Multas Del CFF
Enviado por • 24 de Mayo de 2015 • 3.592 Palabras (15 Páginas) • 168 Visitas
delitos descripción Sanción o multa importe
Art. 76 Cuando la comisión de una o varias infracciones origine la omisión total o parcial en el pago de contribuciones incluyendo las retenidas o recaudadas, excepto tratándose de contribuciones al comercio exterior, y sea descubierta por las autoridades fiscales mediante el ejercicio de sus facultades, 55% al 75% de las contribuciones omitidas.
Art. 76 Cuando se hubieran disminuido pérdidas fiscales improcedentes y como consecuencia de ello se omitan contribuciones, la del 30% al 40% sobre la pérdida declarada
Art. 76 Tratándose de la omisión en el pago de contribuciones debido al incumplimiento de las obligaciones previstas en los artículos 90, octavo párrafo y 179 de la Ley del Impuesto sobre la Renta 50% menores de lo previsto en los párrafos primero, segundo y tercero de este artículo.
Art. 77 Del monto de las contribuciones omitidas o del beneficio indebido, cada vez que el infractor haya reincidido o cuando se trate del agravante señalado en la fracción IV del artículo 75 de este Código. De un 20% a un 30%
Art. 77 Del monto de las contribuciones omitidas o del beneficio indebido, cuando en la comisión de la infracción se dé alguna de los agravantes señalados en la fracción II del artículo 75 de este Código. De un 60% a un 90%
Art. 77 Del importe de las contribuciones retenidas o recaudadas y no enteradas, cuando se incurra en la agravante a que se refiere la fracción III del artículo 75 de este Código. De un 50% a un 75%
Art. 78 la omisión de contribuciones por error aritmético en las declaraciones 20% al 25% de las contribuciones omitidas.
Art. 79 frac. I No solicitar la inscripción cuando se está obligado a ello o hacerlo extemporáneamente, De $2,740.00 a $8,230.00
Art. 79 frac. II No presentar solicitud de inscripción a nombre de un tercero cuando legalmente se esté obligado a ello o hacerlo extemporáneamente De $2,740.00 a $8,230.00
Art. 79 frac. VI Señalar como domicilio fiscal para efectos del registro federal de contribuyentes, un lugar distinto del que corresponda. De $2,740.00 a $8,230.00
Art. 79 frac. III No presentar los avisos al registro o hacerlo extemporáneamente $1,140.00 a $2,280.00
Art. 79 frac. IV No citar la clave del registro o utilizar alguna no asignada por la autoridad fiscal, en las declaraciones, avisos, solicitudes, promociones y demás documentos que se presenten ante las autoridades fiscales y jurisdiccionales. Tratándose de declaraciones 2% de las contribuciones declaradas No será menor de $2,330.00 ni mayor de $5,830.00.
De $710.00 a $1,630.00, en los demás documentos
Art 79. Frac. V Autorizar actas constitutivas, de fusión, escisión o liquidación de personas morales, sin cumplir lo dispuesto por el artículo 27. De $13,720.00 a $27,440.00
Art. 79 frac. VII No asentar o asentar incorrectamente en las actas de asamblea o libros de socios o accionistas, el RFC de cada socio o accionista, a que se refiere el tercer párrafo del artículo 27. De $2,720.00 a $8,200.00
Art. 79 frac. VIII No asentar o asentar incorrectamente en las escrituras públicas en que hagan constar actas constitutivas y demás actas de asamblea de personas morales cuyos socios o accionistas deban solicitar su inscripción en el RFC, la clave correspondiente a cada socio o accionista, conforme al octavo párrafo del artículo 27 De $13,650.00 a $27,300.00
Art. 79 frac. IX No verificar que la clave del RFC aparezca en los documentos a que hace referencia la fracción VIII , cuando los socios no concurran a la constitución de la sociedad o a la protocolización del acta respectiva. De $13,650.00 a $27,300.00
Art. 81 frac. I No presentar las declaraciones, las solicitudes, los avisos o las constancias que exijan las disposiciones fiscales, o no hacerlo a través de los medios electrónicos que señale la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o presentarlos a requerimiento de las autoridades fiscales. De $1,100.00 a $13,720.00, tratándose de declaraciones, por cada una de las obligaciones no declaradas.
De $1,100.00 a $27,440.00, por cada obligación a que esté afecto.
$10,530.00 a $21,040.00, por no presentar el aviso a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.
De $11,240.00 a $22,500.00, por no presentar las declaraciones en los medios electrónicos estando obligado a ello,
De $1,130.00 a $3,600.00, en los demás documentos.
Art. 81 frac. II Por no poner el nombre o domicilio o ponerlos equivocadamente, por cada uno.
Por cada dato no asentado o asentado incorrectamente en la relación de clientes y proveedores.
Por cada dato no asentado o asentado incorrectamente. Siempre que se omita la presentación de anexos.
por no señalar la clave que corresponda a su actividad preponderante conforme al catálogo de actividades que publique la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Por presentar medios electrónicos que contengan declaraciones incompletas, con errores.
por no presentar firmadas las declaraciones por el contribuyente o por el representante legal debidamente acreditado. De $820.00 a $2,740.00
De $30.00 a $70.00,
De $150.00 a $270.00,
De $550.00 a $1,370.00
De $3,360.00 a $11,240.00
De $1,000.00 a $2,980.00
De $500.00 a $1,350.00, en los demás casos.
Art. 81 frac. III Tratándose de la señalada en la fracción III, por cada requerimiento. De $1,100.00 a $27,440.00
Art. 81 frac. IV No efectuar en los términos de las disposiciones fiscales los pagos provisionales de una contribución. De $13,720.00 a $27,440.00
De conformidad con la Ley del ISR, estén obligados a efectuar pagos provisionales trimestrales o cuatrimestrales, supuestos en los que la multa será de $1,370.00 a $8,230.00.
Art. 81 frac. V No proporcionar la información de las personas a las que les hubiera entregado cantidades en efectivo por concepto de subsidio para el empleo de conformidad con las disposiciones legales que lo regulan. $9,430.00 a $18,860.00
Art. 81 frac. VI No presentar aviso de cambio de domicilio o presentarlo fuera de los plazos que señale el Reglamento de este Código. $2,740.00 a $8,230.00.
Art. 81 frac. VII No presentar la información manifestando las razones por las cuales no se determina impuesto a pagar o saldo a favor, por alguna de las obligaciones que los contribuyentes deban cumplir. De $680.00 a $6,920.00
Art. 81 frac. VIII No presentar la información a que se refieren los artículos 17 de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos, dentro del plazo previsto en dichos preceptos, o no presentarla conforme lo establecen los mismos de $52,060.00 a $156,180.00
Art. 81
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