CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO
Enviado por mariabarcosoto1 • 15 de Marzo de 2014 • Síntesis • 748 Palabras (3 Páginas) • 328 Visitas
CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO
Entre la Compañía N&Y COMPANY, C.A domiciliada la ciudad de Valencia Estado Carabobo e inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo bajo el No. 25-, Tomo X, el día 30 del mes de Junio, del año 1995, representa¬da en este acto por el ciudadano GUILLERMO ARVALO, titular de la cédula de identidad Nro. 5.678.908 venezolano, mayor de edad domiciliado en la Urbanización San Diego de Valencia Estado Carabobo en su carácter de Director, de dicha sociedad, por una parte, quien en lo adelante se denominará pa¬ra los efectos de este contrato “EL VENDEDOR” y por la otra par¬te el ciudadano WILMER ACOSTA, venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad 11.233.134,domiciliado en la ciudad de Barquisimeto Estado Lara quien también para los efectos de este Contrato se le nombrará “EL COMPRADOR”, se ha celebrado el pre¬sente Contrato de venta con pacto de reserva de Dominio: PRIMERO: “EL VENDEDOR” vende a crédito con reserva de dominio a “EL COMPRADOR” una camioneta, modelo Cheyenne AÑO 2003, serial del motor T0205XAK , serial de carrocería 1W69AEV310983, color dorado, clase Automóvil de uso particular completamente sin uso y en perfecto estado de funcionamiento y así lo declara haberlo recibido “EL COMPRADOR”, quien desde este mismo momento asume los riesgos que pudiere sufrir dicho vehículo. SEGUNDO: El precio de esta venta es la cantidad de Seiscientos cincuenta mil bolívares exactos (Bs. 650.000), de la cual la “VEN¬DEDORA” recibe en este acto la cantidad de trescientos mil bolívares exactos (Bs. 300.000 ) en dinero efec¬tivo y a su entera y cabal satisfacción. La suma restante o sea trescinetos cincuenta bolívares exactos (Bs. 350.000 será cancelada por “EL COMPRADOR” en dos (03) cuotas mensuales de Cien mil bolívares exactas (Bs. 100.000) y una última de Ciento Cincuenta Mil bolívares exactos (Bs. 150.000) cada una a cuyo fin el comprador acepta en tres (03) letras de cambio sin aviso ni protesto, con igual monto y los mismos vencimientos, siendo entendido que si “EL COMPRADOR” dejare de pagar dos (2) cuotas vencidas, “LA VENDEDORA” tendrá derecho a considerar el Contrato como resuelto y a recuperar la propie¬dad y posesión del vehículo vendido, obligándose “EL COMPRADOR” a hacer esta entrega sin trámite ni otro requisito que cumplir y sin que la misma le exonere de las responsabilidades y pagos que se deriven de los desperfectos que haya sufrido dicho vehículo mientras estaba ba¬jo su uso. TERCERO: “EL COMPRADOR” deberá notificar por escri¬to a “EL VENDEDOR” su cambio de residencia o domicilio, si este ocurriere, o del traslado del vehículo, conforme lo estipulado en el Ar¬tículo 8 de la Ley sobre Venta con Reserva de Dominio, quedando obli¬gado igualmente a comunicar a “EL VENDEDOR” de forma inmedia¬ta cualesquiera medida de
...