CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL DE ESPECTACULOS
Enviado por Celia Ríos • 23 de Marzo de 2019 • Trabajo • 1.540 Palabras (7 Páginas) • 697 Visitas
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL DE ESPECTACULOS
Conste por el presente documento el CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL DE ESPECTACULOS que celebran de una parte la señora MARIA DEL CARMEN FERNANDEZ SUAREZ identificado con DNI Nº 16008444 con domicilio en la Av. Sáenz Peña Nº 265, Chancay; a quién en lo sucesivo se le denominará LA ARRENDADORA y de la otra parte don ROBERTO RIVAS MIRANDA identificado con DNI Nº 41094325 con domicilio en la Av. Solar Nº 586, Huaral; a quién en lo sucesivo se le denominará EL ARRENDATARIO, acto jurídico que se celebra bajo los términos y condiciones contenidas en las cláusulas siguientes:
ANTECEDENTES:
PRIMERA.- LA ARRENDADORA es propietaria del LOCAL DE ESPECTACULOS “DAMARYS” ubicado en la Calle Prolongación San Martín s/n del distrito de Chancay, provincia de Huaral, departamento de Lima, el mismo que cuenta con la respectiva autorización municipal de funcionamiento y se encuentra íntegramente acondicionado para funcionar como tal, contando en el primer piso con: Una pista de baile, baños de hombre y mujer, una barra de barman de madera y una barra de mármol para el expendio de cervezas, una pileta. En el segundo piso: Dos (2) mezanines (uno para la instalación de orquesta y otra acondicionado como zona vip en la que además se ubica la Cabina del DJ en la que se encuentran los controles de luces y sonidos), servicios higiénicos para hombre y mujer. Además cuenta con el siguiente mobiliario:
- Sistema de sonidos.
- Sistema de luces.
- Seis (6) mesas de madera acondicionadas en la ZONA VIP cada una con ocho (8) sillas de plástico, ambas forradas en tela.
- Diez (10) juegos de muebles de cinco cuerpos de cuero blanco ubicados en la zona VIP.
- Dos (2) congeladoras de la Marca Cuzqueña de dos cuerpos.
- Una (1) congeladora cuadrada de aluminio ubicada detrás de la barra de barman.
- Adornos decorativos (cabezas de animales) ubicado en la parte de la barra.
Se deja constancia que todos los ambientes y mobiliario anteriormente indicado se encuentra en perfecto estado de conservación y funcionamiento.
EL ARRENDATARIO es una persona natural que se dedica a organizar eventos de espectáculos públicos que desea realizar en el local de LA ARRENDADORA un evento de dicha naturaleza del tipo “Concierto Musical de Salsa” razón por la cual celebran el presente contrato.
OBJETO DEL CONTRATO:
SEGUNDA.- Por el presente contrato LA ARRENDADORA cede el uso del local descrito en la cláusula anterior a favor de EL ARRENDATARIO a título de arrendamiento a fin de que realice entre los días 19 a 20 de marzo del 2011 un “Concierto Musical de Salsa” conforme a la autorización municipal expedida especialmente para tal fin la misma que durará desde las 10:00 p.m. del día 19 de marzo a horas 4:00 am del 20 de marzo del 2011.
Sin perjuicio de lo antes señalado las partes dejan expresa constancia que el local será entregado por parte de LA ARRENDADORA a EL ARRENDATARIO desde las 10:00 a.m. del día 19 de marzo del 2011 a fin de que este lo acondicione e instale el mobiliario necesario para la realización del evento a realizarse.
RENTA: FORMA Y OPORTUNIDAD DE PAGO:
TERCERA.- Como contraprestación EL ARRENDATARIO abonará una renta total ascendente a DOS MIL NUEVOS SOLES, suma que se cancelará de la siguiente manera:
- La suma de s/. 1,150.00 (Mil ciento cincuenta y 00/100 nuevos soles) a la firma del presente contrato.
- El saldo de s/. 850.00 (Ochocientos cincuenta y 00/100 nuevos soles) que deberán de ser abonados a las 10:00 a.m. del día 19 de marzo del 2011 en forma previa a que LA ARRENDATARIA le entregue la posesión del local arrendado.
DE LAS OBLIGACIONES DE LAS PARTES:
CUARTA.- En virtud del presente contrato EL ARRENDATARIO asume las siguientes obligaciones:
- A destinar el local objeto del presente contrato de arrendamiento para el uso exclusivo para el que se le está arrendando conforme a lo señalado en las cláusulas anteriores.
- A contratar ocho (8) personas bajo su cuenta y costo que realicen la labor de personal de seguridad tanto en los exteriores como interiores del local arrendado.
- A mantener el orden público tanto en los interiores como exteriores del local arrendado.
- A no modificar, cambiar, alterar, dañar, menoscabar o inutilizar ninguno de los enseres muebles, instalaciones eléctricas, de sonido, sanitarias y en general todas aquellas que formen parte del local que se le arrienda asumiendo de ser el caso el costo íntegro de su refacción o el valor de la restitución así como los daños y perjuicios que ello origine a LA ARRENDADORA.
- A obtener bajo su costo, responsabilidad y riesgo de parte de la Municipalidad Distrital de Chancay, Gobernación, Defensa Civil, y cualquier otra entidad pública que sea competente los permisos y autorizaciones que requiera para la realización del evento indicado
- A respetar el horario fijado por la Municipalidad Distrital de Chancay para la realización del evento que realizará.
- A asumir por su cuenta, costo y bajo su entera responsabilidad cualquier tipo de multa o sanción administrativa que ocasione la inobservancia de los permisos que se le conceda para la realización del evento, o cualquier otra infracción administrativa prevista en el Cuadro de Infracciones Administrativas de la Municipalidad Distrital de Chancay.
- A no permitir el ingreso de menores de edad, ni la venta de licores a menores asumiendo la responsabilidad de solicitar a los ingresantes sus respectivos DNI asumiendo completamente las consecuencias de la inobservancia de esta obligación.
- A asumir por su cuenta y costo cualquier daño o perjuicio que se pudiere ocasionar a cualquiera de las personas (sea público asistente, trabajadores, u miembros de la orquesta u cualquier otro) que participen en el evento que organizará, liberando en ese sentido de toda responsabilidad a LA ARRENDADORA.
- A devolver a LA ARRENDADORA el local la posesión del local una vez culminado el evento y retirado el mobiliario que hubiere instalado en su interior, lo cual deberá de realizarse como máximo a horas 5:00 a.m. del día 20 de marzo del 2011.
A su vez LA ARRENDADORA asume las siguientes obligaciones:
- A entregar el local arrendado en la fecha y hora pactada acto que se verificará con la entrega de llaves y toma de posesión física por parte de EL ARRENDATARIO.
- A proporcionar dos (2) personas encargadas del control de los servicios higiénicos del local.
QUINTA.- EL ARRENDATARIO no podrá subarrendar total o parcialmente, ceder, traspasar, ni permutar el bien que se le da en arrendamiento, ni introducir cambios ni modificaciones sustanciales en el inmueble sin el consentimiento por escrito de EL ARRENDADOR, salvo las mejoras necesarias y útiles para la conservación del inmueble. Toda mejora que se introduzca será de cargo y cuenta de LOS ARRENDATARIOS no siendo reembolsables.
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