Comerciante Individual Y Social
Enviado por cuernoss • 24 de Abril de 2014 • 1.190 Palabras (5 Páginas) • 2.137 Visitas
COMERCIANTE INDIVIDUAL Y SOCIAL.
individual: Se refiere a personas naturales que ejecutan actos de comercio masivos.
Comerciante social : El Comerciante Social es una entidad formada por dos o más personas que realizan un contrato solemne en el cual los socios ponen en comúndeterminados bienes o actividades con el móvil del lucro, a fin de repartirse los beneficios de los negocios al cual van a dedicarse. Estas sociedades se constituyen através de una "Escritura Pública de Constitución", la cual deberá ser registrada a travésde un notario. La entidad resultante es considerada distinta de los socios que la integran.Las sociedades se dividen en sociedades de personas y sociedades de capitales; ambasclases pueden ser de capital variable:
2.1 Sociedades de personas:
2.1.1 Sociedades en Nombre Colectivo o Sociedades Colectivas.
2.1.2 Las sociedades en Comandita Simple o Sociedades Comanditarias Simples.
2.1.3 Las sociedades de responsabilidad limitada.
2.2 Sociedades de capital
:2.2.1 Las sociedades anónimas.
2.2.2 Las sociedades en Comandita por Acciones.
ACTOS DE COMERCIO Y AUXILIARES MERCANTILES
En términos generales existen dos formas de distinguir si un acto tiene o no carácter comercial: en primer término se consideran aquellas acciones indicadas por la legislación como actos eminentemente mercantiles, por ejemplo las operaciones de mediación de negocios mercantiles; y por otra parte, se atiende a la intención de lucro o especulación que deriva de la celebración de estos actos, por ejemplo la compra y venta de bienes inmuebles realizadas con propósito de especulación comercial. La distinción de los actos de comercio es importante pues la naturaleza de cada acto definirá el tipo de legislación aplicable (civil o mercantil) para regular su celebración y cumplimiento
¿Cuáles son actos eminentemente mercantiles que señala el Código de Comercio?
En términos generales el Código de Comercio señala que serán considerados como actos de comercio los siguientes:
• Todas las adquisiciones, enajenaciones y alquileres verificados con propósito de especulación comercial, de mantenimientos, artículos, muebles o mercaderías, sea en estado natural, sea después de trabajados o labrados.
• Las compras y ventas de bienes inmuebles, cuando se hagan con dicho propósito de especulación comercial.
• Las compras y ventas de porciones, acciones y obligaciones de las sociedades mercantiles.
• Los contratos relativos y obligaciones del Estado ú otros títulos de crédito corrientes en el comercio.
• Las empresas de abastecimientos y suministros.
• Las empresas de construcciones, y trabajos públicos y privados.
• Las empresas de fábricas y manufacturas.
• Las empresas de trasportes de personas o cosas, por tierra o por agua; y las empresas de turismo.
• Las librerías, y las empresas editoriales y tipográficas.
• Las empresas de comisiones, de agencias, de oficinas de negocios comerciales, casas de empeño y establecimientos de ventas en pública almoneda.
• Las empresas de espectáculos públicos.
• Las operaciones de comisión mercantil.
• Las operaciones de mediación de negocios mercantiles.
• Las operaciones de bancos.
• Todos los contratos relativos al comercio marítimo y a la navegación interior y exterior.
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