PREVENCION DE RIESGOS LABORALES
Enviado por giovandres.25 • 13 de Febrero de 2014 • 1.139 Palabras (5 Páginas) • 290 Visitas
TÍTULO DESPACHO DE MATERIALES PELIGROSOS.
SUBTÍTULO IDENTIFICACION DE PELIGROS Y EVALUACION DE RIESGOS
CÓDIGO MV-EO-01.01
FECHA ELABORACIÓN FEBRERO 2014.
VERSIÓN Nº PÁGINA MODIFICACIONES FECHA
Nombre Cargo Fecha Firma
PREPARADO POR
REVISADO POR
APROBADO POR
Gerencia General
1. OBJETIVO.
Establecer un Estándar Operativo, que determine la metodología de acción frente al transporte de carga de materiales peligros por carretera, para así Cumplir con los requisitos legales establecidos por el D.S 298.
Dar conformidad con la Política de Salud y Seguridad de Marítima Valparaíso Chile.
2. ALCANCE.
Este Estándar contempla todas las operaciones realizadas por los transportistas, pertenecientes a la filial de MARITIMA VALPARAISO.
- La aplicación alcanza a todas las actividades de Transportes, incluyendo talleres, bodegas, zonas de descanso y vehículos en tránsito.
3. RESPONSABILIDADES.
3.1 Los transportistas o sus representantes, antes de iniciar sus operaciones deberá inspeccionar el vehículo asegurándose de sus perfectas condiciones.
El transportista deberá exigir del expedidor de la carga:
a) La Guía de Despacho o Factura, que además de los contenidos básicos establecidos en normas específicas, detalle el o los productos peligrosos a transportar con su respectiva clasificación y Número de Naciones Unidas.
b) Las instrucciones escritas que se deben seguir en caso de accidentes, las que se consignarán junto al nombre del producto, su clase, número de Naciones Unidas y número del teléfono de emergencia, basada en la Hoja de Datos de Seguridad a que se refiere la Norma Chilena Oficial NCh 2245.Of93.
Estas instrucciones deberán mantenerse en la cabina del vehículo y precisar en forma concisa, a lo menos, lo siguiente:
- La naturaleza del peligro presentado por los productos transportados, así como las medidas de protección inmediatas para afrontarlo.
- Las disposiciones aplicables para el caso de que una persona entre en contacto con las sustancias transportadas o por productos que pudieran desprenderse de ellos.
- Las medidas que se deben tomar en caso de incendio y en particular los medios de extinción que no se deben emplear.
- Las medidas que se deben tomar en caso de rotura o deterioro de los envases, especialmente cuando las sustancias peligrosas se desparramen por la carretera.
-Lo referente al traslado de la carga o la prohibición absoluta de su manipulación cuando por cualquier motivo el vehículo no pueda continuar con el transporte.
c) Los productos peligrosos identificados con sus respectivas etiquetas y marcas conforme a la Norma Chilena Oficial NCh.2190.Of93.
El transportista es responsable que el vehículo circule portando los rótulos a que se refiere la Norma Chilena Oficial NCh 2190.Of93.
3.2 El conductor del vehículo es el responsable durante el viaje, de la custodia, conservación y Buen uso de los elementos, equipos y accesorios del vehículo, incluidos los exigidos en función de la Naturaleza específica de los productos transportados.
El conductor deberá examinar regularmente y en lugares adecuados, las condiciones generales del vehículo, incluyendo la condición de los neumáticos y la integridad de la carga, en aspectos tales como, existencia de pérdidas o fugas del producto, seguridad de las amarras y posicionamiento de los rótulos.
Durante el transporte, el conductor del vehículo está obligado a utilizar los elementos de protección personal que corresponden, cuando participe en una acción para la que se requieran estos elementos de protección personal.
3.3 Todo el personal que participe en las operaciones de carga, descarga y transbordo de cargas peligrosas, deberá usar vestimenta adecuada y equipo de protección personal, conforme con las normas e instrucciones que indican los reglamentos
...