CIVIL AUTOEVALUACIÓN I
Enviado por nenita3 • 8 de Agosto de 2015 • Ensayo • 1.151 Palabras (5 Páginas) • 103 Visitas
CIVIL II
AUTOEVALUACIÓN I
- Explique el concepto de Obligación según Justiniano.
La obligación en Derecho romano es un vínculo del derecho, por el cual somos compelidos a pagar alguna cosa según las leyes de nuestra ciudad: Obligatio est iuris vinculum, quo necessitate adstringimur alicuius solvendae rei secundum nostrae civitatis iura.
- Diga el concepto de Obligación Tradicional y los elementos que las integran.
Es aquello que una persona está forzada (obligada) a hacer. Puede tratarse de una imposición legal o de una exigencia moral. Por ejemplo: “Pagar los impuestos es una obligación de todos los ciudadanos”
- ¿Cuál es la diferencia entre las obligaciones Civiles y las Naturales?
Civiles: son las que dan derecho a exigir su cumplimiento judicialmente
Naturales: Las obligaciones naturales carecen de fuerza coercitiva exterior para imponer su cumplimiento. La obligación natural es lícita, pero no goza de coactividad, es decir, no son judicialmente exigibles. Como efecto jurídico, existe solamente el pago: si el pago se cumple voluntariamente, éste no es luego repetible.
- Enumere los diversos tipos de obligaciones que la Ley contempla.
- De acuerdo al vínculo jurídico: civiles y naturales
- al objeto de la prestación: de dar, las obligaciones de hacer, obligaciones alternativas, las facultativas, divisibles, indivisibles
- en relación al objeto como a los sujetos
- en relación al objeto como a los sujetos: principales y accesorias
- Con respecto al objeto
- Con respecto a los sujetos
- Condición, plazo o cargo
5.- ¿Que es el debito?
se refiere al dinero que ya es de la propiedad del cliente, quien dispone de él en una cuenta corriente bancaria, al contrario del crédito, donde el dinero utilizado es prestado por la institución bancaria.
6.- ¿En qué consiste la Ejecución Forzada y el embargo?
Ejecución forzada: Ejecución de una obligación consiguiente a una convención, a un fallo o a una ley, mediante el recurso o la fuerza pública (guarda de un menor) o por medio de un embargo.
Embargo: Medio de ejecución forzada por el cual un acreedor hace poner en manos de la justicia los bienes de su deudor, a fin de que se los haga vender en pública subasta y le paguen con lo que se obtenga.
7.- ¿Qué se entiende por fuente en el ámbito de las Obligaciones?
Consiste en dar, hacer o no hacer alguna cosa, es decir, de la expresión fuente de las obligaciones, proviene del Derecho Romano, que establecía la división clásica cuatripartita en contratos, cuasicontratos, delitos y cuasidelitos. Posteriormente se agregó una nueva fuente de las obligaciones, la ley.
8.- Identifique la clasificación de las Obligaciones.
Se pueden clasificar las obligaciones de acuerdo a los sujetos, al objeto y al vínculo
1.- Por el sujeto: Por su determinación: sujetos determinados y sujetos indeterminados, en los primeros tanto el sujeto activo como el pasivo son conocidos desde el nacimiento de la obligación, en los segundos los sujetos no están individualizados al nacimiento de la obligación o varia antes de su extinción.
Por su unidad o pluralidad: sujetos unitarios, en la obligación solo existe un deudor y un acreedor, cuando hay pluralidad de sujetos existen tres supuestos: pluralidad activa, varios acreedores y un deudor; pluralidad pasiva, varios deudores y un acreedor y pluralidad mixta, varios acreedores y varios deudores.
Obligaciones parciarias: llamadas también mancomunadas, los acreedores no pueden exigir la totalidad de la prestación, ni los deudores obligados al pago total de la prestación, solo a una parte de ella. La obligación que nace unitaria, para el pago o el cobro se fracciona en obligaciones autónomas.
Obligaciones solidarias: son aquellas donde cada acreedor puede exigir y cada deudor está obligado por el total de la prestación, una vez pagada por uno, la obligación se extingue para todos.
2.- por el objeto:
Divisibles e indivisibles: son divisibles cuando las prestaciones pueden ser fraccionadas en partes, sin menoscabo de su valor o naturaleza, la prestación es susceptible de cumplimiento parcial, de lo contrario es indivisible.
Determinadas e indeterminadas: es determinado el objeto cuando es individualizado y definido, es cierto, cuando el objeto esta determinado de un modo relativo es indeterminado, pero debe ser fácil de determinar.
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