DERECHO ECLESIASTICO
Enviado por tisgra • 28 de Abril de 2014 • 464 Palabras (2 Páginas) • 202 Visitas
Práctica número 1.
Derecho Eclesiástico.
Derecho Eclesiástico.
Universidad de Almería
Martes 14 de Octubre de 2008.
Cuestionario:
1. Señale el sistema de relación Iglesia-Estado que se trata en estos textos. Para ello, señale las ideas principales de ambos bloques de textos, las diferencias que se pueden extraer y el derecho a que se refieren.
Sistema de relación entre la iglesia y el Estado: Regalismo. Existe una descompensación entre el poder del Estado y la Iglesia.
Ideas principales:
Bloque 1:
• Derecho de Patronato.
Bloque 2:
Diferencias:
Derecho de Patronato.
2. ¿En qué consiste dicho derecho? ¿A quién pertenecía? ¿Qué argumento jurídico se utiliza en el primer bloque de textos para defender dicha posesión? ¿Y en el segundo? ¿Cómo quedó resuelta la cuestión?
Consiste en
Pertenecía a los monarcas.
Argumentos jurídicos bloque 1:
• La Bula y otros documentos pontificios.
Argumentos jurídicos bloque 2:
• En el segundo bloque se narran las tres razones fundadas en la antigua costumbre. (Las Partidas).
Las disputas entre el Estado y la Iglesia sobre el Derecho de Patronato se resuelven en el siglo XVIII, a través del Concordato de 1753. El derecho de presentación se lo queda en ejercicio el rey, el cual presenta a los obispos, pero, 52 sedes, es decir, iglesias, quedan reservadas a la elección del Papa.
3. Señale la época o período histórico en que se encuadrarían cada uno de los dos bloques de textos atendiendo al argumento jurídico utilizado. Indique las diferencias entre ambas épocas en la materia tratada.
Bloque 1: Siglo XVII: Época del reinado de los Austrias.
Estos justificaban su Derecho de patronato basándose en las bulas y los documentos.
Bloque 2: Siglo XVIII: Reinado de los Borbones.
A estos no les importaban las bulas, las ignoraban. Solo creían en su derecho a través de la costumbre.
En ambos bloques lo que se quería era nombrar cargos eclesiásticos.
4. ¿Cómo se encuentra regulada actualmente la cuestión?
En la actualidad, quien nombra los cargos eclesiásticos es la Iglesia.
En el año 1976 se firmó un acuerdo entre la iglesia católica y el Estado español, en el cual se produjo una “renuncia mutae”, en la cual el rey renuncia al Derecho de Patronato y la Iglesia renunció al privilegio del fuero, por el cual, no se podían someter a la jurisdicción civil. Se produjo un
...