en exceso, se dispondrán en conformidad a lo señalado en el Acápite 5.201.304(2) de la Sección 5.201, Excavación General Abierta.
Cuando los materiales de los cortes no sean suficientes o no sean aptos para la construcción de los terraplenes, el Contratista deberá localizar el o los empréstitos que proporcionen materiales adecuados y que se ajusten a los requisitos del Tópico 5.205.2. La ubicación de los empréstitos con suelos aptos, así como la adquisición de los derechos de extracción, serán de exclusiva responsabilidad y cargo del Contratista. La localización y procedimientos de explotación de los empréstitos deberán ajustarse a las disposiciones señaladas en la Sección 5.003, Especificaciones Ambientales Generales. Los materiales de sobretamaño deberán retirarse en el lugar del empréstito. Será de responsabilidad y cargo del Contratista la construcción y conservación de todos los caminos que se requieran para transportar el material entre los empréstitos y las obras del Proyecto.
(2) Colocación y Compactación del Material
Los terraplenes a construir con material clasificado como "terreno de cualquier naturaleza", se formarán mediante capas de espesor uniforme y sensiblemente paralelas a la rasante del Proyecto, cubriendo todo el ancho del perfil transversal y en longitudes compatibles con los métodos empleados en la distribución, mezcla y compactación del material. El bombeo transversal deberá mantenerse con una pendiente mínima que asegure el escurrimiento de agua durante la construcción. La colocación del material se efectuará mediante camiones de volteo u otros equipos apropiados, debiéndose disponer de bulldozers, motoniveladoras u otros equipos adecuados para asegurar capas de espesor uniforme.
La construcción deberá comenzar desde los puntos más bajos del perfil transversal y proseguir por capas superpuestas hasta alcanzar todo el ancho del terraplén. Se colocará la siguiente capa de material, sólo cuando la precedente se encuentre satisfactoriamente compactada y aprobada.
El espesor compactado de las capas, incluyendo cualquier material subyacente que hubiera sido escarificado, deberá ser en general de 0,30 m como máximo; se podrán aceptar espesores mayores si el Contratista demuestra que con los equipos de que dispone, puede asegurar la compactación especificada en todo el espesor de la capa. Los terrones o conglomerados deberán romperse enteramente por medio de rastras de discos u otros métodos
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