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Caso Dificil


Enviado por   •  12 de Abril de 2013  •  1.813 Palabras (8 Páginas)  •  869 Visitas

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1.1 Punto de partida: un caso difícil

Un nieto asesinó a su abuelo para cobrar la herencia que este le cedía en su

testamento, temiendo que el anciano pudiera cambiar su última voluntad.

Descubierto el crimen, el nieto fue encarcelado y se planteó el problema jurídico

de sí tenía o no derecho a cobrar la herencia de su abuelo Aunque el testamento era

aparentemente válido y las leyes testamentarias no preveían ninguna excepción

para el caso en el que el sucesor hubiera causado intencionalmente la muerte del

testador para acelerar el trámite sucesorio, el procurador consideró que el nieto no

tenía derecho a recibir la herencia.

A continuación presentaré la hipotética

sentencia dictada por un tribunal de tres miembros para resolver la cuestión.

"En la ciudad de Macondo, a los 25 días del mes de septiembre

de 2001, se reúne el Supremo Tribunal Inventado para dictar sentencia

en el proceso incoado por el nieto asesino en el que se debe

determinar si tiene derecho a cobrar la herencia de su abuelo.

Habiendo escuchado los argumentos del procurador y de los

representantes del pretendido heredero, y habiendo recibido la prueba

aportada por las partes, los señores jueces de este Excelentísimo

Tribunal se expiden en los siguientes términos:

"El señor Juez Tomás dijo: 'Distinguidos colegas, estamos aquí

reunidos para determinar si un hombre que ha cometido un hecho

aberrante puede hacer valer un derecho que tiene su origen en tan

infamante falta. Los abogados del nieto asesino no niegan los hechos

(sobre cuya verdad real se asienta la condena penal dictada hace tres

meses en su contra), ni tampoco la intención que motivó su comisión,

esto es, la finalidad de acelerar el trámite sucesorio. Su posición se

reduce a afirmar que, independientemente del valor o disvalor moral

que merezca la conducta de asesinar a su abuelo, lo que en este

proceso se debe determinar es a quien corresponde recibir la herencia

que el muerto dispusiera mediante testamento. En este sentido afirman

que es perfectamente legítimo de acuerdo con el contenido del orden

jurídico vigente que el asesino de su abuelo pueda cobrar su herencia,

aunque el crimen haya sido cometido para acelerar el trámite

sucesorio. No existe ninguna excepción en las leyes testamentarias

que contemplen el caso y el testamento del muerto ha sido realizado

de acuerdo a lo establecido por ellas. Distinguidos colegas, creo que

es nuestra obligación, como miembros de este tribunal, ayudar a

desterrar la absurda y atroz concepción del derecho que encierra la

tesis de los abogados del nieto asesino. Esta concepción sostiene que

estamos frente a un sistema jurídico cada vez que un grupo humano

logra imponer cierto conjunto de normas en determinada sociedad y

cuenta con la fuerza suficiente para hacerlas cumplir, cualquiera que

sea el valor moral de tales normas. Esto ha generado el obsceno lema

"la ley es la ley", con el que se han intentado justificar los regímenes

más aberrantes. Desde antiguo, los pensadores más lúcidos han

argumentado para demostrar la falsedad de esta forma de entender el

derecho. Ellos nos han enseñado que por encima de las normas

dictadas por los hombres hay un conjunto de principios morales

universalmente válidos e inmutables que establecen criterios de

justicia y derechos fundamentales que forman parte de la verdadera

naturaleza humana. Ellos incluyen el derecho a la vida, a la integridad

física, a expresar opiniones políticas, a ejercer cultos religiosos, a no

ser discriminado por razones de raza, etc., a no ser coaccionado sin un

debido proceso legal. Son esos mismos criterios de justicia los que

prohiben terminantemente que alguien pueda verse beneficiado por la

comisión de un crimen atroz. Este conjunto de principios conforman

lo que se ha dado en llamar "derecho natural". Las normas positivas

dictadas por los hombres sólo son derecho en la medida que se

conforman al derecho natural y no lo contradicen. Cuando

enfrentamos un conjunto de normas, como las leyes testamentarias,

que están en oposición flagrante con algunos de los principios del

derecho natural, calificarlas de expresar todo el 'derecho' implicaría

desnaturalizar grotescamente ese sagrado nombre. Ante ellas debemos

plantearnos una pregunta fundamental: ¿estamos obligados a obedecer

las leyes que consideramos injustas por contrariar el derecho natural al

que estamos sometidos por el solo hecho de ser hombres? No siendo

las leyes testamentarias que permiten la sucesión de un criminal que

ha cometido el delito para acelerar el trámite sucesorio verdaderas

normas jurídicas, ellas son inoperantes para resolver la cuestión que

nos convoca. Al lema obsceno que dice "la ley es la ley" debemos

responder con el lema de la razón iluminada: lex iniusta non est lex

(una ley injusta no es ley). Los actos que nos ha tocado conocer

constituyen violaciones groseras de las normas más elementales del

derecho natural, que es un derecho que existía tanto en el tiempo en

que tales actos fueron ejecutados, como existe ahora y existirá

eternamente. Es así que resulta absurda la posición de los abogados

del nieto asesino que insisten en que considerar que su representado

no tiene derecho a cobrar la herencia de su abuelo implicaría aplicarle

retroactivamente una ley que no existía cuando ocurrieron los hechos

que originaron la apertura del proceso sucesorio. Hay una ley eterna

que prohibe obtener beneficios de la comisión de un crimen,

cualquiera de nosotros puede conocerla con el sólo auxilio de la razón

casi tan bien como el contenido de nuestros códigos, por ello es esa

ley la que debemos aplicar si consideramos que el nieto asesino no

tiene derecho a cobrar la herencia de su abuelo. Voto, por lo tanto, por

que se rechace la solicitud de los abogados del nieto asesino,

declarando que no tiene derecho alguno sobre la herencia que su

abuelo le legara en testamento".

"El señor Juez Hans dijo: "Comparto las valoraciones morales

que el distinguido juez preopinante ha hecho de los actos sometidos a

la consideración de este tribunal supremo.

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