Compañías de Servicios Auxiliares
Enviado por JonathanDC2 • 19 de Diciembre de 2021 • Apuntes • 859 Palabras (4 Páginas) • 62 Visitas
Compañías de Servicios Auxiliares
Constitución: Mediante Resolución No. SB-2021-0920 de 23 de abril de 2021, la Superintendente de Bancos, sustituyó la Norma de control para la calificación y supervisión de las compañías de servicios auxiliares que presten servicios a las entidades de los sectores financieros público y/o privado, de los Burós de Información y de Análisis de Riesgo Crediticio.
Art.1 Para obtener la calificación y que las compañías puedan prestar servicios auxiliares, se deberá presentar a la Superintendencia de Bancos, Una solicitud de clasificación suscrita por el representante legal o apoderado de la compañía, en la que se establezca claramente el detalle del y/o los servicios específicos que va a prestar. La solicitud de calificación deberá contener una firma electrónica del represéntate legal o apoderado de conformidad con las disposiciones de la Ley.
Art. 2 Documentación:
- Declaración juramentada ante notario público, otorgada por el representante legal o apoderado.
- Copia certificada del acta de sesión de la junta general de accionistas o del directorio.
- Escritura pública de constitución de la compañía y últimas reformas estatutarias con la razón inscripción en el registro Mercantil.
- Nombramiento vigente del representante legal o apoderado inscrito en el registro Mercantil.
- Las compañías con mas de dos ejercicios económicos a la fecha presentada la solicitud, deberán presentar la ficha financiera habilitada en la Superintendencia de bancos.
- Toda compañía con mas de dos ejercicios económicos a la fecha de presentación, deberán remitir las declaraciones del impuesto a la renta de los dos ejercicios económicos.
- Certificado de cumplimiento de obligaciones emitida por la Superintendencia de Compañías, valores y seguros.
- Certificado de cumplimiento de obligaciones otorgado por el servicio de rentas internas,
- Certificado de cumplimiento de obligaciones con el Instituto Ecuatoriano de Seguridad.
- Documentación que detalle la infraestructura tecnológica, metodológica del riesgo operativo y matriz de riesgos operativos.
- Políticas y medidas de seguridad de la información a ser utilizadas e implementadas en los servicios ofertados.
- Para el caso de aquellas compañías que soliciten la calificación para ofertar servicios auxiliares relacionados con la generación y colocación.
- Para el caso de las industrias gráficas, deberán presentar un estudio que demuestre que cuentan con seguridades físicas en sus instalaciones industriales.
- Para el caso de compañías de transporte de especies monetarias y valores, deberán remitir una copia certificada del documento habilitante para operar en el año en curso.
- Esquema tarifario para aplicar en cada servicio, especificando quien pago por el servicio.
Estructura: Art 17: Las entidades de los sectores financieros público y privado, deberán verificar que las compañías de servicios auxiliares observen lo dispuesto en la norma para la Administración del Riesgo de Lavado de Activos y Financiamiento de Delitos como el Terrorismo ARLAFDT- y la Norma de Control para la Calificación de Oficiales de Cumplimiento de las Entidades Controladas por la Superintendencia de Bancos.
Art 18: Las compañías de servicios auxiliares de cobranza yo generación de cartera solo podrán apalancarse si los recursos provienen de:
...