Contabilidad Electrónica MEXICO
Enviado por Laxmi Machuca • 8 de Mayo de 2017 • Apuntes • 1.094 Palabras (5 Páginas) • 234 Visitas
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Antecedentes
La contabilidad se integra por:
- Libros, sistemas y registros
- Contables
- Papeles de trabajo
- Estados de cuenta
- Cuentas especiales
- Libros y registros sociales
- Inventarios
- Método de valuación
- Medios de almacenamiento de
- Datos
- Documentación comprobatoria
- Documentación de ingresos y
- Deducciones
- La que obliguen otras leyes
Artículo 76 de la Ley de ISR – Obligación a PM a llevar contabilidad de Conformidad con el CFF y su Reglamento.
Capítulo III del Código de Comercio – Obligación para comerciantes a llevar un sistema de contabilidad adecuado, con requisitos mínimos de llevar un sistema de contabilidad adecuado, con requisitos mínimos de identificación de operaciones.
Ley General de Sociedades Mercantiles - Obligación a un sistema de contabilidad. Establece la responsabilidad solidaria hacia los administradores.
¿Qué documentos e información integran la contabilidad? Artículo 33–A RCFF
I. Registros o asientos, catálogo de cuentas y sus pólizas.
II. Avisos, solicitudes de inscripción al RFC y su documentación soporte.
III. Declaraciones de impuestos e informativas.
IV. Estados de cuenta bancaria y sus conciliaciones; de monederos
Electrónicos de combustible o vales de despensa.
V. Acciones, partes sociales y títulos de crédito en las que sea parte.
VI. Contratación de PF subordinadas; inscripción, avisos y Aportaciones al IMSS.
VII. Documentación de importaciones y exportaciones.
VIII. Documentación e información de los registros de todas las operaciones.
IX. Las demás declaraciones que resulten aplicables.
Los registros o asientos contables deberán:
I. Ser analíticos y efectuarse en el mes en que se realicen las operaciones, a más tardar dentro de los 5 días siguientes a la realización de las mismas.
II. Integrarse en el libro diario en forma descriptiva, en orden cronológico e indicando el total de saldos y movimientos.
III. Permitir identificación del registro con el folio de los CFDI, forma de pago, contribuciones, tasas, cuotas, o actos exentos.
Los registros o asientos contables deberán:
I. Ser analíticos y efectuarse en el mes en que se realicen las operaciones, a más tardar dentro de los 5 días siguientes a la realización de las mismas
II. Integrarse en el libro diario en forma descriptiva, en orden cronológico e indicando el total de saldos y movimientos.
III. Permitir identificación del registro con el folio de los CFDI, forma de pago, contribuciones, tasas, cuotas, o actos exentos.
IV. Identificar inversiones con los CFDI, fecha de adquisición, descripción, MOI, porcentaje, deducción anual y fecha de inicio de deducción fiscal.
V. Relacionar cada operación, acto o actividad con los saldos que den como Resultado las cifras finales de las cuentas;
VI. Formular EPF, ER, EVCC, EOAR, BC y notas a dichos estados.
VII. Relacionar los ER con las cuentas contables.
VIII. Identificar contribuciones que se deben de cancelar o devolver conforme a disposiciones fiscales.
IX. Comprobar requisitos de estímulos fiscales y subsidios.
X. Identificar los bienes producidos, adquiridos, en proceso, donados,destruidos o enajenados.
XI. Plasmarse en español y en M.N., incluso comprobantes fiscales y documentación soporte deberán acompañarse con traducción correspondiente y señalar el T.C. utilizado.
XII. Establecer centros de costos por cada sucursal o establecimiento.
XIII. Señalar fechas de operación, descripción, cantidad, forma y medio de pago o extinción de la obligación.
XIV. Permitir identificar depósitos y retiros en las cuentas bancarias, conciliarse contra operaciones y documentación soporte.
XV. Registros de inventarios y mercancías, que permitan identificar su uso y destino, así como el método de valuación utilizado.
XVI. Registros de diferimiento de impuestos, en el caso de arrendamiento financiero.
XVII. Control de donativos recibidos por donatarias, datos del donante, tipo de bien y destino de los mismos.
XVIII. Contener el IVA que se les trasladó y el pagado en la importación, Considerando la actividad que soporta su acredita miento.
Artículo 34 del Reglamento CFF
El diseño y diagramas del sistema electrónico donde se almacenan y procesan los datos contables, es parte integrante de la contabilidad. Este, deberán cumplir con NOM (NOM 151 – documentos electrónicos íntegros y sin cambios) en materia de generación y conservación de documentos electrónicos. El equipo y operadores del sistema, estarán a disposición de las autoridades fiscales en caso de ejercer facultades de comprobación. Se podrá respaldar en discos ópticos o media comprobación. Se podrá respaldar en discos ópticos o medios autorizados por el SAT.
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