LA CONTABILIDAD ELECTRÓNICA
Enviado por ddhuaman • 26 de Mayo de 2015 • Tesis • 1.891 Palabras (8 Páginas) • 276 Visitas
[PDF]Y AHORA LA CONTABILIDAD ELECTRÓNICA… Y ... - DEC
decsc.mx/pdfs/contabilidad_electronica.pdf
Fecha de realización del ensayo: 23 de junio de 2014. ... electrónico, es decir, llevar la con[PDF]Y AHORA LA CONTABILIDAD ELECTRÓNICA… Y ... - DEC
decsc.mx/pdfs/contabilidad_electronica.pdf
Fecha de realización del ensayo: 23 de junio de 2014. ... electrónico, es decir, llevar la contabilidad de manera electrónica, con características uniformes y.tabilidad de manera electrónica, con características uniformes y.Autores: CPC y LD Leobardo Meraz Barragán / Co-autor: LC Lizeth Meraz Valenzuela.
Fecha de realización del ensayo: 23 de junio de 2014.
Sin lugar a dudas, en el mundo fiscal mexicano, estamos “entrando” y consolidando la era de la generación de la información casi en tiempo real (dentro de las 24 horas en que se genera la operación, según el reglamento del CFF), la generación de potentes bases de datos, el uso o confronta que hace y hará la autoridad hacendaria de dicha información y sobre todo, las consecuencias en el deber ser, del debido cumplimiento de nuestras obligaciones fiscales.
La estrategia del estado (concretamente el Sistema de Administración Tributaria-SAT) para lograr dicho objetivo, en materia de Control fiscal, (aparte del padrón del RFC) pone especial énfasis en el tratamiento (concebida en sus fases de recopilar, usar, divulgar y conservar) de la información que obtiene, de conformidad a lo que prevé la ley en la obligación de contribuir al gasto público (la Constitución Política de los Estados unidos Mexicanos –CPEUM- en su artículo 31, fracción IV y de manera específica, una diversidad de artículos que prevé el Código Fiscal de la Federación-CFF), relacionada a toda actividad económica, realizada por todos y cada uno de los contribuyentes y hasta los no contribuyentes, concebidos estos últimos en este ensayo, por aquellos que por circunstancias especiales han evadido o eludido (de manera consciente o inconsciente) sus obligaciones fiscales y que a partir del 1 de enero de 2014, conforme a la información de las bases de datos contenidas en las entidades financieras mexicanas, podrán ser fiscalizados conforme al domicilio que hayan manifestado ante dichas instituciones.
El CFF, con las adecuaciones que se realizaron a partir del 1 de enero de 2014 y diversas adecuaciones a otros ordenamientos jurídicos, permiten el reforzamiento de obligaciones en materia de recopilación de datos, informes y documentos, mediante la conversión de estos a su digitalización o transformación de archivos electrónicos, que permiten generar información casi a tiempo real, mediante el uso, entre otros, de Comprobantes Fiscales Digitales, que viajen por Internet (CFDi) o de información convertida a archivos electrónicos en “lenguaje”, .XLM y debidamente “timbrados” con el uso de certificados de sello digital (CSD) y la Firma Electrónica Avanzada (FIEL). Uno y otro, garantizan la autenticidad, confidencialidad, integridad y no repudio de dichos documentos, que permiten dar certidumbre en el manejo de los mismos al asegurar la identidad y autorización del emisor, así como la privacidad en el tratamiento de los datos, la seguridad de que no serán alterados y sobre todo, que se garantiza jurídicamente que quien envía el mensaje (informes de la contabilidad en este caso) no puede negar que el mismo lo envió.
Y AHORA LA CONTABILIDAD ELECTRÓNICA… Y TIMBRADA ¿Por qué?
Dicha información estandarizada y uniforme, permite con mayor rapidez y precisión, hacer que su proceso de interpretación por parte de los usuarios de dicha información (entre ellos el SAT) sea en mayor oportunidad y por lo tanto las decisiones o acciones, con mayor rapidez y efectividad, acorde a los objetivos de las autoridades fiscales.
El tema de la contabilidad, resulta fundamental para el contribuyente, ya que le permite ir midiendo los avances o retrocesos de dicha actividad, ya que por medio de esta, se registran todas y cada una de las operaciones económicas que realiza y sobre todo, sirve para generar información a los usuarios de la misma, entre otros a las autoridades fiscales; y a esta le sirve, para revisar conforme a las facultades que le permite la ley, el cumplimiento en tiempo y forma, de todas y cada una de las obligaciones (obligación de dar, hacer, no hacer o permitir) en materia tributaria.
Hasta el 2 de abril del presente año, el registro de operaciones contables en materia fiscal, permitía hacerlo de manera manual, mecánico o electrónico. Uno de los primeros pasos para estandarizar los procesos contables, es “obligar” a los contribuyentes a utilizar un desarrollo electrónico, es decir, llevar la contabilidad de manera electrónica, con características uniformes y que sea capaz dicho desarrollo, mediante un complemento electrónico, el “convertir” la información contable a un archivo .XLM (es lo que llamamos timbrado de la contabilidad), conforme catálogos estándar establecidos por el SAT, directamente de la herramienta utilizada, mediante la agrupación de la información de la empresa, de conformidad a un digito agrupador establecido en dichos catálogos del SAT.
Una vez “timbrada la contabilidad”, se enviara vía internet, desde la pagina del SAT y se depositara dicha información en el BUZON TRIBUTARIO o en su defecto, en poblaciones donde no exista la Internet o la capacidad de transmisión no sea apta para su envió (por lo pesado del archivo o por fallos del servicio), se entregaran dichos archivos en CD, DVD o USB, directamente en la Administración Local de Auditoría Fiscal, de donde tenga el contribuyente su domicilio fiscal. (Porque se entrega en auditoría fiscal?).
Es importante mencionar, que el registro de las operaciones en la contabilidad, mediante el uso de herramientas electrónicas, deberá sujetarse a nuestras Normas de Información Financiera (NIF) y derivar de dichos registros, la información debidamente agrupada, conforme a los catálogos que el SAT publique próximamente y vinculadas con la normatividad que deriva del artículo 28, y demás del CFF y de manera precisa, para explicar la parte administrativa del
...