CORTE PENAL INTERNACIONAL
Enviado por luiscastro534 • 14 de Enero de 2015 • 1.336 Palabras (6 Páginas) • 370 Visitas
CORTE PENAL INTERNACIONAL
Creada por iniciativa de la ONU el 17 de julio de 1998 mediante el Estatuto de Roma, la Corte Penal Internacional entró en vigor el 1 de julio de 2002. El nacimiento de una jurisdicción independiente constituye un paso histórico hacia la universalización de los derechos humanos. La Corte Penal Internacional (CPI) es el primer tribunal internacional de carácter permanente encargado de juzgar a los responsables de crímenes contra la humanidad, genocidio y crímenes de guerra.
La CPI, con sede en La Haya (Países Bajos), es un organismo internacional independiente que no forma parte de la estructura de las Naciones Unidas, con la que firmó un acuerdo el 4 de octubre de 2004 que regula la cooperación entre ambas instituciones. Se financia principalmente a través de los Estados miembros, pero también con aportaciones voluntarias de gobiernos, organizaciones internacionales, particulares, sociedades y otras entidades.
Su creación fue necesaria, debido con anterioridad se celebraron los juicios de Nuremberg y Tokio para juzgar los crímenes cometidos durante la Segunda Guerra Mundial y en la década de los 90 del siglo XX se pusieron en marcha los tribunales penales internacionales para la ex Yugoslavia y Ruanda.
La CPI es un Tribunal estable y permanente. Constituye la primera jurisdicción internacional con vocación y aspiración de universalidad, competente para enjuiciar a personas físicas, y, en su caso, depurar la responsabilidad penal internacional del individuo por los crímenes más graves, de trascendencia para la comunidad internacional. Tal y como establece el art. 5 de su Estatuto.
Antecedentes
En 1948 la Asamblea General de las Naciones Unidas consideraron por primera vez la posibilidad de establecer una corte internacional, permanente para enjuiciar el genocidio, los crímenes de lesa humanidad, los crímenes de guerra y la agresión.
En 1992, dicha asamblea solicitó a la Comisión de Derecho Internacional la preparación de un proyecto de estatuto de una corte penal internacional.
En 1993, tuvieron lugar crímenes de lesa humanidad y de genocidio en Yugoslavia, por lo que se estableció el Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia.
1994 se la misma asamblea estableció el Comité ad hoc para el establecimiento de una Corte Penal Internacional.
1998 (17 de julio), luego de muchos años de discusión, se adopta en Roma el "Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional".
2001 (09 de octubre), se publica el D.S. 079-2001-RE, mediante el cual el Perú ratifica dicho Estatuto.
2002 (01 de julio), entró en vigor (artículo 126).
2005 (28 de octubre) México fué el centésimo país de ratificar el Estatuto.
Organización
La estructura de la CPI está compuesta por una Presidencia, integrada por tres magistrados; la División Judicial con tres secciones (Casos Preliminares, Primera Instancia y Apelaciones) a cargo de 18 jueces; la Oficina del Fiscal y el Registro. Actualmente ostenta el cargo de presidente el juez Sang-Hyun Song, de Corea del Sur, y el de fiscal, Fatou Bensouda, de Gambia. Aproximadamente 700 personas de 90 países trabajan para la Corte, que cuenta con 6 oficinas sobre el terreno.
Investigaciones
En sus más de once años de existencia, la Corte Penal Internacional se ha convertido en una institución plenamente funcional. Hasta la fecha ha dictado 26 órdenes de arresto y en la actualidad la Oficina del Fiscal desarrolla 8 investigaciones principales y 8 exámenes preliminares. 5 casos están en fase judicial y 2 en fase de apelación.
El 4 de marzo de 2009, la Corte dictó orden de arresto contra el presidente sudanés, Omar al Bachir, por crímenes de guerra y lesa humanidad perpetrados contra la población civil de la región de Darfur entre abril de 2003 y julio de 2008. Fue la primera orden dictada contra un presidente en ejercicio. Con posterioridad, el líder libio Muamar al Gadafi, se convirtió en el segundo jefe de Estado con una orden de detención, que se archivó tras su fallecimiento durante la revuelta de Libia en el 2011.
El 10 de julio de 2012, la Corte dictó su primera y única sentencia condenatoria hasta la fecha, imponiendo a Thomas Lubanga una pena de 14 años de prisión por el reclutamiento y utilización de niños soldado
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