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DERECHO GARANTÍAS


Enviado por   •  27 de Junio de 2013  •  5.078 Palabras (21 Páginas)  •  359 Visitas

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LOS DERECHOS DEL HOMBRE EN LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS DE 1857

El trayecto histórico de la Constitución mexicana de 1857 fue difícil y contradictorio.

La Constitución fue, en la letra eminentemente liberal, pero las llamadas Leyes de Reforma no lo fueron en sentido estricto; más aún, algunas de ellas entraron en conflicto con el texto constitucional. Las prácticas de los distintos gobiernos de México fueron, en estricto sentido, autoritarias y, por tanto, desprestigiaron la nobleza que guardaban los artículos de la Ley Fundamental de 1857. El respeto a los derechos humanos por parte de las autoridades no se reflejó en todas las capas de la sociedad, tan estratificada como en el siglo XVIII.

Daniel Cosío Villegas explica cómo estaba la sociedad de cara al Constituyente y también frente a la nueva Constitución: “El país desconfiaba de los conservadores porque, como se decía entonces tan exactamente, formaban el partido del retroceso, es decir, porque caminaban hacia atrás; el país también desconfiaba del liberal puro por la razón inversa, porque no sabía avanzar sin dispararse”.

En el Congreso Constituyente de 1856, salieron hombres que figuraron prominentemente en la Reforma; muchos ministros para épocas difíciles, en que una cartera era un fardo que sólo soportaba la abnegación patriótica; diplomáticos a quienes la nación debió servicios insignes; magistrados intachables para la Alta Corte; gobernadores de Estados que habían de levantar su nombre en la administración local. Ningún Congreso mexicano ha reunido, ni aproximadamente, un grupo de hombres llamados a la notoriedad como el de 1857.

Había no pocos hombres de talento; pero prevalecía en ellos el estudio de la historia y las leyes constitucionales francesas, de las teorías de gobierno expuestas en tratados de derecho público, que algunos oradores expusieron en la discusión con sus definiciones precisas, sus divisiones simétricas y sus ampliaciones deductivas, que llegaban matemáticamente a la conclusión prevista de la felicidad.

Tras la Revolución de Ayutla y el derrocamiento de Antonio López de Santa Anna, se hizo notoria la necesidad de una nueva ley fundamental, en la que se reconocieran de manera clara los Derechos Individuales del Hombre, dado que anteriormente los derechos de los habitantes del territorio mexicano habían sido violados y dejados a un lado por el autoritarismo en el que había vivido el país durante mucho tiempo. El presidente Don Juan Álvarez convocó a un Congreso Constituyente el 16 de octubre de 1855, apegándose a los postulados vertidos en el Plan de Ayutla, este poder Constituyente contaría con un año para expedir una nueva Constitución.

El Congreso Constituyente se reunió del 17 de febrero de 1856 al y para el 5 de febrero de 1857 sería promulgada. El Constituyente trabajó con la intención de reconocer plenamente los Derechos del Hombre dentro del Texto Constitucional como lo consigna Emilio O. Rabasa en su obra “El pensamiento político del Constituyente de 1856 – 1857” de la siguiente manera: “La Comisión conoció que un deber imperioso y sagrado le demandaba una declaración de los derechos del hombre y ha procurado satisfacer a esta exigencia en el título primero”, declaro Arriaga en la parte expositiva de su presentación, el capítulo de los derechos humanos fue tomado de la declaración francesa de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, del Bill of Rights norteamericano , algo de la Constitución de Cádiz y lo disperso de la Constitución de 1824. Extrañamente no se mencionó el Decreto de Apatzingán de 1814, el que había dedicado todo un capítulo (el V, a la igualdad, seguridad, propiedad y libertad de los ciudadanos).

El Título I, “De los Derechos del Hombre” Sección I de la Constitución de 1857, reflejó la importancia que se les daba por parte de los miembros del constituyente, principalmente los de ideología liberal, este catalogo de garantías que constó de 29 artículos, fue considerado uno de los más completos para la época, aunque no se incluyera dentro de éste reconocimiento la libertad religiosa, debido las discusiones acaloradas y divididas en la sesiones del Constituyente de 1856 y 1857.

El Artículo 1º de la Constitución es una declaración de reconocimiento a los Derechos del Hombre pues fue redactado de la siguiente manera: “El pueblo mexicano reconoce que, los derechos del hombre son la base y el objeto de las instituciones sociales. En consecuencia declara, que todas las leyes y todas las autoridades del país, deben respetar y sostener las garantías que otorga la presente Constitución.

Estudiosos del Derecho Constitucional como Emilio O. Rabasa, Ignacio Burgoa Orihuela y Paulino Machorro Narváez señalan que el artículo 1º de la Constitución de 1857 es un claro reflejo de la ideología política que se vivía en ese momento, que era el liberalismo romántico, basado en el Iusnaturalismo, que anhelaba reconocer sobre todas las cosas los Derechos de cada individuo, que habían sido dados en su momento por el creador todopoderoso. Puede ser fácil para muchos criticar esta concepción sobre los que ahora son llamados Garantías Individuales o Derechos Humanos, pero debemos de observar que las ideas vertidas en este artículo son el resultado de la situación que había vivido el país durante años, al haber tenido que soportar la feroz dictadura Santanista, es por eso que para varios de los constituyentes de 1857 fue necesario reconocer de esta manera los Derechos del Hombre, como lo habían hecho la Declaración de Independencia de los Estados Unidos de América y la declaración francesa de los Derechos del Hombre y del Ciudadano.

Los Artículos 2 al 11 garantizaron los derechos referentes a la libertad en una gran variedad de formas.

El artículo 2° reconoció la libertad humana o libertad física de las personas al prohibir la esclavitud, siguiendo la senda establecida por Miguel Hidalgo, en su bando del 6 de diciembre de 1810, pese a tener la presión de que en nuestra frontera norte se encontraban los Estados Unidos de América en los cuales aún existía la esclavitud en sus estados del sur, en palabras de Paulino Machorro Narváez: "Y, por tanto, el artículo 2 de la Constitución mexicana fue un reto valiente al poder económico, militar y político más grande del mundo."[

El artículo 3° consagró la libertad de enseñanza, además de acotar la necesidad de reglamentar las profesiones que necesitan de título para su ejercicio, para evitar el ejercicio indebido o la usurpación de profesiones.

El 4° y el 5° preceptos constitucionales reconocieron los derechos referentes al trabajo, la libertad para ejercer la profesión, oficio o trabajo que

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