TRABAJO LINEA JURISPRUDENCIAL INTERSEXUALIDAD
Enviado por apheon • 13 de Febrero de 2017 • Síntesis • 1.712 Palabras (7 Páginas) • 313 Visitas
PROBLEMA JURÍDICO:
¿EN LOS CASOS DE NIÑOS MAYORES DE CINCO AÑOS QUÉ PRINCIPIO CONSTITUCIONAL BENEFICIA LA CORTE CONSTITUCIONAL, ENTRE LA AUTONOMÍA Y LA BENEFICENCIA, PARA AUTORIZAR UN TRATAMIENTO Y/O INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA DE ASIGNACIÓN DE SEXO?
PRINCIPIO DE AUTONOMÍA | PRINCIPIO DE BENEFICENCIA |
PUNTO ARQUIMÉDICO: SENTENCIA C-912 DE 2008
TOPOGRAFÍA DE SU UNIVERSO DE SENTENCIAS –NICHO-
- T-477 DE 1995 Magistrado Ponente: Alejandro Martínez Caballero. (FUNDANTE)
- SU-337 DE 1999 Magistrado Ponente: Alejandro Martínez Caballero.
- T.551 DE 1999 Magistrado Ponente: Alejandro Martínez Caballero.
- T-692 DE 1999 Magistrado Ponente: Carlos Gaviria Díaz.
- T-1390 DE 2000 Magistrado Ponente: Alejandro Martínez Caballero
- T-1025 DE 2002 Magistrado Ponente: Rodrigo Escobar Gil. (HITO PARA EL PROBLEMA JURÍDICO PLANTEADO)
- T-1021 DE 2003 Magistrado Ponente: Jaime Córdoba Triviño.
- T-912 DE 2008 Magistrado Ponente: Jaime Córdoba Triviño.(PUNTO ARQUIMEDICO)
477 DE 1995 | 337 DE 1999 | 551 DE 1999 | 692 DE 1999 | 1390 DE 2000 | 1025 DE 2002 | 1021 DE 2003 | 912 DE 2008 | |
TIPO DE SENTENCIA | T- | SU | T. | T- | T- | T- | T- | T- |
MAGISTRADO PONENTE | AMC | AMC | AMC | CGD | AMC | REC | JCT | JCT |
PRINCIPIO DE AUTONOMÍA | SI | SI | NO | NO | NO | SI | NOI | SI |
PRINCIPIO DE BENEFICENCIA | NO | NO | SI | SI | SI | NO | SI | NO |
EDAD | MAYOR DE 5 | MENOR 5 AÑOS | MENOR DE 5 AÑOS | MENOR DE 5 AÑO | MENOR DE 5 AÑOS | MAYOR DE 5 AÑOS | MENOR DE 5 | MAYOR DE 5 |
CONSENTIMIENTO | INFORMADO, CUALIFICADO Y PERSISTENTE | ASISTIDO: INFORMADO, CUALIFICADO PERSISTENTE | SUSTITUTO: INFORMADO, CUALIFICADO PERSISTENTE | SUSTITUTO: INFORMADO, CUALIFICADO PERSISTENTE | SUSTITUTO: INFORMADO, CUALIFICADO PERSISTENTE | ASITIDO: INFORMADO, CUALIFICADO PERSISTENTE | SUSTITUTO: INFORMADO, CUALIFICADO PERSISTENTE | consentimiento especial y cualificado |
CONDICIÓN MEDICA | EMASCULACIÓN | SEUDOHERMAFRODITISMO MASCULINO | HIPERPLASIA SUPRARRENAL (AMBIGÜEDAD GENITAL) | AMBIGÜEDAD GENITAL | HIPOSPODIA (GENITALES AMBIGUOS). | HIPERPLASIA SUPRARRENAL CONGENITA (AMBIGÜEDAD GENITAL) | hipospadia mediopeneana y cuerda ventral, hermafroditismo masculino | hermafroditismo verdadero, el cual se refleja en que se tiene los genitales masculinos completos y por debajo del escroto una proyección de una vagina y un ovario. |
SALVAMENTO DE VOTO | NO | NO | NO | NO | NO | NO | NO | NO |
VOTACIÓN | UNANIMIDAD | UNANIMIDAD | UNANIMIDAD | UNANIMIDAD | UNANIMIDAD | UNANIMIDAD | UNANIMIDAD | UNANIMIDAD |
DERECHO PROTEGIDO | IDENTIDAD, LIBRE DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD, DERECHOS DEL NIÑO | DERECHO A LA IDENTIDAD SEXUAL, AL LIBRE DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD Y A LA IGUALDAD DE LA MENOR NN (CP ARTS 1º, 5º, 13 Y 16) | IDENTIDAD SEXUAL, LIBRE DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD | IDENTIDAD SEXUAL, LIBRE DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD | LIBRE DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD Y DERECHO A LA IDENTIDAD SEXUAL DE LOS MENORES | DERECHO A LA IDENTIDAD PERSONAL Y SEXUAL, LIBRE DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD Y A LA SALUD | SALUD, SEGURIDAD SOCIAL, DERECHOS DE LOS NIÑOS | resuelve tutelar el derecho a la intimidad del niño y niega |
