CUESTIONARIO DERECHO AGRARIO DERECHO BUROCRATICO DE LA FSTSE
Enviado por marcosmurillo • 25 de Noviembre de 2013 • 2.080 Palabras (9 Páginas) • 1.298 Visitas
CUESTIONARIO
DERECHO AGRARIO
1.- Es quien tiene facultades para emitir convocatoria para la celebración de asamblea cuando exista negativa por parte de los integrantes del Comisariado Ejidal.
R.- Procuraduría Agraria
2.- Es la fracción (VII) del artículo 27 Constitucional que reconoce personalidad jurídica y patrimonio a los ejidos y comunidades.
3.- Es el órgano encargado de la ejecución de los acuerdos de la Asamblea.
R.- El comisariado Ejidal.
4.- Es la fracción (XV) del artículo 27 Constitucional que establece cuales son los límites de la pequeña propiedad, así como la que establece sus equivalencias acorde a la clasificación de las tierras.
5.- Es considerada la Reforma Modernizada, ya que constituye un parte aguas en el desarrollo del Derecho Agrario Mexicano, toda vez que establece una división entre el Derecho Agrario Revolucionario y el Nuevo Derecho Agrario Mexicano.
R.- La del 6 de enero de 1992.
6.- Acorde a la Ley Agraria Vigente, la Asamblea General de Ejidatarios, el Comisariado Ejidal y el Consejo de Vigilancia son:
R.- Órganos Internos de Representación. (Art. 21 de la LA).
7.- Distribución de las ganancias que arrojen las actividades productivas del ejido, la terminación del Régimen Ejidal, la conversión del ejido en comunidad, entre otras, son facultades exclusivas de:
R.- Asamblea General de Ejidatarios. (Art. 23 de la LA).
8.- Cite al menos cuatro autoridades en materia agraria hasta antes de las reformas del artículo 27 Constitucional de 1992.
R.- Presidente de la República, Gobernadores de los Estados, Comité Particular Ejecutivo, Comisión Agraria Mixta.
9.- Cuál es el orden de preferencia para la designación de sucesores de ejidatarios y comuneros que prevé la Ley Agraria.
R.- Cónyuge, concubina o concubinario en su caso, uno de los hijos, uno de los ascendientes o a cualquier otra persona.
10.- Cómo se acredita la calidad del ejidatario.
R.- I. Con el certificado de derechos agrarios expedido por autoridad competente;
II. Con el certificado parcelario o de derechos comunes; o
III. Con la sentencia o resolución relativa del tribunal agrario.
11.- Cuál es el ordenamiento legal que sirve para regular la vida interna del ejido, así como el aprovechamiento y uso de las tierras de uso común, entre otras.
R.- El Reglamento Interno del Ejido. (Art. 10 de la LA).
12.- Cuál es la naturaleza jurídica del Derecho Agrario.
R.- Lo encontramos en la misma sociedad que imperaba desde antes de la conquista, aunado a las diversas disposiciones legales que se han emitido hasta nuestros días, porque es una rama del Derecho Social.
13.- Acorde a la Ley Agraria, que legislación se aplica de manera supletoria cuando no existe disposición legal expresa en la Ley Agraria.
R.- Legislación Civil Federal Mercantil o materia de que se trate. (Art. 2 de la LA).
14.- Son aquellos que tienen personalidad jurídica y patrimonio propio y son propietarios de aquellas tierras que hubieren adquirido por medio de una resolución presidencial o por cualquier otro medio legal.
R.- Los Ejidos. (Art. 9 de la LA).
15.- La actual Ley Agraria, es complementaria de las reformas del artículo 27 Constitucional, reformado por decreto del:
R.- 6 de enero de 1992
16.- Señale cuáles son las características especiales de las tierras de uso común.
R.- Inalienable, Imprescriptible e inembargables (Art. 74 de la LA); salvo lo dispuesto en el art. 75 de esta ley.
17.- Acorde a la Ley Federal de la Reforma Agraria, la Asamblea General de ejidatarios, el Comisariado Ejidal y el Consejo de Vigilancia son:
R.- Autoridades en materia agraria.
18.- Acorde a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cuáles son los límites de la pequeña propiedad.
R.- Se considera pequeña propiedad agrícola, la que no exceda por individuo de cien hectáreas de riego o humedad de primera o sus equivalentes en otras clases de tierras. (Art. 27 fracción XV de la LA).
19.- Es el término que marca la Ley Agraria para la emisión de la cédula en primera convocatoria, en donde se vayan a tratar cualquiera de los asuntos comprendidos de las fracciones I a VI y XV del artículo 23 de la Ley Agraria.
R.- No menos de 8 ni más de 15 días. (Art. 25 de la LA).
20.- Para los efectos de la Ley, estos son aquellos que han cumplido la mayoría de edad, son mexicanos y han radicado un año o más en tierras del núcleo agrario o que han sido reconocidos como tal por la asamblea o el Tribunal Agrario competente.
R.- Avecindados. (Art. 13 de la LA).
21.- Es el quórum legal que se requiere en primea convocatoria para la instalación válida de la Asamblea Ordinaria.
R.- 50% +1. (Art. 26 de la LA).
22.- Es todo hombre o mujer titular de derechos ejidales, artículo 12 de la Ley Agraria.
R.- Ejidatario. (Art. 12 de la LA).
23.- Es una sociedad de interés social, integrada por campesinos mexicanos por nacimiento, con un patrimonio inicial constituido por las tierras, bosques y aguas que el Estado les ha entregado.
R.- El Ejido.
24.- Ubicamos bajo éste concepto a los puntos a tratar en la asamblea y que de acuerdo a la Ley, deben estar comprendidos en la convocatoria.
R.- Orden del día. (Art. 25 de la LA).
25.- Esto es lo que sucede cuando no existe sucesor de ejidatario designado y los que se encuentran en el supuesto del artículo 18 fracciones III, IV y V de la Ley Agraria no se pusieron de acuerdo a quien se le adjudicará el derecho.
R.- El Tribunal Agrario proveerá la venta y, el recurso obtenido se dividirá en partes iguales entre los sucesores.
26.- Es quien tiene facultades para emitir convocatoria para la celebración de asamblea, cuando exista negativa por parte de los órganos de representación ejidal.
R.- La Procuraduría Agraria.
27.- La Ley Agraria, en su artículo 22 le da carácter de órgano Supremo al interior del ejido.
R.- La Asamblea General de Ejidatarios.
28.- Son algunas de las facultades que de manera exclusiva el artículo 23 de la Ley Agraria le otorga a la asamblea.
I. Formulación y modificación del reglamento interno del ejido;
II. Aceptación y separación de ejidatarios, así como sus aportaciones;
III. Informes del comisariado ejidal y del consejo de vigilancia, así como la elección y remoción de sus miembros;
IV. Cuentas o balances, aplicación
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