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TALLER METODO DE PARTICIPACION


Enviado por   •  19 de Octubre de 2017  •  Trabajo  •  1.489 Palabras (6 Páginas)  •  345 Visitas

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METODO DE PARTICIPACION

TALLER 1

Presentado por:

NAADHIA GISSELLE CARRILLO GONZALEZ   ID: 493134

CINDY PAOLA GUTIERREZ CASTELLANOS   ID: 542666

ZAIDA GISELA CASTRO MORA      ID: 364459

DORIAN PATRICIA ARATECO LEYTON    ID: 499720

Tutor

GUILLERMO CARANTON HERNANDEZ

CORPORACIÓN UNIVERSITARIA MINUTO DE DIOS

CONTADURIA PÚBLICA

CONTABILIDAD V

QUINTO SEMESTRE

2017

METODO DE PARTICIPACION PATRIMONIAL

CUESTIONARIO

  1. ¿En qué consiste el método de participación patrimonial?

Respuesta: Consiste en ajustar permanentemente el valor de las inversiones hechas de la casa matriz tan pronto como acontece cambios en el patrimonio de la subordinada.

  1. ¿Cuáles son los sujetos obligados a utilizar el método de participación?

Respuesta: Todos aquellos entes matriculados o controlantes y cada una de las subordinadas que posean inversiones en aquellas sociedades que son subordinadas o están controladas por su matriz, incluso aquellas sociedades matrices que ejercen control conjunto o compartido con otras matrices conforme al párrafo 1 del artículo 27 de la ley 222 de 1995.

  1. ¿Cuáles son los presupuestos básicos de aplicación del método?

Respuesta:

  1.  La matriz o controlante tenga el poder de disponer de los resultados de la subordinada en el periodo siguiente,
  2. La matriz o controlante no tenga intención de enajenar la inversión dentro de doce (12) meses siguientes al corte del ejercicio para el cual están elaborando los respectivos estados financieros, y
  3. La subordinada no tenga ninguna restricción para la distribución de sus utilidades, entre otros, cuando la subordinada está en liquidación o cuando en el curso de un proceso de reestructuración de acreencias.

  1. ¿Con qué periodicidad se aplica el método de participación?

Respuesta: Al cierre del ejercicio de la matriz o controlante, al corte de los estados financieros extraordinarios.

  1. ¿Cuáles es el manejo de las valorizaciones aplicadas en el método de costo al momento de la transición al método de participación patrimonial?

Respuesta: Al momento de hacer la transición del método de costo al método de participación patrimonial, se hace reversión de las valorizaciones o provisiones que existan en el momento.

Luego se procede a aplicar las cuentas del método en cuentas apropiadas que corresponda a los elementos del patrimonio de la subordinada así: el valor nominal de la acción, el valor de las reservas y de las utilidades del ejercicio o acumuladas en subcuentas apropiadas.

 6. ¿Cuál es el manejo de las provisiones aplicadas en el método de costo al momento    de la transición al método de participación patrimonial?

 

Respuesta: Se clasifica las inversiones en cuentas apropiadas de inversión y crédito mercantil y la provisión acumulada en el año anterior se cancela.

7. ¿En qué rubros del balance de la subordinada se pueden dar esos cambios patrimoniales?

 Respuesta:

-ORIGINADOS EN LOS RESULTADOS: Los incrementos o disminuciones en el patrimonio de la subordinada originada en los resultados del período, deberán ser depurados conforme a lo dispuesto en el inciso segundo del numeral 6. Este valor en la parte proporcional de la participación de la controlante o matriz en la subordinada, será reconocido como un mayor o menor valor de la inversión a la fecha en que se está realizando el cálculo, su contrapartida será un ingreso o gasto en el estado de resultados y tendrá la característica de operacional o no, dependiendo del objeto social de la matriz o controlante. (Núm. 9.1, circular conjunta 06 y 011/05 Superintendencia de sociedades y de valores).

-ORIGINADOS EN OTRAS PARTIDAS PATRIMONIALES: Las variaciones originadas en partidas patrimoniales distintas de sus resultados, en el porcentaje de participación que posea la matriz, sean estas positivas o negativas, a las cuales debe restarse el valor de los ajustes por inflación que aplicó la controlante a la inversión durante el período, deben registrarse como un aumento o reducción del último costo ajustado de la inversión, con abono o cargo al Superávit Método de Participación, según sea el caso.

En todo caso, en el primer período de aplicación del método, el monto de los ajustes por inflación que deben ser excluidos del total de la variación patrimonial, corresponde a la acumulación de los mismos desde el momento en que se adquirió el control y el cierre del período o al corte de los estados financieros de períodos intermedios o extraordinarios.

En caso de no existir un saldo suficiente dentro del Superávit Método de Participación registrado por parte de la matriz o controlante, el mayor valor de las disminuciones patrimoniales deberá reconocerse como pérdida, afectando directamente los resultados de la matriz o controlante.

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