ARRENDAMIENTO
Enviado por aldolenin • 15 de Julio de 2013 • 930 Palabras (4 Páginas) • 255 Visitas
Entre XXXXXXXXXXXXXXXXX, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidadXXXXXXX, y de este domicilio, en su carácter de propietaria de un lote de terreno que se identifica más adelante; quien en lo sucesivo y a los efectos de éste contrato se denominará “EL ARRENDADOR”, por una parte y por la otra parte la empresa mercantil: “XXXXXXXXXXXXXXXXXX sociedad mercantil debidamente inscrita ante XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, representada para este acto por su Vice-Presidente el ciudadano: XXXXXXXXXXXXXX venezolano, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad XXXXXXXXXXXX quien en lo adelante y a efectos de este contrato se denominará “EL ARRENDATARIO”, se ha convenido celebrar el presente contrato de arrendamiento, con arreglos a las siguientes cláusulas:
PRIMERA: “EL ARRENDADOR” da a “EL ARRENDATARIO” en arrendamiento, un lote de terreno destinado a comercio, ubicado en un área de terreno aproximadamente de TRES MIL CUATROSCIENTOS TREINTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON CINCUENTA DECÍMETROS CUADRADOS (3.436,50 MTS2), ubicado frente a la carretera Guácara-Yagua, sector Los Naranjillos, municipio Diego Ibarra, del estado Carabobo, constituido por cinco (5) oficinas comerciales y un espacio con quince (15) puestos de estacionamiento.
SEGUNDA: La duración del presente contrato será de un (01) AÑO FIJO, a partir del PRIMERO (01) DE JULIO DE 2013 hasta el TREINTA (30) DE JUNIO DE 2014.
TERCERA: El canon de arrendamiento es la de DIEZ MIL BOLÍVARES CON 00/100 (Bs.10.000,00) mensuales, pagaderos puntualmente los cinco (5) primeros dias de cada mes, en la ciudad de Valencia, estado Carabobo, a la persona que “EL ARRENDADOR” indique o en el lugar que de mutuo acuerdo se señale, que en principio será en el local que por este documento se da en arrendamiento. Queda expresamente convenido que la falta de pago oportuno de una mensualidad dará derecho a “EL ARRENDADOR” a declarar rescindido el presente contrato.
CUARTA: Se da por cuenta de “EL ARRENDATARIO” todas las reparaciones menores o locativas que requiere el inmueble objeto del presente contrato, tales como sanitarios, cañerías, instalaciones eléctricas, pinturas e instalaciones de agua y demás aparatos que posea el inmueble dado en arrendamiento y será también responsable de las reparaciones mayores si resultase culpable de ellas, por impericia, negligencia, inobservancia de las normas, o que no haya participado de las mismas a tiempo a “EL ARRENDADOR”, comprometiéndose formalmente “EL ARRENDATARIO” a conservar el inmueble en las mismas buenas condiciones en que lo recibe, tal como se señala en la cláusula.
QUINTA: “EL ARRENDATARIO” no podrá efectuar ningún cambio en las condiciones objeto de este contrato, ni construir, ni agregar nada sin el previo consentimiento de “EL ARRENDADOR” dado por escrito, en cada caso, excepto aquellos propios para la adecuación del negocio a explotar debiendo llevarlo a su estado original al momento de la entrega del local por finalización del presente contrato de arrendamiento. Para el supuesto de que “EL ARRENDATARIO” prefiera
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