ORGANIZACIONES SIN FINES DE LUCRO Y ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES
Enviado por panchasp • 1 de Diciembre de 2016 • Informe • 7.706 Palabras (31 Páginas) • 375 Visitas
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ORGANIZACIONES SIN FINES DE LUCRO Y ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES
TALLER INTEGRADO DE CONTABILIDAD
Fecha: 29/11/14
INDICE
Resumen ejecutivo…………………………………………………………………………………………………………pág.3
Introducción……………………………………………………………………………………………………….…………..pág.5
Objetivos y Alcance…………………………………………………………………………………………….…………..pág.6
Marco teórico……………………………………………………………………………………………….…………………pág.7
Normativas……………………………………………………………………………………………..…………..pág.8
Obligaciones tributarias……………………………..……………………………………………..………..pág.16
Financiamiento……………………………………………………………………………………………….…..pág.20
Aspectos Contables………………………………………………………………………………………….….pág.22
Funcionamiento Interno……………………………………………………………………………………...pág.24
Informe de auditoría ONG “El Circo del Mundo-Chile”…………………………………………….….……pág.27
Ejemplo Corporación CIEM Aconcagua…………….………………………………………………………….…..pág.28
Ejemplo ONG Acoge………………………………………………………………………………………………………….pág.31
Conclusión…………………………………………………………………………………………………….………….. …….pág.37
Referencias Bibliográficas…………………………………………………………………………………………….…..pág.38
Glosario………………………………………………………………………………………………….……………… ….…….pág. 39
RESÚMEN EJECUTIVO
Las ONG (Organizaciones No Gubernamentales) son instituciones sin ánimo de lucro que no dependen del gobierno y que realizan actividades de interés social, y al igual que las OSFL (Organizaciones Sin Fines de Lucro), no tienen como objetivo el lucro económico.
Las ONG y OFSL están reguladas en Chile, principalmente por el Título XXXIII del Libro I del Código Civil, por el Decreto Ley Nº 1.183, que determina el Ordenamiento de Ingresos y Recursos de Instituciones que no persiguen Fines de Lucro, y por la Ley Nº 20.500 sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública. Esta ley establece que son organizaciones de interés público aquellas personas jurídicas sin fines de lucro (corporaciones o fundaciones) que tengan por finalidad promover el interés general en materia de: Derechos ciudadanos, asistencia social, educación, salud, medio ambiente y cualquier otra de bien común.
Existe una prohibición establecida para las organizaciones de interés público en relación con la Ley Nº 19.885, que se refiere a que éstas no pueden realizar donaciones a partidos políticos.
En los informes legales existen dos requerimientos: Informar periódicamente a las autoridades que fiscalizan a las OSFL (Ministerio de Justicia); y presentar declaraciones de renta como lo requiere la legislación tributaria. El incumplimiento de las instrucciones impartidas, por el Ministerio de Justicia, es una infracción grave.
Existen varias leyes relativas a las donaciones, la más importante es la Ley N°20.500, que establece el derecho de las personas a participar en los distintos espacios de la gestión pública, acercando a los gobiernos locales y la administración central a la ciudadanía.
Los aspectos que regula esta Ley son relativos a:
- Normas relativas al derecho de asociación.
- Registro de organizaciones de interés público.
- Fondo de fortalecimiento de las organizaciones de interés público.
- Participación ciudadana en la gestión pública.
- Fortalecimiento de la participación en el espacio local.
- Transparencia en el Estado.
Las ONG están obligadas a pagar impuesto a la renta en el caso que se obtengan utilidades a pagar IVA. Si una OSFL se dedica de forma habitual a la venta de bienes, ésta pasa a ser un contribuyente de IVA y debe declarar en el Formulario 29.
Las OSFL en la mayoría de los casos, se dedican a administrar los recursos que obtiene por concepto de donaciones, para producir su proyecto o fin social, sin generar utilidad alguna. Son afectas al Impuesto Territorial, las que sean dueñas u ocupantes de un bien raíz.
Una de las obligaciones de las OSFL es los llevar libros de Contabilidad: Libro Diario, Mayor, de Inventarios y Balances, entre otros. Efectuar declaraciones de Impuestos anuales, mensuales y aplicar las retenciones de Impuestos que correspondan.
En Chile, las fundaciones que realizan actividades que no están afectas a impuestos, no tienen la obligación de llevar contabilidad para fines tributarios. Independiente de ello, pueden implementar sistemas contables que permitan controlar ingresos y gastos propios de una institución sin fines de lucro.
Entre los documentos informativos más importantes para determinar la marcha, la situación económica y financiera de las ONG figuran:
- Balance De Resultados: Resumen del movimiento de efectivo de las ONG, que en la mayoría de veces, no son preparados en base a ingresos devengados y gastos incurridos.
- Estados Financieros Consolidados: La Contabilidad por Programas permite el registro de las transacciones de uno o más programas en forma integral. Un programa o fondo son los recursos financieros destinados al desarrollo de proyectos.
La emisión de los Estados Financieros Consolidados se facilita por la existencia del Plan de Cuentas de cada institución y se deben realizar los asientos contables para las transacciones entre Programas.
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