Circular Unificada 2004
Enviado por VEGAMAU12 • 20 de Septiembre de 2013 • 492 Palabras (2 Páginas) • 1.863 Visitas
INTRODUCCION
A continuación expongo mediante un ensayo los aspectos más relevantes de la circular unificada de 2004, año en el que la dirección general de riesgos profesionales de la época, y que reúne las diferentes circulares dadas en una sola, la circular unificada de este año, con el objeto de establecer y determinar la vigencia de las diferentes instrucciones impartidas a las diferentes actores del Sistema General de Riesgos Profesionales, dando instrucciones y determinaciones de obligatorio cumplimiento. Cabe anotar que a la fecha se han contado con algunas modificaciones que han cambiado conceptos, términos o disposiciones.
En esta circular se observan aclaraciones con respecto a la obligación legal que tienen los empleadores, de velar por el cuidado de la salud integral de sus trabajadores en sus puestos de trabajo y así mismo, la obligación de las antes llamadas ARP, ahora ARL (Administradoras de Riesgos Laborales) de asesorar a sus empresas afiliadas, en la planeación organización y funcionamiento del Programa de Salud Ocupacional, lo anterior, sin retirar la responsabilidad del empleador.
Ratifica lo establecido en el decreto 1295 de 1994 en cuanto a las funciones y obligaciones de los diferentes actores del Sistema General de Riesgos Profesionales que a hoy también han sido ajustados o ampliados en la Ley 1562 de 2012.
ANALISIS DE LAS DIFERENTES TEMATICAS DE LA CIRCULAR UNIFICADA 2004.
La circular está dividida básicamente en cinco aspectos principales:
A. Instrucciones a empleadores
B. Instrucciones a administradoras de riesgos profesionales
C. Procedimiento de consignación y remisión de las resoluciones de multas.
D. Identificación de la empresa o persona sancionada en la parte resolutiva de la multa.
E. Sanciones.
El literal A INSTRUCCIONES A EMPLEADORES:
Que nos habla sobre las actividades de mercadeo para la afiliación, donde claramente se evidencia que las tarifas pactadas en el Decreto Ley 1295 de 1994 son las únicas para determinar las cotizaciones al sistema general de riesgos laborales, el cual se fundamenta en la prevención y la promoción.
Menciona algo muy importante acerca de tener en cuenta que para la afiliación el sistema se debe cotizar bajo el tipo de actividad económica y su respectivo grado de riesgo, y por ningún motivo se puede cotizar bajo un nivel inferior, también regula la actuación o comportamiento de las ARL quien tienen unas restricciones al respecto, por ejemplo no pueden devolver dinero en efectivo etc, se debe tener en cuenta que los recursos que manejan estas entidades son de carácter público y no se deben utilizar para otros fines que no sean los estipulados para su inversión que es la dirigida a la salud, prevención, y todo lo relacionado en salud con el trabajador.
AL empresa debe
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