IMPUESTO A LAS GANANCIAS. Ley 20.628
Enviado por JuanFernandez22 • 7 de Mayo de 2014 • 1.100 Palabras (5 Páginas) • 309 Visitas
Secretaría de Hacienda
ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONALRESOLUCIÓN 358/92
Normas complementarias que deben cumplir las jurisdicciones para la autorización y aprobación de gastos y ordenació de pagos. Bs. As., 30/12/92 VISTO el Decreto Nº 2662/92, yCONSIDERANDO:Que por el Decreto Nº 2662/92 se establecen las competencias de los funcionarios del Poder Ejecutivo Nacional en materia de autorización y aprobación de gastos y ordenación de pagos.Que corresponde a la Secretaría de Hacienda dictar las normas complementarias que deben cumplir las jurisdicciones para la autorización y aprobación de gastos y ordenación de pagos.Por ello,
EL SECRETARIO DE HACIENDA
RESUELVE:
Artículo 1º – Las autorizaciones y aprobaciones de gastos y órdenes de pagos deberán cumplir los siguientes requisitos:
I. AUTORIZACION DE GASTOS
El documento de autorización de gastos deberá ser firmado por el funcionario habilitado, de acuerdo con lo previsto en el Decreto 2662/92.
I.1. Gastos en Personal
El documento de autorización deberá estar respaldado con la información requerida por las normas vigentes para la designación de personal permanente o temporario.
I.2. Otros Gastos
Deberá estar respaldado con la siguiente información:
a) Denominación de la unidad ejecutora solicitante.
b) Descripción del bien o servicio.
c) Justificación de la necesidad de la adquisición, contratación, designación de personal o transferencia a realizar.
d) Cantidad y especificaciones técnicas.
e) Costo estimado e imputación del gasto.
f) Lugar y plazo de entrega para el caso de bienes y prestación, para el caso de los servicios.
g) Firma del funcionario responsable de la unidad ejecutora.
II. APROBACION DE GASTOS
El documento de aprobación de gastos, se trate de resolución de nombramiento de personal, contrato, orden de compra o de servicio, según sea el caso, elaborado por la unidad de compras o de personal respectivas, deberá ser firmado por el funcionario autorizado, de acuerdo con lo previsto en el Decreto 2662/92 que establece las normas generales para autorizar y aprobar gastos y ordenar pagos.
Dicho documento deberá estar respaldado por la siguiente documentación:
a) Original del documento de autorización del gasto, acompañado de los antecedentes correspondientes.
b) Informe técnico y/o de laboratorio sobre los bienes o servicios ofertados.
c) Propuestas presentadas por los oferentes, cuadro comparativo e informe de la Comisión de Preadjudicación, cuando corresponda.
d) Informe de la oficina de personal para nombramientos y asignación de otras remuneraciones al personal.
e) Información sobre disponibilidad suficiente en el crédito y la cuota de compromiso de la partida a la que se imputará el gasto.
III. ORDENACION DE PAGOS
a) Pagos realizados por la Tesorería General de la Nación.
1. Para crear o aumentar fondos permanentes en las Jurisdicciones.
El documento a tramitar ante la Contaduría General de la Nación para la creación o el aumento de fondos permanentes será la orden de pago de egresos presupuestarios a imputar (F. 70), y deberá estar respaldada por la Resolución Conjunta a la que se refiere el artículo 5º del Decreto 2661/92, sobre Fondos Permanentes y Cajas Chicas.
2. Para reponer fondos permanentes en las Jurisdicciones.
La orden de pago a tramitar ante la Contaduría General de la Nación para reponer fondos permanentes a las jurisdicciones deberá estar respaldadas, según corresponda, por:
a) Listado de pagos realizados por imputación presupuestaria hasta su mayor desagregación.
b) Facturas conformadas y constancias de recepción de los bienes o servicios.
c) Original del documento de aprobación del gasto.
3. Para pagos directos por la Tesorería General de la Nación.
La orden
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