SOLUCIÓN CASO | CONCEDE, ORDENA CONTINUAR TRATAMIENTO HASTA QUE LO CONSIDERE NECESARIO UN GRUPO INTERDISCIPLINARIO | EN CONSECUENCIA, EN LOS TÉRMINOS SEÑALADOS EN EL FUNDAMENTO JURÍDICO NO 91 DE ESTA SENTENCIA, DEBERÁ CONSTITUIRSE UN EQUIPO INTERDISCIPLINARIO QUE ATIENDA SU CASO Y BRINDE EL APOYO PSICOLÓGICO Y SOCIAL NECESARIO A LA MENOR Y A LA MADRE. LOS SERVICIOS MÉDICOS ESPECÍFICOS DEBERÁN SER BRINDADOS POR EL ISS Y CORRESPONDE AL ICBF (INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR) COORDINAR EL EQUIPO INTERDISCIPLINARIO, QUE DEBE INCLUIR NO SÓLO PROFESIONALES DE LA MEDICINA SINO TAMBIÉN UN SICOTERAPEUTA Y UN TRABAJADOR SOCIAL, QUE DEBERÁ ACOMPAÑAR A LA MENOR NN Y A SU MADRE EN TODO ESTE PROCESO. A ESTE EQUIPO CORRESPONDERÁ ENTONCES ESTABLECER CUANDO LA MENOR GOZA DE LA AUTONOMÍA SUFICIENTE PARA PRESTAR UN CONSENTIMIENTO INFORMADO PARA QUE SE ADELANTEN LAS CIRUGÍAS Y LOS TRATAMIENTOS HORMONALES, OBVIAMENTE SI LA PACIENTE TOMA ESA OPCIÓN. | ORDENA SEGUIR SUMINISTRANDO MEDICAMENTOS Y TERAPIAS PARA SU TRATAMIENTO, POR CUANTO LA CIRUGÍA YA HABÍA SIDO REALIZADA AL MOMENTO DE LA DECISIÓN | COMO LA OPERACIÓN YA FUE ORDENADA POR LA SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA Y NO SE HA REALIZADO, LA CORTE LES INFORMA A LOS PADRES QUE PUEDEN DAR LA AUTORIZACION YA QUE LA MENOR TIENE TAN SOLO DOS AÑOS. | ORDENA QUE EN EL TERMINO DE 48 HORAS SE DISPUSIERA LO NECESARIO PARA QUE SE SUMINISTRE AL MENOR EL TRATAMIENTO MEDICO HOSPITALARIO Y QUIRÚRGICO, TERAPÉUTICO, MEDICAMENTOS Y DEMÁS EXÁMENES DERIVADOS DE LOS RESULTADOS OBTENIDOS EN PRO DE SU NORMAL DESARROLLO BIENESTAR Y CALIDAD DE VIDA, ADEMAS ORDENA AL JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA QUE EL PERMISO DE LOS PADRES PARA LA REALIZACIÓN DE LA CIRUGÍA A LA MENOR CUMPLE CON LOS LINEAMIENTOS EXPUESTOS EN LA JURISPRUDENCIA DE LA CORPORACION | ORDENA INTEGRAR UN EQUIPO INTERDISCIPLINARIO PARA ASISTIR Y ORIENTAR AL MENOR Y A SUS PADRES, EN LA TOMA DE DECISION EN LA PRACTICA DE LA CIRUGIA Y LOS TRATAMIETNOS HORMONALES. UNA VEZ INFORMADOS PADRES Y MENOR SE LES CONSULTE ACERCA DE LA DECISION FINAL, SI COINCIDEN LAS DECISIONES ORDENA REALIZR LA CIRUGIA, SINO CONCIDEN LAS DECISIONES NO PUEDE REALIZARSE LA CIRUGIA HASTA TANTO NO HAYA ACUERDO | ORDENA CONTINUAR SUMNISTRANDO LA ATENCION MEDICA, TERAPEUTICA, PSICOLOGICA, SEGÚN LA PRESCRIPCION EDICA QUE REALICE EL MEDICO TRATANTE | ORDENA INTEGRAR UN EQUIPO INTERDISCIPLINARIO PARA ASISTIR Y ORIENTAR AL MENOR Y A SUS PADRES, EN LA TOMA DE DECISION EN LA PRACTICA DE LA CIRUGIA Y LOS TRATAMIETNOS HORMONALES. UNA VEZ INFORMADOS PADRES Y MENOR SE LES CONSULTE ACERCA DE LA DECISION FINAL, SI COINCIDEN LAS DECISIONES ORDENA REALIZR LA CIRUGIA, SINO CONCIDEN LAS DECISIONES NO PUEDE REALIZARSE LA CIRUGIA HASTA TANTO NO HAYA ACUERDO |
