Cuestiones Previas
Enviado por veroohz • 3 de Junio de 2014 • 851 Palabras (4 Páginas) • 198 Visitas
Objetivo General
Analizar la influencia que tienen las cuestiones previas para retrasar el proceso ordinario de la demanda.
Objetivo Especifico
• Estudiar los aspectos legales y teóricos de las cuestiones previas de Venezuela.
• Describir el proceso ordinario de la demanda en el procedimiento civil.
• Establecer las influencias que tienen las cuestiones previas.
Caracterización del objeto
Las cuestiones previas se originan como mecanismos de defensa que dispone el demandado para exigir que se subsane algún vicio dentro del proceso o en su defecto se deseche la demanda por existir algún impedimento de la ley para proseguir con la Litis. Solo pueden ser oponibles por el demandado, únicamente dentro del lapso de contestación a la demanda y deberán ser propuestas acumulativamente en el mismo escrito (es decir todas las que oponga deben estar expresas en el mismo escrito), no se podrán oponer ninguna otra cuando ya se hayan propuesto en un escrito anterior.
Así tenemos, que cuando el demandado en vez de contestar la demanda opone alguna de estas cuestiones previas, está aseverando que existe un impedimento legal para quesea dilucidada en el proceso la petición del demandante, postulado en el libelo .Las cuestiones previas analizadas en la presente investigación, deben ser alegadas dentro del lapso de emplazamiento, no pudiendo ser opuestas como defensas de fondo en el acto de contestación a la demanda. De manera que el procedimiento incidental de las cuestiones previas, establecido en el Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente.
En consecuencia busca no sólo depurar el proceso de los vicios contenidos en el libelo de la demanda, sino que también, garantizarle el derecho a la defensa al demandado, a través de la tramitación de dichas defensas o excepciones, previamente al juicio que se pretende dilucidar.
En caso de existir varios demandados y uno de ellos promoviere cuestiones previas, no se admitirá la contestación de la demandad de los otros, hasta tanto no se resolviere la cuestión previa propuesta.
En caso del demandado quedar confeso, es decir, estar debidamente citado y no contestar la demandad y vencido como sea ese lapso (lapso de contestación), no podrá contestar la demanda y no podrá oponer cuestiones previas con excepción de la falta de jurisdicción, la incompetencia y la litispendencia, que pueden ser promovidas como se indica en los artículos 59, 60 y 61 (vale decir que pueden ser propuestas en cualquier grado y estado del proceso).
El artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, faculta al demandado a oponer las cuestiones previas establecidas
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