CONTRATOS
Enviado por yesiquitachule • 6 de Febrero de 2014 • 1.879 Palabras (8 Páginas) • 705 Visitas
Unidad 3. Documentos y contratos de la relación comercial
Actividad 2. Tipos de contrato
En esta actividad identificarás los diferentes tipos de contratos, su aplicación, Características y beneficios.
1. Realiza un cuadro comparativo de los diversos tipos de contrato mercantiles e identifica su aplicación, característica y beneficios de:
contratos de la relación comercial
COMPRAVENTA PERMUTA MERCANTIL TRANSPORTE MERCANTIL EL PRESTAMO DEPÓSITO MERCANTIL COMICIÓN MERCANTIL EL FIDEICOMISO SEGURO
DEFINICION Y CARACTERISTICAS
La compraventa es un contrato en virtud de la cual una de las partes se obliga a dar una cosa y la otra a pagarla en dinero. Aquella se dice vender y la otra comprar. El dinero que el comprador da por la cosa vendida, se llama, precio. Este contrato es el que tiene mayor importancia entre los de su clase porque se trata del contrato tipo traslativo de dominio y además porque constituye la principal forma moderna de adquisición de riqueza, es decir tanto en su función jurídica como económica debe merecer un estudio especial. Tiene característica de ser bilateral porque engendra derechos y obligaciones para ambas partes, oneroso porque confiere gravámenes recíprocos, conmutativo por cuanto las prestaciones son ciertas y determinadas al celebrarse el contrato, Consensual. Es un contrato consensual para muebles y formal para inmuebles, en cuanto al los inmuebles el contrato siempre debe constar por escrito, pero el documento puede ser público o privado y es principal porque existe por sí solo, pues no depende de otro contrato, instantáneo, pueden realizarse
las prestaciones inmediatamente La permuta históricamente resulto ser uno de los primeros contratos que se utilizaron , toda vez que al no existir moneda se realizaba el trueque o intercambio de mercancías al aparecer la moneda nace la compraventa y como consecuencia la permuta fue relegada a segundo término de acuerdo al artículo 1687 del código civil, la permutación o cambio es
Un contrato por la cual cada una de las partes se le obliga a dar el derecho de propiedad (dominio) de una cosa para recibir el derecho de dominio sobre otra. La permuta es un contrato principal, de trasmisión de propiedad, es bilateral, es conmutativo, instantáneo o de trato sucesivo, es consensual. En el contrato de permuta, la permuta es consensual ya que para su perfeccionamiento se requiere el acuerdo de voluntades de las partes, es bilateral, oneroso, conmutativo, es de ejecución instantánea por regla general salvo que se pacte un plazo. O contrato comercial, es un negocio jurídico bilateral que tiene naturaleza jurídico-mercantil, en general para que un contrato sea mercantil debe versar sobre actos de comercio, definidos según la legislación aplicable, un negocio jurídico puede ser considerado acto de comercio, según el ordenamiento jurídico de que se trate, en función de la condición de las partes en el, si son comerciales, en función de su objeto. La legislación aplicable a los contratos mercantiles ofrece diferencias con respecto a la legislación civil debido a que busca adaptarse a las necesidades del tráfico mercantil. Es un tipo de documento que regula relaciones de un empresario con otro empresario o bien de un empresario con los consumidores , las partes implicadas , en el contrato mercantil las personas son personas jurídicas o empresarios individuales es decir personas o instituciones con capacidad legal para realizar una actividad comercial, es imprescindible distinguir entre una relación mercantil y una relación laboral Es un medio por el cual unas de las partes llamado PORTEADOR se obliga para con otra que recibe el nombre de CARGADOR, a cambio de un precio, a conducir de un lugar a otro por un determinado medio y en el plazo fijado, personas o cosas y a entregar estas al destinatarioEs un contrato en virtud del cual uno se obliga por cierto precio a conducir de un lugar a otro, por tierra, canales, lagos o ríos navegables, pasajeros o mercaderías ajenas, y a entregar éstas a la persona a quien vayan dirigidas. En el transporte de cosas, la entrega es el documento es el documento característico. La entrega de la cosa es el acto mediante el cual se le confía al porteador la cosa que va a transportar. La entrega de la cosa es el presupuesto para que el contrato se realice, no para que se formalice, se refiere al momento de ejecución de contrato y no la de celebración del mismo, la celebración legal del contrato se lleva a efecto mediante la carta de porte que constituye un documento en la cual las partes fijan el acuerdo contractual del transporte. El mutuo es un contrato de préstamo de dinero que suele ser remunerado mediante el pago de intereses en función del tiempo, si el mutuo se encuentra garantizado mediante un derecho real de hipoteca se denomina mutuo hipotecario. Una especie de préstamo son las líneas de crédito
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