.6.3 ANÁLISIS DE LOS DATOS RECABADOS
Enviado por lino1956 • 24 de Diciembre de 2016 • Ensayo • 6.951 Palabras (28 Páginas) • 541 Visitas
CAPÍTULO V
RESULTADOS
6.3 ANÁLISIS DE LOS DATOS RECABADOS
Tabla Nº 1
Cargo que ocupa en el poder Judicial y/o ministerio público
Fuente: encuesta realizada a los jueces y/o fiscales del Distrito Judicial de Huaura para la investigación Vacíos Legales que imposibilitan la sanción de los delitos informáticos en el Nuevo Código Penal Peruano 2015
Fecha. 20-04-2016
Análisis e interpretación
El 60% de los encuestados ejerce la función pública de en el Distritito Judicial de Huaura. El 40% ejerce la función de fiscal
Los fiscales tienen la responsabilidad, como parte representante del Estado de tipificar debidamente el delito que se comete, y de esa manera poder sustentar la acusación fiscal que el juez admita para seguir el proceso que lleve a sancionar estos delitos.
Los jueces, tienen la responsabilidad de dictar las sanciones convenientes para los delitos que se cometen contra lo público y privado, y para poder sustentar sus sentencias deben los delitos estar debidamente tipificados y determinados los límites delas condenas que se impondrán a los infractores de acuerdo a la gravedad del mismo.
Tabla Nº 2
Tiempo de ejercicio del cargo
Fuente: encuesta realizada a los jueces y/o fiscales del Distrito Judicial de Huaura para la investigación Vacíos Legales que imposibilitan la sanción de los delitos informáticos en el Nuevo Código Penal Peruano 2015
Fecha. 20-04-2016
Análisis e interpretación
El 40 % de los encuestados ejercen la función de juez y/o fiscal en el Distrito Judicial de Huaura entre 2-4 años, el 30% entre 0-2 años, el 20o/o entre 4-6 años y el 10% más de 6 años.
El tiempo de permanencia de los jueces y/o fiscales, lo determinan las autoridades superiores del Poder Judicial, de acuerdo a sus normativas internas ajustadas a las leyes generales del país.
Tabla Nº 3
Existencia de suficientes alcances en el NCPP para sancionar los delitos informáticos
Fuente: encuesta realizada a los jueces y/o fiscales del Distrito Judicial de Huaura para la investigación Vacíos Legales que imposibilitan la sanción de los delitos informáticos en el Nuevo Código Penal Peruano 2015
Fecha. 20-04-2016
Análisis e interpretación
El 100 % de los encuestados indican que no existen suficientes alcances en el Nuevo Código Procesal Penal para sancionar los delitos informáticos.
Nuestro Nuevo código Penal no considera los delitos que en la actualidad se realizan utilizando los medios informáticos, eso es debido a que el avance de la tecnología de la comunicación es vertiginoso, automáticamente cada año se producen grandes avances científicos en ese campo, y con ello la posibilidad que se utilice en forma más sofisticada, y en consecuencia los delitos considerados en Nuestro código Procesal Penal, no cubre toda la gama de delitos que se cometen en la actualidad.
Tabla Nº 4
Existencia en las leyes complementarias del NCPP de suficientes alcances para sancionar los delitos informáticos.
Fuente: encuesta realizada a los jueces y/o fiscales del Distrito Judicial de Huaura para la investigación Vacíos Legales que imposibilitan la sanción de los delitos informáticos en el Nuevo Código Penal Peruano 2015
Fecha. 20-04-2016
Análisis e interpretación
El 100% de los encuestados indica que no existen en las leyes complementarias del Nuevo Código procesal penal los alcances suficientes para sancionar los delitos informáticos.
En este aspecto se debe tener en cuenta que las leyes complementarias se desprenden del cuerpo general que contiene la ley principal, que en este caso es el Nuevo código procesal penal, y en ellas, al igual que en el NCPP se han tipificado los delitos informáticos en forma general, y la mayoría de los delitos que en la actualidad se cometen a través de los medios informáticos, no son considerados en las leyes complementarias o no se desprende de ellas sanciones específicas para ellas, pues en última instancia, a la luz de la interpretación de las leyes, son considerados como delitos de poca importancia.
Tabla Nº 5
Tipificación adecuada de tos delitos informáticos en el NCPP
Fuente: encuesta realizada a los jueces y/o fiscales del Distrito Judicial de Huaura para la investigación Vacíos Legales que imposibilitan la sanción de los delitos informáticos en el Nuevo Código Penal Peruano 2015
Fecha. 20-04-2016
Análisis e interpretación
El 100% de los encuestados indican que no están tipificados adecuadamente los delitos informáticos en el Nuevo Código Procesal Penal.
Como se ha considerado en el análisis anterior, el NCPP solo generaliza estos delitos y muchos de ellos no pueden ser incluidos dentro de esa generalización, puesto que al ser elaborado los delitos actuales no podían haber sido considerados, ya que no se conocía la magnitud de los mismos.
Tabla Nº 6
lnclusión de los nuevos delitos informáticos en la tipificación
del NCPP.
Fuente: encuesta realizada a los jueces y/o fiscales del Distrito Judicial de Huaura para la investigación Vacíos Legales que imposibilitan la sanción de los delitos informáticos en el Nuevo Código Penal Peruano 2015
Fecha. 20-04-2016
Análisis e interpretación
De los encuestados el 90% indica que no se pueden incluir los nuevos delitos informáticos dentro de la tipificación que se realiza en el Nuevo Código Procesal Penal, el 10% indica que si.
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