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Regimen Repecos


Enviado por   •  16 de Septiembre de 2012  •  1.692 Palabras (7 Páginas)  •  711 Visitas

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REQUISITOS PARA PERTENECER AL REPECO: Es un régimen opcional para las personas físicas de baja capacidad económica y administrativa, con mínimas obligaciones fiscales por cubrir.

Requisitos:

Ser persona física.

Realizar actividades empresariales, es decir, comerciales, industriales, de autotransporte o agropecuarias.

Vender los bienes o prestar los servicios únicamente al público en general.

Haber tenido ingresos en el año anterior de hasta $2'000,000.00 por las actividades citadas.

Cuando inicien actividades y estimen que sus ingresos no excederán de $2'000,000.00, podrán elegir la opción de tributar en este régimen.

En caso de que el año de inicio de actividades sea menor a doce meses, para determinar si el año siguiente estarán dentro del límite de $2’000,000.00 efectuarán lo siguiente:

Se dividirán los ingresos del año de inicio de operaciones entre el número de días que comprendió dicho año; después se multiplicará el resultado por 365, y la cantidad que se obtenga deberá compararse contra $2’000,000.00.

Si el resultado es mayor a esta cantidad, no podrán tributar en el Régimen de Pequeños Contribuyentes.

EJEMPLO

Un contribuyente que inició actividades el 1° de julio de 2004, y al 31 de diciembre del mismo año obtuvo ingresos por $1’050,000.00, deberá hacer el siguiente cálculo:

Ingresos del ejercicio de inicio de operaciones $1’050,000.00

Entre: Días transcurridos (1° de julio al 31 de diciembre) 183

Igual: Ingreso diario proporcional $5,737.70

Por: Días que comprende el año de calendario 2004: 366

Igual: $2’099,998.20

(Cantidad a comparar contra $2’000,000.00)

ISR 2%

Sabemos bien que el Impuesto Sobre la Renta (ISR) no afecta a todos por igual, cosa que es lógica dado que es un impuesto personal que grava a los contribuyentes según su capacidad contributiva. En este sentido, el Régimen de Pequeños Contribuyentes (Repecos) establece que tienen una tasa del Impuesto Sobre la Renta de 2%, si ganan hasta 2 millones de pesos anuales.

Aunque esto parezca muy beneficioso, sin embargo, bajo este esquema, este sector tiene una restricción: no puede deducir y facturar los gastos que realicen.

Asimismo, dentro de la modalidad de Repecos, los contribuyentes no se encuentran obligados a presentar declaración anual, tal como indicó el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

El SAT mencionó que “si tienes ingresos inferiores a 2 millones de pesos calificas como pequeño contribuyente y no tienes obligación de presentar declaración anual porque tu pago lo haces a la entidad federativa por medio de una cuota fija”.

En base a los datos del SAT hasta el mes de febrero de 2011, existían más de 33’800,000 contribuyentes activos. De ese universo, 96% son personas físicas y 4% restante corresponde a las empresas.

Si vemos solamente el segmento de personas físicas tenemos que:

Pequeños contribuyentes: 10%

Personas físicas con actividad empresarial: 6%

Régimen de arrendamiento: 2%

Actividades Profesionales: 9%

Otros sectores: 2%

Asalariados: 60%

Por otra parte, no todo es beneficio para las Repecos, sino que tienen la gran desventaja de que al no poder facturar pierden competitividad respecto a otras empresas. En este sentido, lo que se busca es darles un impulso para que una vez que esté posicionada la empresa, pueda pasar al régimen intermedio de contribuyentes. Por ello se las grava sólo con el 2%.

Cuando pasa al régimen intermedio, el contribuyente puede tener ingresos entre 2 y 4 millones de pesos. En dichos casos, la carga fiscal es distinta, ya que la tarifa del ISR podría ser hasta un máximo de 30%, pero con posibilidades de deducir lo que

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