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Articulos 5 Y 6


Enviado por   •  24 de Mayo de 2012  •  1.702 Palabras (7 Páginas)  •  394 Visitas

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Artículo 5. El Estado docente es la expresión rectora del Estado en Educación,

en cumplimiento de su función indeclinable y de máximo interés como derecho

humano universal y deber social fundamental, inalienable, irrenunciable y como

servicio público que se materializa en las políticas educativas. El Estado docente

se rige por los principios de integralidad, cooperación, solidaridad, concurrencia

y corresponsabilidad. En las instituciones educativas oficiales el Estado garantiza

la idoneidad de los trabajadores y las trabajadoras de la educación, la

Infraestructura, la dotación y equipamiento, los planes, programas, proyectos,

Actividades y los servicios que aseguren a todos y todas igualdad de condiciones

y oportunidades, y la promoción de la participación protagónica y corresponsable

de las familias, la comunidad educativa y las organizaciones comunitarias, de

acuerdo con los principios que rigen la presente Ley. El Estado asegura el

cumplimiento de estas condiciones en las instituciones educativas privadas

autorizadas.

Competencias del Estado docente

Artículo 6. El Estado, a través de los órganos nacionales con competencia en

materia Educativa, ejercerá la rectoría en el Sistema Educativo. En consecuencia:

1. Garantiza:

a. El derecho pleno a una educación integral, permanente, continua y de calidad

para todos y todas con equidad de género en igualdad de condiciones y

oportunidades, derechos y deberes.

b. La gratuidad de la educación en todos los centros e instituciones educativas

oficiales hasta el pregrado universitario.

c. El acceso al Sistema Educativo a las personas con necesidades educativas o

con discapacidad, mediante la creación de condiciones y oportunidades. Así

como, de las personas que se encuentren privados y privadas de libertad y de

quienes se encuentren en el Sistema Penal de Responsabilidad de

Adolescentes.

d. El desarrollo institucional, permanencia y óptimo funcionamiento de las

misiones educativas en sus distintas modalidades.

e. La continuidad de las actividades educativas, en cualquier tiempo y lugar, en

las instituciones, centros y planteles oficiales nacionales, estadales,

municipales, entes descentralizados e instituciones educativas privadas.

f. Los servicios de orientación, salud integral, deporte, recreación, cultura y de

bienestar a los y las estudiantes que participan en el proceso educativo en

corresponsabilidad con los órganos correspondientes.

g. Las condiciones para la articulación entre la educación y los medios de

comunicación, con la finalidad de desarrollar el pensamiento crítico y

reflexivo, la capacidad para construir mediaciones de forma permanente entre

la familia, la escuela y la comunidad, en conformidad con lo previsto en la

Constitución de la República y demás leyes.

h. El uso del idioma castellano en todas las instituciones y centros educativos,

salvo en la modalidad de la educación intercultural bilingüe indígena, la cual

deberá garantizar el uso oficial y paritario de los idiomas indígenas y del

castellano.

i. Condiciones laborales dignas y de convivencia de los trabajadores y las

trabajadoras de la educación, que contribuyan a humanizar el trabajo para

alcanzar su desarrollo pleno y un nivel de vida acorde con su elevada misión.

j. Que a ningún o ninguna estudiante, representante o responsable, se le cobre

matrícula y servicios administrativos, como condición para el ingreso,

permanencia y egreso de las instituciones educativas oficiales.

k. Que a ningún o ninguna estudiante, representante o responsable, se le retenga

la documentación académica personal, se le cobre intereses por insolvencia

de pago o se tomen otras medidas que violen el derecho a la educación y el

respeto a su integridad física, psíquica y moral.

l. Respeto y honores obligatorios a los símbolos patrios, a la memoria de

nuestro Libertador Simón Bolívar y a los valores de nuestra nacionalidad, en

todas las instituciones y centros educativos.

2. Regula, supervisa y controla:

a. La obligatoriedad de la educación y establece los mecanismos para exigir a

las comunidades, familias, padres, madres, representantes o responsables, el

cumplimiento de este deber social.

b. El funcionamiento del subsistema de educación universitaria en cuanto a la

administración eficiente de su patrimonio y recursos económicos financieros

asignados según la Ley de Presupuesto para el Ejercicio Fiscal y sus normas

de gobierno de acuerdo con el principio de la democracia participativa y

protagónica, como derecho político de quienes integran la comunidad

universitaria, sin menoscabo del ejercicio de la autonomía universitaria y la

observancia de los principios y valores establecidos en la Constitución de la

República y en la presente Ley.

c. El obligatorio cumplimiento de la educación en la doctrina de nuestro

Libertador Simón Bolívar, el idioma castellano, la historia y la geografía de

Venezuela; y el ambiente en las instituciones y centros educativos oficiales y

privados, hasta la educación media general y media técnica. Así como la

obligatoria inclusión, en todo el Sistema Educativo de la actividad física,

artes, deportes, recreación, cultura, ambiente, agroecología, comunicación y

salud.

d. La creación y funcionamiento de las instituciones educativas oficiales y

privadas y la idoneidad de las personas naturales o jurídicas para el

cumplimiento de los requisitos éticos, económicos, académicos, científicos,

de probidad, eficiencia, legitimidad y procedencia de los recursos para fundar

y mantener instituciones educativas privadas.

e. La calidad de la infraestructura educativa oficial y privada de acuerdo con los

parámetros de uso y diseño dictados por las autoridades competentes.

f. Los procesos de ingreso, permanencia, ascenso, promoción y desempeño de

los y las profesionales del sector educativo oficial y privado, en

correspondencia con criterios y métodos de evaluación integral y contraloría

social.

g. La gestión de centros e instituciones educativas oficiales y privadas, con la

participación protagónica de toda la comunidad educativa.

h. La idoneidad académica de los y las profesionales

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