RATIO DECIDENDI | EL CONSENTIMIENTO DEBE PROVENIR DEL PROPIO PACIENTE CON CAPACIDAD PLENA Y CON LOS FORMALISMOS, POR LO CUAL NO SE PUEDE PRACTICAR LA READECUACIÓN DEL SEXO A UN MENOR, JUSTIFICANDO SU ACTUACIÓN CON LA AUTORIZACIÓN DE LOS PADRES DEL INFANTE | LA CORTE CONCLUYE QUE EN ESTAS SITUACIONES, LAS CIRUGÍAS Y LOS TRATAMIENTOS HORMONALES DEBEN SER POSTERGADOS HASTA QUE LA PROPIA PERSONA PUEDA AUTORIZARLOS | EL JUEZ DE TUTELA ANTES DE ORDENAR LA OPERACIÓN DEBE COMPROBAR SI LA AUTORIZACION PATERNA SUSTITUTA REUNE LAS CARACTERISTICAS DEL CONSENTIMIENTO INFORMADO CUALIFICADO Y PERSISTENTE, SIN EL CUAL NO SE PUEDE ORDENAR LA CIRUGIA POR VIA JUDICIAL. | LOS PADRES PUEDEN DAR LA AUTORIZACIÓN DE LA INTERVENCIÓN SIEMPRE Y CUANDO EL CONSENTIMIENTO SEA INFORMADO CUALIFICADO Y PERSISTENTE DE ACUERDO A LO EXPRESADO EN AL SENTENCIA SU-337 DE 1999 Y T 551 DE 1999 | LOS PADRES PUEDEN DAR LA AUTORIZACIÓN DE LA INTERVENCIÓN SIEMPRE Y CUANDO EL CONSENTIMIENTO SEA INFORMADO CUALIFICADO Y PERSISTENTE DE ACUERDO A LO EXPRESADO EN AL SENTENCIA SU-337 DE 1999, T 551 DE 1999, T-692 DE 1999 | EN CONCLUSIÓN, ANTES DE LOS CINCO AÑOS SE DEBE PROCEDER CON BASE EN LA REGLA GENERAL DEL CONSENTIMIENTO SUSTITUTO, DESPUÉS, SÓLO CON FUNDAMENTO EN EL CONSENTIMIENTO INFORMADO DEL MENOR, A MENOS QUE, EN ATENCIÓN A LAS PARTICULARIDAD DE CADA CASO SE DISPONGA UNA OPCIÓN DISTINTA, COMO ES EL CONSENTIMIENTO ASISTIDO, SIGUIENDO PARA EL EFECTO LOS DERROTEROS DE OPCIONES, FACTORES O VARIABLES A LOS QUE HACE REFERENCIA LA JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL. | HECHO SUPERADO: LA CORTE REITERA LA LINEA JURISPRUDENCIAL VIGENTE EN EL SENTIDO QUE TAL CONSENTIMIENTO SUSTITUTO DEBE SER INFORMADO CUALIFICADO Y PERSISTENTE, ENTENDIENDOSE CADA UNO DE ESTOS ATRIBUTOS CON EL PROFUNDO CONTENIDO QUE LA JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL LES HA ASIGNADO, REITERA SU 337 DE 1999, | En el caso particular estudiado en la sentencia de tutela está demostrado que el niño hermafrodita ya ha superado el umbral crítico de la identificación de género y tiene una clara conciencia de su cuerpo, motivo por el cual no es legítimo el consentimiento sustituto paterno para que sea operado, pues los riesgos son excesivos, y no aparece clara la utilidad de practicar esa cirugía antes de que el propio paciente pueda autorizarla, y el menor ya goza de una importante autonomía que obliga a tomar en cuenta su criterio en decisiones tan importantes para su vida. Por lo que es necesario conformar un equipo interdisciplinario, que debe incluir no sólo profesionales de la medicina sino también un sicoterapeuta y un trabajador social, para que acompañen al menor y a sus padres en todo este proceso, a este equipo le corresponde establecer, a partir de la práctica de las pruebas pertinentes, el momento en el que el niño goza de la autonomía suficiente para prestar un consentimiento informado para que se adelanten las cirugías y los tratamientos hormonales, obviamente si el paciente toma esa opción. |
