Jornada De Trabajo
Enviado por pecko29 • 2 de Junio de 2014 • 2.355 Palabras (10 Páginas) • 184 Visitas
CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO
Yo me acerque a la junta de conciliación y arbitraje que se encuentra en Dr. Río de la Loza No. 68 Colonia Doctores Delegación Cuauhtémoc C.P. 06720 donde estuvo un poco tediosa la espera ya que al preguntar que quien me podía proporcionar los requisitos que se necesitaban para un contrato individual de trabajo, solo me dijeron que lo podía buscar en internet y que para que necesitaba esa información, yo les comente el porqué de su pregunta. Y me enviaron con la Lic. María Norma Santana Suzán Responsable de la Oficina de Información Pública y ella me proporciono unas hojas donde vienen información acerca de lo que yo estaba buscando y fue lo siguiente.
Requisitos legales de un contrato individual de trabajo
Las relaciones de trabajo deben constar por escrito, se harán dos ejemplares por lo menos, de los cuales quedara en poder de cada parte. Art 24.
Según el art.25 (cap. 1), el escrito en que consten las relaciones de trabajo deberá contener:
I. Nombre, nacionalidad, edad, sexo, edo. civil, domicilio del trabajador y del patrón.
II. Si la relación de trabajo es de obra o tiempo determinado o indeterminado.
III. El servicio o servicios que deben prestarse, los que determinaran la mejor relación posible;
IV. El lugar o lugares donde deban prestarse el trabajo
V. La duración de la jornada
VI. La forma y monto del salario
VII. El día o lugar del pago del salario
VIII. La indicación de que el trabajador será capacitado o adiestrado en los términos de los planes programas establecidos o que se establezcan en la empresa
IX. Otras condiciones de trabajo, tales como días de descanso, vacaciones y demás
Requisitos y procedimientos para registrar un contrato de trabajo
Abogada Juliana Sáenz: El contrato individual o personal no se registra, ya que le sirve de respaldo al patrón en caso de demanda por parte del trabajador, los contratos que si se registran son los colectivos en la junta de conciliación y arbitraje.
Duración de la relación de trabajo
ARTÍCULO 35. Las relaciones de trabajo pueden ser para obra o tiempo determinado o por tiempo indeterminado. A falta de estipulaciones expresas, la relación será por tiempo indeterminado.
ARTÍCULO 36. El señalamiento de una obra determinada puede únicamente estipularse cuando lo exija su naturaleza.
ARTÍCULO 37. El señalamiento de un tiempo determinado puede únicamente estipularse en los casos siguientes:
I. Cuando lo exija la naturaleza del trabajo que se va a prestar;
II. Cuando tenga por objeto sustituir temporalmente a otro trabajador; y
III. En los demás casos previstos por esta Ley.
ARTÍCULO 38. Las relaciones de trabajo para la explotación de minas que carezcan de minerales costeables
o para la restauración de minas abandonadas o paralizadas, pueden ser por tiempo u obra determinado o para la inversión de capital determinado.
ARTÍCULO 39. Si vencido el término que se hubiese fijado subsiste la materia del trabajo, la relación quedará prorrogada por todo el tiempo que perdure dicha circunstancia.
ARTÍCULO 40. Los trabajadores en ningún caso estarán obligados a prestar sus servicios por más de un año.
ARTÍCULO 41. La substitución de patrón no afectará las relaciones de trabajo de la empresa o establecimiento. El patrón substituido será solidariamente responsable con el nuevo por las obligaciones derivadas de las relaciones de trabajo y de la Ley, nacidas antes de la fecha de la substitución, hasta por el término de seis meses; concluido éste, subsistirá únicamente la responsabilidad del nuevo patrón.
El término de seis meses a que se refiere el párrafo anterior, se contará a partir de la fecha en que se hubiese dado aviso de la substitución al sindicato o a los trabajadores.
Registro de Contratos Individuales de Trabajo
Descripción
Tiene como propósito el registro de condiciones de las relaciones laborales entre el patrón y el trabajador.
Costo
Ninguno
Área Responsable de realizar el Trámite
Junta Local de Conciliación y Arbitraje
Horario
Lunes a Viernes
de 8 a 15:30 horas
Domicilio y Teléfono
Junta Local de Conciliación y Arbitraje
Dr. Río de la Loza No. 68 Colonia Doctores Delegación Cuauhtémoc C.P. 06720
Tel: 51 34 17 81
Horario de atención: De lunes a viernes de 9:00 a 17:00 horas.
Lineamientos
• La veracidad de los datos proporcionados es responsabilidad de quienes lo firman y/o presentan
• Se debe presentar un contrato por cada trabajador que firma.
Requisitos
• Solicitud por escrito dirigido a la Junta Local de Conciliación y Arbitraje
• Contrato individual de trabajo con firmas autógrafas del trabajador y del patrón, en tres tantos originales.
Documentos que obtiene el Ciudadano
• Registro de Contrato Individual de Trabajo
• Certificación de copias proporcionadas.
Aclaraciones
Para Personas Fisca
• Copia de la identificación oficial (credencial con fotografía, cartilla, cédula profesional o pasaporte)
• Original y copia del RFC
Para personas morales
• Original y copia del instrumento notarial en el que se confieren facultades para firmar como patrón en dicha empresa
Tiempo de respuesta
Dentro de las 48 horas siguientes a la fecha en que se reciba el contrato.
Finalidad
Cuando existe una relación de trabajo en la cual no aplique algún contrato colectivo de trabajo, o sí exista éste, pero las partes deseen individualizar las condiciones tales como fecha de ingreso y horario específico.
Fundamento Legal
• Ley Federal del Trabajo, art. 24 y 687.
Contrato individual de trabajo
Formato
Contrato individual de trabajo por tiempo determinado ( o indeterminado – aquí usted aclara cual será la forma de contrato) que celebran por una parte, (Nombre completo y apellidos) en representación
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