Linea Jurisprudencial
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LINEA JURISPRUDENCIAL
“renovación de contrato de arrendamiento de local comercial,
Desde el punto de vista de la jurisprudencia”
TABLA DE CONTENIDO
1. Introducción.
2. Objetivo.
3. Establecimiento de local comercial
3.1 Noción de establecimiento de comercio.
3.2 Elementos de establecimiento de comercio.
3.3 Naturaleza jurídica de establecimiento de comercio.
4. Arrendamiento en materia comercial
4.1 Aspectos generales.
4.2 Renovación de contratos.
4.3 Plazo de la renovación.
4.4 Cesión y subarriendo.
4.5 Arrendamiento de las entidades públicas de locales comerciales.
5. Línea jurisprudencial
5.1 Noción de la línea jurisprudencial (Dr. Diego Eduardo Lopez Medina).
5.2 Línea jurisprudencial:
““renovación de contrato de arrendamiento de local comercial”
Desde el punto de vista de la jurisprudencia”
6. Conclusiones
Variable No 1.
No es absoluto el derecho a la renovación del contrato de arrendamiento de local comercial
7. Bibliiografia
3. ESTABLECIMIENTO DE LOCAL COMERCIAL
3.1 Noción de establecimiento de comercio
Para empezar a dar definiciones de contrato de arrendamiento de local comercial, es importante primero dar la noción de establecimiento de comercio, conocido también como fondo de comercio o la hacienda, ha sido considerado como (el conjunto de bienes organizados por el empresario para realizar los fines de la empresa) , podemos observar en esta definición que al establecimiento se le asigna una función de medio para alcanzar un fin; es un instrumento sin el cual el empresario no puede realizar la actividad que se propone (la empresa). De la definición se destaca las siguientes expresiones:
Conjunto de bienes
Organizados por el empresario
Fines de la empresa
Conjunto de bienes: se traduce en que los elementos que integran el establecimiento además de diversos y heterogéneos son variables y sustituibles pero por su naturaleza cumplen una función común que es la de permanecer unidos. Una vinculación coherente de los bienes singulares acompañada de excelente calidad de los mismos y de una buena ubicación del local genera un plus- valor que se traduce en la misma existencia del establecimiento .
Organizados por el empresario: Los bienes por si solos no cumplen una función; se requiere además, una estructura empresarial, organizacional, acompañada del dinamismo, del carisma, de la honradez comercial, de la habilidad, de la iniciativa e inventativa del empresario. Solo así se logra tener y retener una clientela, contar con buenos proveedores, mantener trabajadores leales y con sentido de pertenencia ser distribuidor de marcas reconocidas etc. .
De lo anterior se concluye que el empresario debe tener una estructura bien organizada contando con personas con calidad humana para el buen funcionamiento del establecimiento de comercio.
Fines de la empresa: Es la actividad, es decir, la producción de bienes o servicios (fabrica), la transformación de materia prima, la comercialización, la administración de bienes, la custodia de bienes, o la prestación de servicio.
Las anteriores expresiones son básicas y se deben tener en cuenta al momento de dar una definición de establecimiento de comercio y empresa
3.2 Elementos de establecimiento de comercio:
Ya anteriormente hecha una definición de establecimiento de comercio daremos ahora a conocer cuáles son los elementos que lo integran
Al respecto el artículo 516 del código de comercio preceptúa:
Salvo estipulación en contrario, se entiende que forman parte de un establecimiento de comercio:
1) La enseña o nombre comercial y las marcas de productos y de servicios;
2) Los derechos del empresario sobre las invenciones o creaciones industriales o artísticas que se utilicen en las actividades del establecimiento;
3) Las mercancías en almacén o en proceso de elaboración, los créditos y los demás valores similares;
4) El mobiliario y las instalaciones;
5) Los contratos de arrendamiento y, en caso de enajenación, el derecho al arrendamiento de los locales en que funciona si son de propiedad del empresario, y las indemnizaciones que, conforme a la ley, tenga el arrendatario;
6) El derecho a impedir la desviación de la clientela y a la protección de la fama comercial, y
7) Los derechos y obligaciones mercantiles derivados de las actividades propias del establecimiento, siempre que no provengan de contratos celebrados exclusivamente en consideración al titular de dicho establecimiento.
La enseñanza o nombre comercial: de conformidad con lo establecido en el artículo 190 de la decisión 486 de la comisión de la comunidad andina, se entenderá por nombre comercial cualquier signo que se identifique a una entidad económica, a una empresa, o a un establecimiento mercantil .
Los derechos del empresario sobre las invenciones o creaciones industriales o artísticas que se utilicen en las actividades del establecimiento: Incluye los inventos patentados por el empresario que guarde relación con el giro ordinario de los negocios que se realizan en el establecimiento.
Las mercancías en almacén o en proceso de elaboración, los créditos y los demás valores similares: las mercancías son todos los objetos destinados a la venta. Son consideradas como cosas fungibles que varían de un momento a otro. Asimismo se entiende pertenecer al establecimiento los dineros depositados en cuentas corrientes o de ahorros o a término, así como lo que haya sido comprado por medio de cartas de crédito.
Los créditos y demás valores similares se refiere a todas las obligaciones que se hayan contraído por el dueño del establecimiento a favor de terceros (proveedores, arrendador, entidades financieras, etc.) o por terceros a favor del empresario (la cartera por ejemplo) en desarrollo de las actividades propias del mismo, es decir, por el giro ordinario de los negocios que se verifican con o a través del establecimiento y que consten en los libros obligatorios de contabilidad .
El mobiliario y las instalaciones: Los muebles comprenden todos los objetos que sirven para la explotación de la empresa (maquinaria, herramienta, muebles y enseres,
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