SUBREGLA | ELEMENTOS A CONSIDERAR PARA DETERMINAR EL CONSENTIMIENTO DEL MENOR: 1. UREGENCIA E IMPORTANCIA DE LOS TRATAMIENTOS PARA EL MENOR, 2. LA INTRENSIDAD DEL IMPACTO DEL TRATAMIENTO SOBRE LA AUTONOMIA ACTUAL Y FUTURA DEL NIÑO, 3. LA EDAD DEL MENOR | LA CORTE CONSTITUCIONAL ANALIZA EL CASO PARTIENDO DE UNOS CRITERIOS PARA DETERMINAR LA POSIBILIDAD DE QUE LOS PADRES PUEDAN TOMAR UNA DECISIÓN REFERENTE A LOS TRATAMIENTOS MÉDICOS DE LOS HIJOS MENORES, PRECISA QUE EXISTEN TRES CRITERIOS CENTRALES A SER CONSIDERADOS EN SITUACIONES DE ESTA NATURALEZA, Y QUE SON (I) LA URGENCIA E IMPORTANCIA MISMA DEL TRATAMIENTO PARA LOS INTERESES DEL MENOR, (II) LOS RIESGOS Y LA INTENSIDAD DEL IMPACTO DEL TRATAMIENTO SOBRE LA AUTONOMÍA ACTUAL Y FUTURA DEL NIÑO Y (III) LA EDAD DEL PACIENTE. | DEFINE EL PROTOCOLO PARA EL CONSENTIMIENTO INFORMADO PERSISTENTE Y CUALIFICADO: 1. INFORMACION DETALLADA, 2. FORMALIDADES ESPECIALES Y 3. AUTORIZACION POR ESTAPAS. Y EXPONE LOS ELEMENTOS A CONSIDERAR PARA DETERMINAR EL CONSENTIMIENTO DEL MENOR: 1. UREGENCIA E IMPORTANCIA DE LOS TRATAMIENTOS PARA EL MENOR, 2. LA INTRENSIDAD DEL IMPACTO DEL TRATAMIENTO SOBRE LA AUTONOMIA ACTUAL Y FUTURA DEL NIÑO, 3. LA EDAD DEL MENOR.- LA CORTE SEÑALA QUE NO SE LE PUEDE EXIGIR AL JUEZ DEL CASO EL COCNOCIMIETNO DE UNA DOCTRINA CONSTITUCIONAL QUE AUN NO HABÍA SIDO FIJADA | REITERA SU 337 DE 1999 Y T 551 DE 1999.-LA CORTE SEÑALA QUE NO SE LE PUEDE EXIGIR A LOS MEDICOS TRATANTES NI AL JUEZ DEL CASO EL COCNOCIMIETNO DE UNA DOCTRINA CONSTITUCIONAL QUE AUN NO HABÍA SIDO FIJADA | REITERA SU 337 DE 1999 T 551 DE 1999, Y T-692 DE 1999 | EL CONSENTIMIENTO ASISTIDO, SIGUIENDO PARA EL EFECTO LOS DERROTEROS DE OPCIONES, FACTORES O VARIABLES A LOS QUE HACE REFERENCIA LA JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL. | REITERA SU 337 DE 1999, | en casos de estados intersexuales o hermafroditismos, es válido el consentimiento sustituto paterno en menores de cinco años, siempre que se trate de un consentimiento informado, cualificado y persistente, acorde con las recomendaciones médicas y cuyo seguimiento corresponde a un grupo interdisciplinario de apoyo. Sin embargo, cuando el infante ha superado el umbral de los cinco años, le corresponde a éste tomar la decisión sobre su identidad sexual, pero a partir de un consentimiento especial y cualificado que comporta: (i) el consentimiento prestado por los padres coadyuvado por (ii) la expresa voluntad del menor y, dada la naturaleza altamente invasiva de las operaciones y tratamientos médicos destinados a asignar un determinado sexo, (iii), el seguimiento profesional de un equipo interdisciplinario que brinde apoyo psicoterapéutico, y que debe incluir, no sólo profesionales de la medicina sino también un psicoterapeuta y un trabajador social, que deberán acompañar al niño y a sus padres en todo el proceso de la decisión. |
Sentencia hito: T-1025 de 2002, se inclina más al principio de beneficencia del menor
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