Acción de Simulación
Enviado por kimS9 • 11 de Agosto de 2020 • Informe • 2.143 Palabras (9 Páginas) • 167 Visitas
Tema 12: Acción de simulación
Ella presume que el deudor haya realizado una negociación con carácter aparente, que haga ver a sus acreedores que determinados bienes han salido de su patrimonio y como el patrimonio del deudor es prenda común de sus acreedores estos pueden pedir la declaratoria de simulación de los actos ejecutados por su deudor.
un acto o contrato es simulado cuando existe un acuerdo entre las partes; para dar una declaración de voluntad contraria a su pensamiento con el fin de engañar a la ley o a terceros. La simulación supone la realización de dos actos o convenciones.
1. Uno ficticio, aparente o simulado denominado “OSTENSIBLE”
2. Uno real o verdadero, mantenido en secreto por las partes denominado “CONTRADOCUMENTO”
Definición: es la acción ejercida en caso de que el deudor realice actos simulados en perjuicio de sus acreedores. Esta acción, al igual que las otras acciones de protección del crédito, supone la insolvencia del deudor o su inminente peligro y también supone que como consecuencia de la insolvencia, el deudor finge determinados actos en perjuicio de sus acreedores.
EJEMPLO: un deudor que posee un inmueble y se encuentre en una crítica situación económica, a sabiendas de las acciones judiciales que pueden ejercer sus acreedores sobre dicho inmueble, decide fingir su venta a un amigo o hipotecarlo ficticiamente con ánimo de escapar al poder de agresión de sus acreedores.
→En caso de presentarse estos supuestos, los acreedores pueden atacarlos porque les son perjudiciales. De acuerdo con lo establecido en el art. 1.281 CC
“los acreedores pueden también pedir la declaratoria de simulación de los actos ejecutados por el deudor”
• Por intermedio de la acción de simulación, se ataca un acto ficticio; basándose en la divergencia (disparidad) entre la voluntad real y la voluntad declarada.
→ No todos los actos ficticios del deudor pueden ser atacados. Para poder ser atacados deben cumplir con un requisito fundamental: La existencia de la INSOLVENCIA del deudor o inminente peligro de esta.
Ya que puede presentarse el caso de que una persona SOLVENTE, decida fingir un determinado acto sin ánimo de perjudicar a sus acreedores, sino que lo hace por motivos de negocios o por cualquier otro. → Estos actos no podrán ser atacados.
• Paralelamente a la celebración de un acto ficticio suele hacerse un documento privado llamado:
•Clases de Acción simulada: se clasifican
Según la finalidad perseguida por el deudor en:
Simulación lícita: son actos lícitos cuando no perjudican en nada a sus acreedores, la motivación o el resultado del acto simulado no tienen que ver con el daño a los acreedores.
Simulación fraudulenta: son actos fraudulentos cuando tienden a engañar a los acreedores, esta acción de simulación supone que el deudor realiza un determinado acto que perjudica la expectativa patrimonial de sus acreedores, sin ser requerido la inter(no entendí esa palabra) de perjudicar a los acreedores. Basta con que perjudique a los acreedores, aun sin mala fe por parte del deudor.
Según las características internas del acto simulado:
Simulación absoluta: ocurre cuando detrás de la voluntad declarada del deudor, todos los extremos del acto son simulados o es el acto en su totalidad lo que es simulado.
Simulación relativa: ocurre cuando hay detrás de la voluntad del deudor cierta realidad en el acto, pero puede no ajustarse a la verdad de dos maneras distintas:
- Fingiendo determinados extremos del acto. Ej: La venta es real, pero el precio declarado no lo es.
- Fingiendo un acto por otro. Ej: Lo real es que el deudor celebre una donación, pero fue declarada una venta.
• Ambos tipos de simulación podrán ser atacadas por los acreedores, siempre que sean fraudulentas.
Elementos (Simulación)
1. La voluntad para realizar el acto simulado
2. El acto ficticio y ostensible
3. El acto verdadero o secreto
Contradocumento:
Es el escrito que comprueba y reconoce la simulación total o parcial de un acto, además de la capacidad y consentimiento de las partes.
Este debe ser escrito y estar firmado por las partes o sus representados, o por la parte a quien se opone.
En caso de ser una manifestación unilateral de voluntad, debe referirse a negocio ficticio y constar en escrituras distintas del que modifique o destruya.
en el cual consta la verdadera motivación de las partes. Este no está desprovisto de valor. En efecto, de acuerdo al art 1.362 C.C
“Los instrumentos privados, hechos para alterar o contrariar lo pactado en un instrumento público, no producen efecto sino entre los contratantes y sus sucesores a titulo universal. No se los puede oponer a terceros”
•Efectos de la simulación:
A. Entre las partes:
-El acto ostensible desaparece en la simulación absoluta o relativa.
-El acto verdadero o real subsiste y produce todos sus efectos.
-En caso de enajenación de bienes o de derechos, estos vuelven a su titular junto con sus frutos y productos exceptuando los gastos de conservación.
-Ella es imprescriptible entre las partes.
B. Respecto a Terceros:
A. La Nulidad del acto ostensible (ficticio)
B. No produce efectos, frente a terceros de buena fe
En ellos no produce efectos la simulación declarada que no teniendo conocimiento de ella, han adquirido derechos o bienes de las partes del acto simulado.
Art. 1.281 C.C “La simulación, una vez declarada, no produce efectos sin perjuicio de terceros, que no teniendo conocimiento de ella, han adquirido derechos sobre los inmuebles con anterioridad al registro de la demanda por simulación”
C. Si produce efectos frente a terceros de mala fe
Porque han adquirido bienes o derechos a sabiendas que las partes, han celebrado un acto simulado. También cargan con los daños y perjuicios.
Art. 1.281 C.C “Si los terceros han procedido de mala fe quedan sujetos a la acción de simulación y también a los daños y perjuicios”
...