AUTOTRANSPORTES DE CARGA Y PASAJEROS
Enviado por alejandro_felix • 7 de Septiembre de 2013 • 3.144 Palabras (13 Páginas) • 492 Visitas
DEFINICION
El autotransporte Federal de carga constituye un factor estratégico para el
desarrollo económico toda vez que es un eficiente instrumento para la articulación
de los procesos de producción, distribución y consumo. Este sector es la columna
vertebral del sistema mexicano de transporte y una actividad fundamental para la
economía del país, al movilizar a más del 53% del total de la carga transportada
en el territorio nacional.
Sin embargo, a pesar de la importancia del autotransporte en nuestro país, existe
poca información acerca del aspecto fiscal, de la organización contable,
administrativa y financiera de este sector. Aunado a lo anterior, el régimen fiscal
en el que tributaban los relevaba de ciertas obligaciones, ya que consistía en
pagar una cuota fija anual por cada unidad de transporte, por lo que dichos
aspectos no eran motivo de preocupación.
A partir de 1990 desaparece el régimen de bases especiales de tributación, el cual
la autoridad sustituyó con el que hasta la fecha se conoce como régimen
simplificado que consiste básicamente en el control de las Entradas y Salidas de
efectivo y siendo la diferencia entre ambos conceptos la base para determinar el
impuesto sobre la renta.
En la ley del impuesto sobre la renta vigente para 2002, se establece un nuevo
Régimen Simplificado con un sistema de flujo de efectivo, aplicable a las personas
morales del sector primario y de autotransporte terrestre de carga y de pasajeros,
así como a sus integrantes personas morales y personas físicas. 4
Con dicha Ley, se otorga la opción de que puedan tributar conforme al Régimen
de las Personas Físicas con Actividades Empresariales y Profesionales o al
Régimen Intermedio de las Personas Físicas con Actividades Empresariales,
cuando no se rebase el límite de ingresos que en este último régimen se
establece.
El 25 de septiembre de 1989 concluye el proceso de creación de Canacar, que
obtiene su registro ante la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, cuya
autorización se publica en el Diario Oficial de la Federación del 29 de septiembre
de ese mismo año. Se inicia así la disolución de la Cámara Nacional de
Transportes y Comunicaciones, cuya liquidación se publica el 23 de octubre del
año indicado.
Canacar fue la respuesta de los transportistas de carga para enfrentar
organizadamente la política de desregulación del servicio y evitar la dispersión y
atomización del sector
ANTECEDENTES.
Las primeras organizaciones gremiales de los transportistas fueron
impulsadas por los gobiernos posrevolucionarios, ante la necesidad de contar con
interlocutores que apoyaran las políticas públicas dirigidas hacia ese sector.
El antecedente más antiguo de la organización gremial del transporte fue el
Sindicato de Chóferes del Distrito Federal, creado en 1914, integrado a la Casa
del Obrero Mundial. En 1916, la federación de sindicatos capitalinos, a la cual
pertenecía el sindicato de chóferes mencionado, convocó a una huelga
paralizando todas las actividades de la metrópoli.
En 1918, el sindicato adopta una nueva forma de organización y constituye la
Unión de Propietarios de Automóviles de Alquiler, y en 1920 se crea la Federación
de Camioneros del Distrito Federal, que desaparece ese mismo año.
El primer sistema de compras en común para obtener mejores precios en los
insumos fue establecido por la Federación Camionera del Distrito Federal, que
agrupaba a las líneas urbanas de pasaje y fue constituida en 1921. En ese mismo
año, con la participación de la mayor parte de los transportistas y sus trabajadores,
se funda el Centro Social de Chóferes, afiliado a la Confederación Regional
Obrera Mexicana (CROM), organización que el 27 de febrero de 1922 convoca a
un paro de actividades en protesta por la anarquía con la que se otorgaban los
permisos, situación que estuvo a punto de colapsar la prestación de este servicio.
ASPETCO CONTABLE
Sujeto
Contribuyentes dedicados exclusivamente al autotransporte terrestre de
carga o de pasajeros, o a las actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o
silvícolas, aquéllos cuyos ingresos por dichas actividades representan cuando
menos el 90% de sus ingresos totales, sin incluir los ingresos por las
enajenaciones de activos fijos o activos fijos y terrenos, de su propiedad que
hubiesen estado afectos a su actividad. (Art. 80 L.I.S.R.)
Objeto
El objeto del Impuesto Sobre la Renta es gravar la utilidad proveniente del
Autotransporte, cuya determinación se presenta.
Tasa del Impuesto
Las personas morales calcularán el impuesto aplicando a la base de
impuesto la tasa del 30% (ART. 10 LISR).
Base del Impuesto
La base del impuesto es la diferencia de restar al total de los Ingresos
obtenidos, el total de las deducciones autorizadas.
Ingresos
Se consideran ingresos exclusivos por la actividad se servicios de
autotransporte terrestre de carga cuando representen por lo menos 90% de sus
ingresos totales, sin incluir los ingresos por enajenación de activos fijos o activos
fijos y terrenos de su propiedad que hubiesen estado afectos a su actividad. (Art.
80 fracción I de la L.I.S.R.).
Los contribuyentes dedicados a la actividad de autotransporte terrestre de carga
federal, que cumplan con sus obligaciones fiscales, podrán comprobar sus
ingresos por los servicios prestados con la carta de porte que al efecto expidan,
siempre que la misma reúna los requisitos que establecen las disposiciones
fiscales. Por la enajenación que realicen de su activo fijo, no obstante de tratarse
de un acto diferente a su actividad propia, podrán utilizar como documento
comprobatorio de los ingresos que perciban la carta de porte, siempre que en la
misma se aclare expresamente que se trata de una operación de venta de activos
fijos. (Regla de la Resolución Miscelánea )
Las cartas de porte son aquellas
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