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Contestación demanda mercantil.


Enviado por   •  23 de Mayo de 2017  •  Trabajo  •  2.330 Palabras (10 Páginas)  •  412 Visitas

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EXPEDIENTE NÚMERO: *********

*********

VS.

**********

JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL

JUEZ S*********.

P R E S E N T E.

*********, por mi propio derecho y en mi carácter de demandado en el juicio ejecutivo mercantil cuyo número se anota al margen, señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones el ubicado en calle J*********, manzana *********, lote *********, fraccionamiento *********, comparezco para exponer:

En primer término, deseo manifestar a su señoría que es mi derecho promover el presente incidente de nulidad de actuaciones, atendiendo lo preceptuado en los artículos 1414 del Código de Comercio, en relación con el precepto normativo 126, fracciones I y IV del Código Procesal Civil del Estado de Guerrero, de aplicación supletoria a la legislación mercantil citada en primer término.

Ahora bien, partiendo de la base de que la diligencia de requerimiento de pago, embargo y emplazamiento es una actuación autónoma, y es susceptible de tener en sí misma irregularidades o vicios en cuanto a la forma, tiempo, lugar y circunstancias en que se hubiera llevado a cabo; por tanto, esos aspectos son susceptibles de combatirse por medios de defensa como en el caso es la nulidad.

Así, conforme a lo dispuesto en los artículos 1392, 1393, 1394 y 1396 del Código de Comercio, el requerimiento de pago y embargo hechos al deudor demandado, necesariamente requieren para su legal existencia de su notificación en la forma establecida en la ley, notificación que no es otra cosa que el emplazamiento a que aluden los preceptos en cita, al cual aquéllos, pese a ser actos jurídicos distintos, se encuentran estrechamente vinculados.

Luego, la nulidad de este último, que entraña la inobservancia del requisito a que se encuentran sujetos los aludidos requerimiento y embargo, lógicamente trasciende a los mismos.

Lo que en la especie no aconteció, pues basta remitirse a la supuesta constancia de requerimiento de pago y embargo que en copia simple y carente de toda legibilidad obra en mi poder, la cual dejó quien dijo ser fedataria del juzgado que distinguidamente usted preside, (y al referirme a quien dijo ser, lo hago de manera literal, ya que en ningún momento se identificó como servidora pública).

Lo anterior tiene sustento, dado el principio de congruencia y certidumbre que debe regir el seguimiento de la diligencia de requerimiento de pago, embargo y emplazamiento, pues se estima que el fedatario que lleve a cabo dicha diligencia debe hacer constar las características externas del inmueble en que se constituye, así como la media filiación de la persona con quien entiende la diligencia, cuando ésta se niega a identificarse o firmar de recibido, lo que se encuentra asentado en la constancia que obra en el expediente citado al rubro, pues según esto último aconteció en la diligencia que supuestamente practicó la servidora pública adscrita al juzgado del cual es usted titular, lo cual, por sí mismo y al no estar legible dicha constancia, me genera una incertidumbre total y absoluta de lo que se supuestamente se está ventilando en mi contra.

Circunstancia que además, no debe hacerse constar en cualquier momento de su desarrollo, sino que debe establecerse al momento en que el fedatario judicial refirió haberse constituido en el domicilio señalado en autos, y se cercioró de que es el domicilio de la persona buscada, por así indicarlo la nomenclatura de la calle y manifestarlo la persona con la que se entendió la diligencia, y no al final del emplazamiento, pues ello generaría incertidumbre en cuanto al correcto seguimiento de las etapas correspondientes.

Lo cual, de manera alguna se desprende que quien dijo ser actuaria haya establecido con precisión y claridad que se hubiese constituido en el lugar que indicó y se hubiese entrevistado con la persona que entendió la diligencia, pues no se observa que haya actuado en el domicilio indicado, lo que genera incertidumbre respecto a si se presentó en ese lugar o no.

Ello, es así, pues de la mencionada diligencia no se obtiene que la fedataria judicial se haya cerciorado de que tuviera su domicilio en el lugar en el que practicó la diligencia, pues únicamente asentó que verificó “que se trata del domicilio correcto”, además de que la persona con quien entendió la actuación sólo manifestó que “es la persona buscada”, declaración con la que no puede asumirse por colmada la obligación de la actuaria de cerciorarse que en el lugar donde practicó la diligencia fuera su domicilio.

Lo cual, cabe reiterar que la preindicada diligencia de requerimiento de pago, embargo y emplazamiento, obliga al actuario a cerciorarse de que la persona a emplazar, tenga su domicilio en el lugar donde practicó la diligencia, además de que habita el mismo, incluso a fin de constatar dicha circunstancia, debió requerir documentación que le permitiera cerciorarse plenamente que tanto el domicilio como la persona buscada eran los correctos, ahí que de manera descuidada le bastó que se le informara que en ese lugar se le podía dejar documentación, circunstancia que por sí sola es suficiente para considerar ilegal lo señalado, así como la posterior diligencia de emplazamiento, pues es evidente que por la forma en que se llevó a cabo, no tengo la oportunidad de tener pleno conocimiento de la supuesta contienda judicial entablada en mi contra, por lo que al no hacerlo así el fedatario judicial incurrió en su ilegalidad y debe declararse nula.

PRUEBAS DEL INCIDENTE.

1. La documental pública consistente en la diligencia de emplazamiento y embargo, la cual se encuentra totalmente ilegible.

2. La instrumental de actuaciones, en su doble aspecto legal y humana.

Ahora bien, suponiendo sin conceder que llegase a prosperar la infundada demanda instaurada en mi contra, mediante el presente escrito y con fundamento en el precepto 1378 segundo párrafo del Código de Comercio, vengo a dar contestación a la demanda instaurada en mi contra, oponiendo las excepciones y defensas, respecto a las prestaciones que me son reclamadas.

a) Respecto a este inciso manifiesto que no es cierto lo señalado por *********, endosatario en procuración de **********, ya que en ningún momento firmé el documento base de la acción, tal como en su momento lo manifesté expresamente, con el cual se me pretende cobrar la cantidad de $22,000.00 (veintidós mil pesos 00/100 moneda nacional), ya que como se puede apreciar de la copia simple de mi credencial de elector, que en su momento me fue expedida por el entonces

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