IMPUESTO DE VENTAS Y SERVICIOS
Enviado por benjaele • 15 de Octubre de 2022 • Informe • 515 Palabras (3 Páginas) • 75 Visitas
Página 1 de 3
[pic 1]
[pic 2]
[pic 3]
[pic 4]
[pic 5]
[pic 6]
INTRODUCCIÓN
En el presente trabajo veremos la declaración de IVA y como se debe llenar el formulario 29, además conoceremos las fechas importantes para tener en cuenta a la hora de presentar una declaración.
DESARROLLO
- Toda actividad económica, mercantil, emprendimiento, negocio o prestador de algún servicio, necesita cumplir con la normativa vigente según lo estipulado por la ley de impuesto a la Renta, Ley 824 del código Tributario y DL 825 Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios. En este caso la mueblería de Don Octavio no está exento de ello, por lo tanto, como contribuyente y sujeto de impuesto, debe cumplir con ciertas obligaciones, como presentar declaraciones y pago de estos tributos hacia el fisco. En ese contexto, Don Octavio necesita saber lo siguiente:
- Día 12: de cada mes se debe declarar y pagar el IVA a través del formulario 29, correspondiente al periodo tributario anterior o mes anterior. Si cae en finde semana o día festivo, el plazo se extiende al día hábil siguiente. también debe declararse y presentarse en caso de no haber movimientos o sin pago.
- El Formulario 29 es el único medio para pagar el IVA y se puede hacer en línea www.sii.cl o en papel en bancos autorizados.
- Dia 15: se informan las retenciones por cambio de sujeto 1er grupo.
- Día 19: vence el plazo para presentar Form. 29 por internet con sistema PEC , sistema de cargo automático a la cuenta corriente para contribuyentes que cumplen los requisitos de.:
- Declaren y paguen en el portal www.sii.cl
- Que sean contribuyentes de 1ra categoría como facturadores electrónicos o de 2da categoría emisores de boletas de honorarios.
- Día 20: vence el plazo para declarar Form. 29 con pago en línea para contribuyentes que:
- Declaren y paguen el Formulario 29 a través de www.sii.cl.
- Contribuyentes de la primera categoría de la Ley sobre Impuesto a la Renta como Facturadores Electrónicos, o de la segunda categoría y emisores de Boletas de Honorarios Electrónicas. Este requisito no será exigible a los contribuyentes que, según la actividad económica que desarrollen.
- Dia 23: Informe de retenciones por cambio de sujeto 2do grupo.
- Dia 28: vence plazo presentación del Form. 29 por Internet y smartphone sin movimiento y sin pago.
- Dia 31: Vencimiento presentación “Solicitud de Devolución IVA Exportador” (F3600), por Internet.
Además, es preciso saber que dentro de la declaración del Formulario 29, no solo se declara el IVA, también se puede declarar si los tuviere los siguientes conceptos: Retenciones de Honorarios, Impuesto único de 2da. Categoría, el pago del PPM, IVA retenido a 3ras personas, impuestos adicionales a bebida alcohólicas y analcohólicas y otros que la normativa estipule.
...
Disponible sólo en Clubensayos.com