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Recurso De Revision


Enviado por   •  22 de Marzo de 2013  •  2.373 Palabras (10 Páginas)  •  526 Visitas

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EL RECURSO DE REvIsIÓN EN EL DERECHO AGRARIO MExICANO

La impugnación, en términos generales, es entonces el derecho que tienen las partes, para conseguir la revocación o modificación del acto procesal incorrecto o defectuoso, buscando el restablecimiento de la justicia y la normalidad dentro del proceso.

En la impugnación es necesario definir tres aspectos: el derecho de impugnar, el acto impugnado y el proceso de impugnación.

El derecho de impugnar es una atribución concedida por la ley procesal a las partes, a efecto de que el órgano jurisdiccional modifique los actos procesales que perjudican su interés.

Desde un punto de vista estricto, el derecho de impugnación corresponde a los titulares del ejercicio de la acción y de la excepción. Este derecho está limitado por el derecho procesal. El agravio al interés jurídico produce la impugnación, porque carecería de sentido que la parte que tiene satisfecho su interés, pudiera ejercitarla.

Objetivamente puede decirse que son impugnables todos aquellos actos procesales susceptibles de ser revocados, modificados o confirmados. Esto ha dado a lugar a la clásica división de los vicios ""in judicando"e “in procedendo”; referidos los primeros a la percepción del derecho y los segundos a la aplicación del derecho procesal. Los vicios "'in judicando” producen agravios y los vicios "in procedendo'" producen la nulidad.

Existe frecuentemente un término durante el cual, la parte que tenga el interés para impugnar, pueda ejercitar este derecho para corregir el acto viciado. Vencido este plazo, se produce la caducidad, que imposibilita el ejercicio de la impugnación en el transcurso del tiempo.

El acto impugnativo se ejercita mediante la promoción del sujeto impugnante y con ella se provoca el procedimiento de impugnación ante el tribunal de alzada. Este procedimiento culmina con la resolución del juez o del tribunal de segunda instancia por medio del cual se mantiene, se elimina, modifica o sustituye el acto impugnado.

El acto de impugnación puede ser admitido o desechado únicamente por el tribunal de alzada. En el derecho agrario, los actos impugnativos son el recurso de revisión ante el Tribunal Superior Agrario y el Juicio de Amparo, directo o indirecto. Además, la actuación de los magistrados agrarios puede ser impugnada mediante la denuncia de un impedimento que obstaculiza que el juzgador conozca del asunto.

Me referiré exclusivamente al recurso de revisión en el derecho agrario, que en el procedimiento agrario es el único recurso que puede interponerse contra las sentencias firmes de los Tribunales Agrarios, que resuelvan conflictos de límites de tierras entre dos o más núcleos de población ejidales o comunales o entre estos sujetos agrarios colectivos o uno o varios pequeños propietarios o sociedades; la restitución de tierras ejidales; o la nulidad de resoluciones emitidas por autoridades en materia agraria.

En el Recurso de Revisión intervienen los siguientes sujetos:

1. Recurrente que puede ser el actor o el demandado, que son los únicos que pueden interponer este medio de impugnación.

2. El Tribunal Unitario Agrario, como responsable de la sentencia impugnada, y que recibe el nombre de juez 'á quo'

3. El órgano jurisdiccional competente para conocer y resolver la impugnación, que es el Tribunal Superior Agrario y al cual se le denominado juzgador (adquem)

4. Contraparte de la impugnadora o tercero interesado a la que se le otorga la garantía de audiencia, para que manifieste lo que a su interés convenga respecto de la legalidad de la sentencia reclamada.

La interposición del recurso de revisión debe hacerse ante el Tribunal Unitario Agrario que haya pronunciado la sentencia impugnada, dentro del término de diez días posteriores la notificación de la resolución.

NATURALEZA JURíDICA

El recurso de revisión es un acto que se da dentro del proceso, con el propósito de que tanto los litigantes como el Estado, obtengan y apliquen una mejor administración de justicia.

OBJETO DEL RECURSO

Que la instancia superior revise la sentencia del inferior a fin de determinar si procede la modificación o anulación de la sentencia, para la mejor aplicación de la Ley.

El objeto indirecto del recurso es el logro de la tutela del derecho que le corresponde a cada una de las partes.

SUSTANCIAOÓN DEL RECURSO

El recurso se debe presentar por escrito ante el Tribunal Unitario que haya pronunciado la resolución recurrida y se endereza en contra de sentencias de los Tribunales Unitarios Agrarios, que hayan resuelto sobre:

1 cuestiones relacionadas con los límites de las tierras suscitadas entre dos o más núcleos de población ejidal o comunal, o concernientes a límites de las tierras de uno o varios, núcleos de población con uno o varios pequeños propietarios, sociedades o asociaciones.

2 la tramitación de un juicio agrario que reclame la restitución de tierras ejidales; o

3 la nulidad de resoluciones emitidas por las autoridades en materia agraria.

El artículo 200 de la Ley Agraria señala que el Tribunal Unitario que reciba el recurso remitirá inmediatamente el expediente, el original del escrito de agravios y la promoción de los terceros interesados, si el recurso se refiere a cualquiera de los supuestos del artículo198 y es presentado en tiempo.

Por una errónea interpretación de este artículo, al inicio del funcionamiento de los Tribunales Agrarios, los Unitarios empezaron a admitir o desechar los recursos, según se ajustaran a lo dispuesto por los artículos 198 y 199, en cuanto a los supuestos jurídicos y el término de la interposición. Sin embargo, la jurisprudencia estableció que no corresponde a los Tribunales Unitarios calificar la admisión o el desechamiento del recurso sino que esta facultad le corresponde al Tribunal Superior Agrario, el cual debe resolver en definitiva, en un término de diez días contados a partir de la fecha de recepción.

En el recurso de revisión no deben estudiarse nuevos elementos o pruebas que no hayan sido estudiados en la primera instancia, porque ello significaría reabrir el proceso, con las consecuencias de retraso en la impartición de justicia y dejar en estado de indefensión a la parte que no conoció los nuevos elementos que sirvieron de base al tribunal de alzada para resolver el recuso de revisión. Sólo deben estudiarse los elementos aportados y estudiados en la primera instancia.

El recurso de revisión en materia agraria se concede

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