Exoneración De Impuestos
Enviado por ale_alejandrop • 18 de Mayo de 2014 • 2.393 Palabras (10 Páginas) • 487 Visitas
Impuestos
Información tomada de: http://es.wikipedia.org/wiki/Impuesto
El impuesto es una clase de tributo (obligaciones generalmente pecuniarias en favor del acreedor tributario) regido por derecho público. Se caracteriza por no requerir una contraprestación directa o determinada por parte de la administración hacendaria (acreedor tributario).
Los impuestos en la mayoría de legislaciones surgen exclusivamente por la "potestad tributaria del Estado", principalmente con el objetivo de financiar sus gastos. Su principio rector, denominado "Capacidad Contributiva", sugiere que quienes más tienen deben aportar en mayor medida al financiamiento estatal, para consagrar el principio constitucional de equidad y el principio social de la libertad.
Los impuestos son cargas obligatorias que las personas y empresas tienen que pagar para financiar al estado. En pocas palabras: sin los impuestos el estado no podría funcionar, ya que no dispondría de fondos para financiar la construcción de infraestructuras (carreteras, puertos, aeropuertos, eléctricas), prestar los servicios públicos de sanidad, educación, defensa, sistemas de protección social (desempleo, prestaciones por invalidez o accidentes laborales), etc.
En ocasiones, en la base del establecimiento del impuesto se encuentran otras causas, como disuadir la compra de determinado producto (por ejemplo, tabaco) o fomentar o desalentar determinadas actividades económicas. De esta manera, se puede definir la figura tributaria como una exacción pecuniaria forzosa para los que están en el hecho imponible. La reglamentación de los impuestos se denomina sistema fiscal o fiscalidad.
Beneficios de los Adultos Mayores
Información tomada de: http://www.adultosmayoresproactivos.org/blog/derecho-territorial-maritimo-del-ecuador/derechos-del-adulto-mayor/
En la República del Ecuador, la Ley del Anciano, con varias reformas, dio un maravillo marco jurídico en 1991, que vislumbraba, entre otros beneficios: alimentos, exoneraciones, impuestos, tarifas de transportes, espectáculos, tasas de agua, luz y teléfonos con el 50%de descuento; hogares de protección, salud, educación, entre otras premisas que luego fueron recogidos por el Código Civil ecuatoriano en los Arts: 279,280,281,367 y más: En el Código Penal, arts. 20 numeral 2 se considera como atenuante a las personas mayores de 60 años de edad. En el Código de Procedimiento Penal, Art 171 indica que “la prisión preventiva debe ser sustituida por arresto domiciliario para las personas mayores de 65 años de edad, cualquiera fuera el delito que se le acusa. Y Leyes especiales como: Ley de Derecho y Amparo al paciente, especialmente en el Art 3; Ley de Seguridad Social; Ley Orgánica de Tránsito, entre otras, que favorecen al Adulto Mayor, pero poco se han tomado en cuenta.
Por otra parte, La Constitución de la República del Ecuador del 2008, tomando con mucha responsabilidad, LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS Y GRUPOS DE ATENCIÓN PRIOTARIA, entre los cuales se encuentran los Adultos Mayores, en el Artículo 36 se tipifica que “Las personas adultas mayores recibirán atención prioritaria y especializada en los ámbitos público y privado, en especial en los campos de inclusión social y económica, y protección contra la violencia. Se considerarán personas adultas mayores aquellas personas que hayan cumplido los 65 años de edad”. Así mismo, el Artículo 37 dice” El Estado garantiza a las personas adultas mayores los siguientes derechos:
1. La atención gratuita y especializada de salud, así como el acceso gratuito a medicina.
2. El trabajo remunerado, en función de sus capacidades.
3. La jubilación universal.
4. Rebajas en los servicios públicos y en servicios privados de transporte y espectáculos.
5. Exoneración en el régimen tributario.
6. Exoneración del pago por costos notariales y registrales de acuerdo a la Ley.
7. El acceso a una vivienda que asegure una vida digna, con respeto a su opinión y consentimiento.
En el Artículo 30, se dice que “El Estado establecerá políticas públicas y programas de atención a las personas adultas mayores, que tendrán en cuenta las diferencias específicas entre áreas urbanas y rurales, las equidades de género, la etnia, la cultura y las diferencias propias de las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades; así mismo, fomentará el mayor grado posible de autonomía personal y participación en la definición y ejecución de estas políticas”
“En particular, el Estado tomará medidas de: 1.- Atención en centros especializados que garantice su nutrición, salud, educación y cuidado diario, en un maraco de protección integral de derechos. Se crearán centros de acogida para albergar a quienes no puedan ser atendidos por sus familiares o quienes carezcan de un lugar donde residir en forma permanente”.
2.- Protección especial contra cualquier tipo de explotación laboral o económica. El Estado ejecutará políticas destinadas a fomentar la participación y el trabajo de las personas adultas mayores en entidades públicas y privadas para que contribuyan con su experiencia, y desarrollará programas de capacitación laboral, en función de su vocación y sus aspiraciones”.
3.- Desarrollo de programas y políticas destinadas a fomentar su autonomía personal, disminuir su dependencia y conseguir su plena integración social”.
4.- Protección y atención contra todo tipo de violencia, mal trato, explotación sexual o de cualquier otra índole, o negligencia y conseguir su plena integración social”.
5.- Desarrollo de programas destinados a fomentar la realización de actividades creativas y espirituales”.
Derechos humanos
En la interesante Tesis comentada, se dice que los derechos humanos son universales, y además civiles, políticos, económicos, y culturales, pertenecen a todos los seres humanos, incluyendo a los adultos mayores, y están incluidos en nuestra Constitución de la República vigente, además de los tratados internacionales antes mencionados, e incluyen los siguientes derechos:
A. El derecho a un estándar de vida adecuado, incluyendo alimentación, vivienda y vestimenta.
B. El derecho a un seguro social, asistencia y protección.
C. El derecho a la no discriminación de edad y otros estatus en todos los aspectos de la vida.
Ley del anciano
Extraído de: http://www.efemerides.ec/1/sep/ley_del_anciano.htm
Revisar artículos 13 y 14 que hacen referencia a impuestos.
CAPITULO III
De los servicios
Art. 7.- Los servicios médicos de los establecimientos públicos y privados, contarán con atención geriátrico-gerontológica para la prevención,
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