Norma Sanitaria
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Norma Sanitaria para la Fabricación, Elaboración y Expendio de Productos de Panificación, Galletería y Pastelería
RM N° 1020-2010/MINSA.
Dirección General de Salud Ambiental Ministerio de Salud Lima –Perú 2011
Norma Sanitária para la Fabricación, Elaboración y Expendio de Productos de Panificación, Galletería y Pastelería
Catalogación hecha por la Biblioteca Central del Ministerio de Salud
Norma Sanitaria para la Fabricación, Elaboración y Expendio de Productos de Panificación, Galletería y Pastelería: R.M. N° 1020-2010/MINSA / Ministerio de Salud. Dirección General de Salud Ambiental – Lima: Ministerio de Salud; 2010. 50 p.; ilus. SALUD AMBIENTAL / PLANES Y PROGRAMAS DE SALUD / RIEGO / ORYZA SATIVA / CONTROL DE VECTORES / MALARIA, prevención & control / INDICADORES / PRESUPUESTOS, utilización / PERÚ
Hecho el Depósito Legal en la Biblioteca Nacional del Perú N° 2011 - 03531
Norma Sanitaria para la Fabricación, Elaboración y Expendio de Productos de Panificación, Galletería y Pastelería
Elaborado por: Dirección General de Salud Ambiental del Ministerio de Salud
© MINSA, Marzo 2010
Ministerio de Salud. Dirección General de Salud Ambiental Las Amapolas N°350-Lince- Lima 14-Perú Telef. : (51-1) 4428353 http:// www.digesa.minsa.gob.pe http://webmaster@digesa.minsa.gob.pe
1ra. Edición, 2010 Tiraje: 1000 unidades
Imprenta: JWG Servicios Graficos E.I.R.L Dirección: Jr. Mariscal las heras N° 649 Distrito: LINCE Teléfono: 4705504
Versión digital disponible: http://www.minsa.gob.pe/bvsminsa.asp http://www.minsa.gob.pe/webftp.asp?ruta=normaslegales/2010/RM1020-2010-MINSA.pdf
Norma Sanitária para la Fabricación, Elaboración y Expendio de Productos de Panificación, Galletería y Pastelería
DR. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente de la República
DR. ÓSCAR UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud
DRA. ZARELA SOLIS VÁSQUEZ Vice Ministra de Salud
DR. EDWARD CRUZ SÁNCHEZ Director General Dirección General de Salud Ambiental
Norma Sanitária para la Fabricación, Elaboración y Expendio de Productos de Panificación, Galletería y Pastelería
Norma Sanitária para la Fabricación, Elaboración y Expendio de Productos de Panificación, Galletería y Pastelería
ÍNDICE
Pág.
PRESENTACIÓN 08
1. FINALIDAD 09 2. OBJETIVO 09 3. ÁMBITO DE APLICACIÓN 09 4. BASE LEGAL Y TÉCNICA 09 5. DISPOSICIONES GENERALES 10 6. DISPOSICIONES ESPECIFICAS 12 7. RESPONSABILIDADES 30 8. DISPOSICIONES FINALES 31 9. ANEXOS 31
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PRESENTACIÓN
La presente Norma sanitaria tiene como propósito proteger la salud de los consumidores, disponiendo los requisitos sanitarios que deben cumplir los productos de panificación, galletería y pastelería y los establecimientos que los fabrican, elaboran y expenden.
Particular importancia tiene su cumplimiento por parte de las empresas panificadoras que proveen productos de panificación a los programas sociales de alimentación en todo el país, como por ejemplo pan fortificado en la Costa, papapan en la Sierra y galleta de agua fortificada en la Selva.
Asimismo, se constituye en un instrumento normativo para que las Municipalidades fiscalicen el cumplimiento de los Principios Generales de Higiene en las llamadas “panaderías de barrio” para que el pan diario que llega a las mesas familiares no constituya riesgo por la presencia de peligros que pueden dañar la salud de la población.
Entre otras disposiciones, la norma señala las condiciones sanitarias que debe cumplir el expendio de pan en la modalidad ambulatoria o de reparto a domicilio (camioneta, triciclo, moto, u otros) donde resulta de importancia que el consumidor conozca la procedencia del producto que consume y verifique que este sea transportado y expendio en condiciones de higiene.
Edward Cruz Sánchez Director General Dirección de Salud Ambiental.
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1. FINALIDAD Contribuir a proteger la salud de los consumidores disponiendo los requisitos sanitarios que deben cumplir los productos de panificación, galletería y pastelería y los establecimientos que los fabrican, elaboran y expenden.
2. OBJETIVOS a) Establecer los principios generales de higiene que deben cumplir los establecimientos donde se elaboran y/o expenden productos de panificación, galletería y pastelería. b) Establecer las características de calidad sanitaria e inocuidad que deben cumplir los productos elaborados en panaderías, galleterías y pastelerías para ser considerados aptos para el consumo humano.
3. ÁMBITO DE APLICACIÓN La presente norma sanitaria es de aplicación a nivel nacional y comprende a todos los establecimientos donde se fabrican, elaboran, y expenden productos de panificación, galletería y pastelería.
4. BASE LEGAL Y TÉCNICA 4.1. Base legal
Ley N° 26842, Ley General de Salud.
Ley Nº 29571, Código de protección y defensa del consumidor
Decreto Legislativo N° 1062 que aprueba la Ley de Inocuidad de los Alimentos
Decreto Supremo N° 034-2008-AG que aprueba el Reglamento de la Ley de Inocuidad de los Alimentos.
Decreto Supremo Nº 012-2006-SA, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28314, Ley que dispone la fortificación de harinas con micronutrientes.
Decreto Supremo Nº 003-2005-SA, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 27932, Ley que prohíbe el uso de la sustancia química bromato de potasio en la elaboración del pan y otros productos alimenticios destinados al consumo humano.
Decreto Supremo 007-98-SA que aprueba el Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas.
Resolución Ministerial N° 449-2006/MINSA que aprueba la Norma Sanitaria para la aplicación del Sistema HACCP en la fabricación de alimentos y bebidas.
Resolución Ministerial N° 461-2007/MINSA, que aprueba la Guía Técnica para el Análisis Microbiológico de Superficies en contacto con Alimentos y Bebidas.
Resolución Ministerial N° 591-2008/MINSA que aprueba la Norma sanitaria que establece los criterios microbiológicos de calidad sanitaria e inocuidad para los alimentos y bebidas de consumo humano.
Resolución Ministerial N°
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