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Taller Conceptual Rentas


Enviado por   •  28 de Noviembre de 2013  •  8.259 Palabras (34 Páginas)  •  499 Visitas

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TALLER CONCEPTUAL DE TRIBUTARIA I

AUTOR

JUAN CAMILO MARIN CERQUERA

DOCENTE

GERARDO CASTRILLO

UNIVERSIDAD DE LA AMAZONIA

FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES, ECONOMICAS Y ADMINISTRATIVAS

PROGRAMA DE CONTADURIA PÚBLICA

LEGISLACION TRIBUTARIA

2013

TALLER CONCEPTUAL DE TRIBUTARIA I

AUTOR

JUAN CAMILO MARIN CERQUERA

UNIVERSIDAD DE LA AMAZONIA

FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES, ECONOMICAS Y ADMINISTRATIVAS

PROGRAMA DE CONTADURIA PÚBLICA

LEGISLACION TRIBUTARIA

2013

TALLER CONCEPTUAL DE TRIBUTARIA I

UNIVERSIDAD DE LA AMAZONIA – PROGRAMA DE CONTADURIA PUBLICA

1. ¿CUALES SON LAS FINALIDADES DE LA NUEVA REFORMA TRIBUTARIA LEY 1607/12?

"POR LA CUAL SE EXPIDEN NORMAS EN MATERIA TRIBUTARIA Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES" o lo que es lo mismo, la reforma tributaria del 2012.

La ley 1607 consta de 198 artículos que desarrollan diferentes aspectos como el impuesto de renta para personas naturales que sufre un cambio sustancial, el impuesto de renta para personas jurídicas, se crea el impuesto llamado CREE que reemplaza los aportes parafiscales aunque no del todo por cuanto los aportes parafiscales seguirán vigentes para algunos casos.

Se modifican aspectos del Iva en cuanto a tarifas, bienes exentos y excluidos, el periodo gravable que incluso llega a ser anual para los responsables con menos movimientos.

Se modifica también el impuesto al consumo y a la gasolina y algunos aspectos relacionados con el procedimiento tributario llamando la atención la creación de la figura del abuso en materia tributaria y la fijación de una serie de principios a seguir en la aplicación de las sanciones tributarias por parte de la administración de impuestos.

2. ¿QUE ES LA REGLA FISCAL Y PARA QUE SIRVE?

“Por medio de la cual se establece una regla fiscal y se dictan otras disposiciones”

El siguiente es un ABC del Proyecto de Ley de Regla que tiene como propósito expedir normas que garanticen la sostenibilidad de largo plazo de las finanzas públicas y contribuyan a la estabilidad macroeconómica del país.

1. ¿Qué es la regla fiscal?

La regla fiscal es un mecanismo que permite fortalecer la disciplina fiscal al establecer metas puntuales sobre el balance del Gobierno Central, de forma que su gasto esté acorde con sus ingresos estructurales o de largo plazo. El cumplimiento de dichos compromisos puntuales, permitirá para fortalecer las finanzas públicas en el mediano plazo y garantizar la sostenibilidad de la deuda pública y la estabilidad macroeconómica del país.

2. ¿Por qué necesitamos una regla fiscal?

En primer lugar, para consolidar los esfuerzos logrados durante la última década, especialmente con lo dispuesto en la Ley de Responsabilidad Fiscal en el año 2003 (Ley 819), a través de una programación fiscal establecida en el Marco Fiscal de Mediano Plazo. En segundo lugar, la perspectiva de mayores ingresos provenientes de incrementos en la producción minera hacia los próximos años, requiere de elementos de ahorro y estabilización, para evitar que un aspecto positivo como éste, genere efectos desestabilizadores sobre toda la economía. Estos aspectos están incluidos en el diseño de la regla fiscal Por último, para contribuir a los objetivos de estabilidad macroeconómica, la regla fiscal aporta elementos para un manejo contracíclico de la política fiscal, todo lo cual en conjunto beneficia especialmente a los sectores más vulnerables de la economía.

3. ¿Qué metas establece la regla fiscal?

El Gobierno Nacional Central se compromete con un objetivo de reducción del déficit estructural, el cual no será mayor a 1% del PIB a partir del año 2022.

Adicionalmente, se han establecido una serie de metas intermedias para los años 2014 y 2018, en la medida que se alcanzarían déficits estructurales del Gobierno Nacional Central de 2,3% del PIB o menos y 1,9% del PIB o menos, respectivamente, con el propósito de alcanzar el objetivo indicado en el año 2022.

4. ¿A quién le aplica la regla fiscal?

Esta Ley se aplicará a las cuentas fiscales del Gobierno Nacional Central, de acuerdo con la metodología que para tal efecto defina el Consejo Superior de Política Fiscal -Confis-.

5. ¿Los gobiernos locales están sujetos al cumplimiento de esta regla?

La regla fiscal solamente aplica a las finanzas del Gobierno Nacional Central, por lo cual las entidades locales no estarían cobijadas por esta medida. Esto es así, por cuanto las entidades territoriales ya cuentan con sus propias reglas fiscales como son la Ley 358 de 1997 y la Ley 617 de 2000, que les han permitido mejorar su situación fiscal durante las últimas dos décadas,

6. ¿Cómo se materializa la regla fiscal?

Tal como lo establece la Ley, la regla fiscal se materializa a través del Marco Fiscal de Mediano Plazo.

También, el Plan de Inversiones del Proyecto de Ley del Plan Nacional de Desarrollo, el Marco de Gasto de Mediano Plazo, el Plan Financiero, el Plan Operativo Anual de Inversiones y el Proyecto de Ley de Presupuesto General de la Nación, deben ser consistentes con la regla fiscal, contenida en el Marco Fiscal de Mediano Plazo.

7. ¿Qué es el gasto contracíclico?

Para contribuir a los objetivos de estabilidad macroeconómica, la regla fiscal establece la oportunidad para realizar gasto contracíclico cuando se presenten conjuntamente las siguientes circunstancias: i) cuando se proyecte que en un año particular el crecimiento económico real estará dos puntos porcentuales o más por debajo de la tasa de crecimiento económico real de largo plazo, y ii) que la brecha del producto sea negativa. DESPACHO MINISTRO

3. ¿DIFERENCIA ENTRE IMPUESTO TASA Y CONTRIBUCION Y SEÑALE EJEMPLOS PARA C/U?

Dependiendo de la contraprestación que los contribuyentes por su pago reciben se clasifican en:

• Impuestos

• Tasas

• Contribuciones, que pueden ser fiscales o parafiscales.

Los Impuestos:

El impuesto es el tributo por excelencia, su pago al estado no genera ninguna contraprestación para el contribuyente, simplemente, hay que pagarlo sin esperar nada a cambio.

Todos los impuestos nacen de una ley expedida en el congreso, aunque excepcionalmente, el Presidente de la República puede imponerlos

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