Accion Procesal
Enviado por JavierSolano • 12 de Diciembre de 2011 • 1.323 Palabras (6 Páginas) • 887 Visitas
CLASIFICACIÓN DE LAS ACCIONES
Las acciones se clasifican de la siguiente manera:
• Acciones personales: Son las que protegen los derechos personales. Se exige el cumplimiento de una obligación personal. El derecho personal es la facultad que tiene una persona llamada acreedora para exigir de otra llamada deudora, el cumplimiento de una obligación de dar, de hacer o de no hacer.
• Acciones reales: son aquellas que se refieren a un derecho real. El derecho real es la facultad que una persona tiene de usar, disfrutar y disponer de una cosa propia o ajena.
• Acciones posesorias: son aquellas que tienden a la protección de la posesión inmobiliaria y no de la propiedad.
• Acciones prescriptibles: son aquellas que se prescriben por el transcurso del tiempo.
• Acciones imprescriptibles: son aquellas que no se extinguen por el transcurso del tiempo.
• Acciones contrarias o contradictorias: son aquellas que se contraponen y no pueden existir al mismo tiempo, procede una de otra.
• Acciones del estado civil: son aquellas que tienen relación con el estado civil de las personas constituyendo uno nuevo.
LOS ELEMENTOS DE LA ACCIÓN
Según la teoría tradicional los elementos de la acción son: el derecho material, el interés, la calidad y la capacidad en el actor.
• El derecho material: Por lo que hace a este, debe ser exigible, tener una causa licita y no haber prescrito.
• El interés: En cuanto a éste, si no existe no puede haber acción, en la doctrina francesa encontramos dos axiomas que dicen:
o si no hay interés no hay acción.
o El interés es la medida de las acciones.
• La calidad: Como un aspecto particular del interés se refiere a la titularidad del derecho de acción, es decir, quien o quienes pueden, en un momento dado, ejercitar una acción judicial.
• La capacidad: En principio toda persona es capaz. La ley establece expresamente los casos de incapacidad.
Este elemento más bien es un requisito de admisión de la demanda.
Según las teorías modernas y sus autores los elementos de la acción son los siguientes
• La de Chiovenda.- según este autor los elementos de la acción son los sujetos, la causa y el objeto.
Los sujetos pueden ser activos o pasivos:
o El sujeto activo es al que le corresponde el poder de actuar.
o El sujeto pasivo es el demandado frente al cual corresponde el poder de actuar.
La causa es el interés que da fundamento a la acción y por regla general se divide en dos elementos: un derecho y un estado de hecho contrario a ese derecho.
El objeto es el efecto al que el poder de actuar tiende, es lo que se pide y puede ser mediato o inmediato.
• La de Alsina.- En esta teoría encontramos los mismos elementos de la acción que en la de Chiovenda, pero hay ciertas distinciones:
En el primer caso el sujeto activo es el titular de la relación jurídica material, y el pasivo es el obligado contra el cual se pide su cumplimiento.
En el segundo, el sujeto activo es el que ejerce la acción, y el pasivo es el estado, por medio de sus órganos jurisdiccionales.
En cuanto al objeto, este es el efecto al que se tiende con el ejercicio de la acción.
Varia, según se trate de la escuela clásica o de la moderna:
• Para la primera, el objeto es el cumplimiento de una obligación.
• Para la segunda es una sentencia que declare fundada o no la pretensión del actor. Si la declara fundada, éste contará, si es necesario, con el auxilio de la fuerza pública para reintegrar su patrimonio. Si la declara infundada deberá el actor guardar perpetuo silencio.
• CONCEPTO DE DERECHO PROCESAL
• Es la esfera del ordenamiento jurídico constituida por el conjunto de las normas reguladoras de una serie o cadena de actos sucesivos, relacionados entre sí y desarrollados de un modo ordenado, el conjunto de los cuales se llama proceso y tendentes a la obtención de un pronunciamiento judicial, en particular de una sentencia, y al subsiguiente cumplimiento de dicho fallo.
• El derecho procesal es el conjunto de disposiciones que regulan la sucesión concatenada de los actos jurídicos realizados por el juez, las partes y otros sujetos procesales, con el objeto de resolver las controversias
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