ARRENDAMIENTO
Enviado por SangreCora • 9 de Julio de 2013 • 1.240 Palabras (5 Páginas) • 534 Visitas
EN EL PUERTO DE SAN BLAS, NAYARIT; A 10 DEL MES DE ENERO DEL AÑO 2013 DOS MIL TRECE, ANTE LOS TESTIGOS QUE AL FINAL LO FIRMAN SE HACE CONSTAR:
CONTRATO PRIVADO DE ARRENDAMIENTO Que celebran por una parte la señora MA. LUISA ZAPATA DIAZ en representación del C. LAZARO ZAPATA MARTINEZ a quién en éste documento se le denominará como “LA ARRENDADORA”, y por la otra la C. DALIA MARGARITA GONZALEZ SEJA a quien se le designará en éste documento como “LA ARRENDATARIA” y manifiestan que tienen concertada la celebración de un CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, el cual CONVENIEN en formalizar al tenor de las siguientes:
----------------D E C L A R A C I O N E S-------------
----I.- IDENTIFICACION DEL INMUEBLE.- declara LA ARRENDADORA que es apoderada legal del señor LAZARO ZAPATA MARTINEZ quien es propietario y se encuentra en legal y pacifica posesión de un bien inmueble al que se le da uso de granja acuícola de camarón, el cual se ubica en el Ejido de la Chiripa, municipio de San Blas, Nayarit, y que cuenta con una extensión superficial de 13-00-00 Hectáreas, de las cuales 8-00-00 Hectáreas serán arrendadas por ser el objeto del presente contrato.--------------------------------------------------------------------------------------
----II.- CONSENTIMIENTO.- siguió declarando la ARRENDADORA que le ha ofrecido en renta a la señora DALIA MARGARITA GONZALEZ SEJA, una fracción de 8-00-00 hectáreas el bien inmueble descrito en el punto que antecede, la cual expresa su consentimiento de adquirir el uso del referido inmueble bajo el esquema y título de ARRENDATARIO al cual le otorga a la formalización del presente instrumento.---------------------------------------------------------------------------------
----Con lo anterior quedan asentados los antecedentes del presente contrato TRASLATIVO DE USO, conviniendo las partes en sujetarlo al tenor de las siguientes:------------------------------------------------------------------------------------------------
----------------C L A U S U L A S-----------------
---PRIMERA.- LA ARRENDADORA señora MA. LUISA ZAPATA DIAZ en representación del C. LAZARO ZAPATA MARTINEZ da en arrendamiento y entrega a la señora DALIA MARGARITA GONZALEZ CEJA, quien recibe y adquiere en calidad de ARRENDATARIO el USO, de una fracción del bien mueble (GRANJA) especificado en el punto primero del capitulo declarativo del presente contrato, de conformidad con los artículos 45 y 79 de la Ley Agraria.-------------------
---SEGUNDA.- (MONTO DE LA RENTA) EL ARRENDATARIO pagara a la ARRENDADORA en efectivo por concepto de renta, la cantidad de $204,000.00 (DOSCIENTOS CUATRO MIL PESOS 00/100 M. N.), anuales, misma que deberá ser entregada en dos pagos el primero de ellos el día 10 (diez) de Enero de 2013 (dos mil trece), siendo por la cantidad de $130,000.00 (CIENTO TREINTA MIL PESOS 00/100 M. N.) y el resto el día 15 (quince) de Junio del 2013 (dos mil trece) que es por la cantidad de $74,000.00 (SETENTA Y CUATRO MIL PESOS 00/100 M. N.) en caso contrario procederá la rescisión automática del presente contrato.--------------------------------------------------------------------------------------------------
----TERCERA.- (DURACION DEL CONTRATO) la duración del presente contrato será de 1 (uno) año, iniciando el día 10 (diez) de Enero del año en curso y concluyendo precisamente el día 31 (treinta y uno) del mes de Diciembre de este mismo año 2013, queda obligada LA ARRENDATARIA a desocupar el bien inmueble multicitado en el presente contrato el día de terminación del mismo, este contrato solo podrá renovarse por un tiempo igual al aquí estipulado mediante acuerdo por escrito de ambas partes.------------------------------------------------------------
----CUARTA.- (REMODELACION) LA ARRENDATARIA podrá hacer variación en el inmueble, obras e infraestructura, tramitación de permisos y concesiones, para la realización de sus objetivos sociales y económicos, esto con el previo permiso por escrito de LA ARRENDADORA, será responsable LA ARENDATARIA de los daños y perjuicios que ocasione por haber variado la forma del inmueble sin consentimiento de LA ARRENDADORA, de conformidad con lo previsto por el artículo 1813 del Código Civil vigente, las obras e infraestructura construidas en la parcela pasaran a formar parte del bien inmueble sin costo para LA ARRENDADORA. Es obligación de LA ARRENDATARIA pagar y finiquitar los créditos y deudas que contraiga con la moral denominada SOCIEDAD COOPERATIVA ORO AZUL S. P. R. de R. L. o con cualquier otra institución o empresa crediticia, siempre y cuando
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