Arbitraje
Enviado por carlosjose • 5 de Octubre de 2011 • 3.021 Palabras (13 Páginas) • 604 Visitas
INTRODUCCIÓN
La importante en el derecho no solamente radica en resolver el conflicto si no la forma como se resuelve, por ello cuando un sistema judicial es deficiente, no cumple su función a cabalidad se convierte en una ficción corriendo el riesgo de retroceder al pasado en que el hombre ejercía la justicia por su propia mano, asiendo imposible la convivencia social. Ello explica porque la necesidad de encontrar otras formas alternativas que puedan proveer las soluciones que en el sistema público no está en condición de brindar.
El arbitraje puede ser una de las formas a través de la cual las personas encuentren el acceso a una justicia eficiente administrada por las mismas partes, dentro de su esfera de libertad y en el marco de sus derechos disponible
Si bien es cierto que descongestionaría la pesada carga procesal. No se concebirla como un competidor de la vía judicial sino más bien como una vía complementaria en el entendido que el arbitraje no es válido para cumplir clases de litigio o bajo cualquier circunstancia. Por tanto se debe ser consientes que el arbitraje debe convivir con la justicia en forma armónica, manteniendo una relación y un respeto mutuo entre ambos sistemas.
El arbitraje no puede existir si no hay las dos voluntades convergentes o reunidas a resolver un problema por esta vía. Esto es, entre otras cosas, establecer la materia sobre las cuales o sobre la cual el árbitro o árbitros van a tener que pronunciarse. Se ha conocido de casos en los cuales el laudo, la sentencia del tribunal que es considerado final y definitivo, puede ser declarado nulo si un tribunal se excede en sus funciones.
Por otro lado el arbitraje es reconocido por una infinidad de convenios internacionales y todos estos son parte del orden jurídico Venezolano. Pero además, dentro del derecho internacional, el arbitraje es un procedimiento no solo usual, adecuado, sino, expedito y conveniente.
ARBITRAJE
El arbitraje, es aquel a que las partes concurren de común acuerdo o por mandato de legislador y que se verifica ante Tribunales especiales, distintos a los establecidos permanentemente por el Estado, elegidos por los propios interesados o por autoridad judicial en subsidio, o por un tercero en determinadas ocasiones En consecuencia, el arbitraje es un juicio en el que las partes encomiendan la solución del conflicto a un tercero, tiene origen esencialmente contractual, en virtud de la voluntad de las partes y libertad contractual.
En el confluyen o concurren un conjunto de actividades estrechamente vinculadas entre sí que tienen por único objetivo la solución del conflicto, y entre dichas actividades pueden señalarse fundamentalmente el convenio arbitral es vinculante a las partes, es típica, esencial para que existan las partes; la exclusión del conocimiento en el procedimiento de los órganos jurisdiccionales, pero la intervención de estos en el auxilio judicial en algunas partes del procedimiento arbitral, el procedimiento arbitral propiamente dicho, que concluye con la dictación del laudo arbitral que tiene la característica de cosa juzgada .
Quizás su elemento más característico es que la resolución de la cuestión conflictiva es resuelta por medio de un tercero que no es Juez, y que sin embargo, tiene la misma eficacia que una sentencia dictada en sede jurisdiccional que como se dijo anteriormente se desarrolla dentro de una esfera de jurisdicción privada.
En la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999), se da un nuevo avance en esta materia al reconocer de manera expresa en su artículo 258 que la ley promoverá el arbitraje, la conciliación, la mediación y cualesquiera otros medios alternativos para la solución de conflictos.
En la Ley De Arbitraje Comercial Venezolana (1998), se establece como objetivo consagrar el arbitraje institucional o independiente como método alternativo de solución de controversias que sean susceptibles de transacción que surjan entre personas capaces de transigir; sin perjuicio de cualquier tratado multilateral o bilateral existente.
La Ley de Arbitraje Comercial venezolana reconoce el arbitraje institucional, y en razón de definirlo como aquel que se realiza ante centros de arbitraje, establece las condiciones mínimas que debe tener un centro de arbitraje, en sus artículos 11 al 14. El artículo 11 de la Ley señala las instituciones que pueden formar centros de arbitraje. Los artículos 12 y 13 establecen lo que debe regularse en los reglamentos de arbitraje. En el articulo 14 exige la Ley que todo centro tenga una sede permanente, que sirva de apoyo a los tribunales arbitrales que se constituyan conforme a las reglas de ese centro, ello no significa que la sede del centro sirva para tribunales arbitrales que se constituyan conforme a un arbitraje independiente.
El arbitraje ha sido definido por la doctrina procesal como una institución que permite a las partes dirimir sus conflictos, sin necesidad de acudir a los órganos jurisdiccionales del Estado. Constituye un mecanismo para la solución de todas aquellas controversias que puedan suscitarse en materia contractual o extracontractual, siempre que las mismas sean susceptibles de transacción. Es una vía a través de la cual se deja en manos de árbitros particulares, que no forman parte de los órganos del poder judicial, el enjuiciamiento y la posterior decisión de dichas controversias.
En definitiva, los requisitos legales para que pueda funcionar un centro de arbitraje son:
Una sede permanente.
Un reglamento que regule todo lo relativo al procedimiento arbitral
Un director.
Una lista de árbitros con un número superior a veinte (20).
Dentro de las ventajas de este procedimiento encontramos:
Celeridad. El arbitraje es una opción rápida para resolver cualquier conflicto de intereses, si se tiene en cuenta el termino para deferir el fallo es el que las partes acuerden; subsidiariamente, el termino es de 6 meses
Economía. Se refiere a que la celeridad influye en la economía, ya que resulta más oneroso para las partes un proceso largo en el tiempo que incurre en gastos y costos procesales mayores.
Eficacia. Los laudos arbitrales producen los mismos efectos que las sentencia emitidas por la justicia ordinaria, pero no están sometidos a apelación y casación.
Reserva. Se refiere a que el desenvolvimiento del proceso arbitral se mantiene dentro de la más estricta reserva (sigilo profesional). Esto permite que el buen nombre de las partes intervinientes no se vea afectado por el hecho del litigio, lo que no acontece en la justicia ordinaria, especialmente cuando las partes son muy conocidas.
Idoneidad. Se refiere a que el arbitraje es seguro dada la calidad moral y
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