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Incentivar Espíritu Empresarial


Enviado por   •  15 de Agosto de 2013  •  850 Palabras (4 Páginas)  •  425 Visitas

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Se ha recibido en esta Secretaría de Estado su requerimiento de información, mediante el cual textualmente indica “que necesito para acogerme a beneficio de ley 20422 para las personas con discapacidad y reglamento por el decreto de hacienda Nº 1253 del año 2010”

Al respecto pongo en su conocimiento la información correspondiente a la adquisición de vehículos para personas con discapacidad.

Marco Normativo

1.- La Ley N°20.422, que establece normas sobre personas con discapacidad, en relación a la adquisición de vehículos, contempla dos beneficios:

a.- El pago del 50% de la tributación aduanera única por la importación del vehículo. Cabe recordar que la tasa general ad-valorem es de 6%. En consecuencia, las personas con discapacidad, sólo pagan 3% de derechos de aduana.

b.- El IVA que afecta a la importación del vehículo, cuya tasa general es de 19%, se puede pagar en cuotas mensuales, trimestrales o semestrales, hasta un máximo de 36 meses, previa aprobación del Servicio de Impuestos Internos.

2.- El procedimiento para acogerse a los mencionados beneficios, está contemplado en el Decreto de Hacienda N°1.253, del año 2010, y se detalla más adelante.

3.- Por otra parte, el Decreto Ley N°3.063, del año 1979, Ley de Rentas Municipales, establece que los vehículos que ingresen al país con liberación aduanera total o parcial (en este último caso, están los vehículos en referencia), el impuesto del permiso de circulación se determinará sobre el 25% del precio corriente en plaza del vehículo.

4.- Adicionalmente, la Ley N°18.483, sobre Estatuto Automotriz, permite la importación de vehículos usados cuando éstos gozan de la exención total o parcial de derechos y demás gravámenes de importación. Esta norma también se aplica a los vehículos que adquieren las personas con discapacidad.

Requisitos

Para acogerse a la normativa en comento, las personas con discapacidad deben ser evaluadas por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez, conocidas como COMPIN, y próxima a su domicilio. Corresponde a estas entidades emitir la calificación de la discapacidad e indicar el tipo de vehículo y los elementos técnicos que debe poseer.

La Resolución de la COMPIN debe mencionar en sus fundamentos legales, la Ley N°20.422 y el Decreto de Hacienda N°1.253, del año 2010, que reglamenta los mencionados beneficios y el procedimiento para acceder a ellos.

Procedimiento ante el Ministerio de Hacienda

El procedimiento para optar a las franquicias referidas, se sigue en el Ministerio de Hacienda, en donde se deben presentar los siguientes documentos:

a.- Solicitud. Los ejemplares de las solicitudes se encuentran publicados en la página web del Ministerio: www.hacienda.gov . En dicho sitio, se debe ir al link Subsecretaría y de ahí al título trámites, en

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