CONTRATO DE ARRENDAMIENTO FINANCIERO.
Enviado por Dani Nares • 17 de Abril de 2016 • Ensayo • 1.024 Palabras (5 Páginas) • 273 Visitas
UNIDAD 8
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO FINANCIERO.
ANTECEDENTES EN MEXICO
El arrendamiento financiero empezó a practicarse mediante a los usos y practicas comerciales. La primera arrendadora financiera que se estableció fue la de INTERAMERICANA DE ARRENDAMIENTO S.A creada en 1960 _1961y posteriormente fue ARRENDADORA SERFIN. Posteriormente existieron mas sociedades como BANAMEX S.A. DE C.V
CLASIFICACION DE ARRENDAMIENTO FINANCIERO
2 tipos:
FINANCIERO: cuando se trasfiera sustancialmente todos los riesgos y ventajas inherentes a la propiedad del activo. Independientemente, que la propiedad sea o no trasferida.
OPERATIVO: pagos mínimos por el arrendamiento, Tasas de interés implícito, Costos directos del arrendador: son asesorías legales financieros etc.
ELEMENTOS
- El arrendador, da la cosa en arrendamiento y tiene legitimación sobre el bien.
- El dador debe ser una entidad financiera o una sociedad que tenga por objeto operaciones financieras.
- El arrendatario, recibe la cosa en arrendamiento.
- Elementos esenciales
- La cosa. Se refiere al bien que se dará en arrendamiento.
- El precio. Que sea determinable al hacerse exigible.
- El tiempo. En el arrendamiento, como lo indica su carácter temporal en la definición, el tiempo es un elemento esencial.
- Elementos de validez.
- Capacidad de goce y de ejercicio
- Ausencia de vicios del consentimiento.
OBLIGACIONES
Obligaciones del arrendador
- Entregar la cosa en buen estado para el uso convenido o natural de la misma cosa.
- Conservar la cosa en ese buen estado y responder por los vicios o defectos ocultos de la cosa arrendada.
- Garantizar el uso o goce pacífico de la cosa por todo el tiempo del contrato.
- Recibir o en su caso exigir una renta acordada en el contrato.
Obligaciones del arrendatario.
- Pagar la renta
- Usar debidamente la cosa
- Conservar la cosa
- Avisar de las reparaciones necesarias y de las novedades dañosas
OBLIGACION DE PAGO
La obligación más importante del arrendatario financiero está constituida por el pago del precio que ha de hacer a cambio del uso y goce del bien durante su vida útil
EPOCA DE PAGO
Esta obligación nace desde la firma del contrato, desde que las partes se suscriben al contrato y aunque la arrendadora no hay entregado aun los objetos materiales
DETERMINACION
La arrendataria debe pagar una cantidad de dinero determinada o determinable, que cubra el valor de adquisición de los bienes, las cargas financieras y demás accesorios.
El pago debe ser en dinero y no en especie con un monto determinado, al momento que se cree el contrato llegar a un acurdo de cuanto pagara.
FORMA DE PAGO
Artículo 26.- La arrendataria podrá otorgar a la orden de la arrendadora financiera, uno o varios pagarés, según se convenga, cuyo importe total corresponda al precio pactado, por concepto de renta global, siempre que los vencimientos no sean posteriores al plazo del arrendamiento financiero y que se haga constar en tales documentos su procedencia de manera que queden suficientemente identificados. La transmisión de esos títulos, implica en todo caso el traspaso de la parte correspondiente de los derechos derivados del contrato de arrendamiento financiero y demás derechos accesorios en la proporción que correspondan.
...