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DERECHO LABORAL INDIVIDUAL Y COLECTIVO


Enviado por   •  27 de Octubre de 2021  •  Ensayo  •  1.199 Palabras (5 Páginas)  •  497 Visitas

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DERECHO LABORAL INDIVIDUAL Y COLECTIVO

Universidad Iberoamericana

Contaduría Pública, semestre 1

Derecho empresarial

Gerson Calet Ortiz Canamejoy

Mocoa – Putumayo -  Colombia

2021

INTRODUCCIÓN

     El Derecho Individual del Trabajo, como tal denominación lo indica, tiene como objeto o materia de regulación las relaciones individuales de trabajo. En él siempre encontramos· como sujeto en frente de un patrono a, los trabajadores, individualmente considerados, esto es, con exclusión .de cualquier comunidad o asociación laboral a la que pertenezca. Aunque el patrono pueda ser un sujeto colectivo, vgr., una sociedad comercial. Su objeto de regulación es, por' consiguiente, derechos, obligaciones, situaciones e intereses que tienen que ver exclusivamente con cada trabajador como persona concreta y determinada frente a su respectivo patrono. Su institución básica es el contrato individual de trabajo. .

Por el contrario, el objeto o materia de regulación del Derecho Colectivo' del Trabajo lo constituyen las relaciones colectivas de trabajo, en las cuales encontramos ya a los trabajadores "formando asociaciones permanentes o simples comunidades de hecho, las cuales asumen, como es obvio, la calidad de sujetos de tales relaciones colectivas. Su objeto de regulación es, entonces, derechos; obligaciones, situaciones e intereses relacionados con esas asociaciones o esas comunidades de hecho formadas por los trabajadores"1. Ramirez Zuluaga, B (1982).

DIFERENCIA ENTRE DERECHO LABORAL Y COLECTIVO.

Derecho individual

Derecho colectivo

  • Existe plena identificación entre empleador y trabajador.
  • El acuerdo de voluntades entre los sujetos de la relación laboral determina el alcance de ejecución de las obligaciones entre empleador y trabajador.
  • El amparo de los derechos que afecten la esfera individual del trabajador procede por medio de la acción de tutela.
  • Comprende: seguridad social, parafiscales, salario, auxilio de transporte, prima de servicios, cesantías, entre otras.

  • Se identifican empleador y sindicato.
  • Las bases de la relación de trabajo pueden modificarse mediante el procedimiento de la negociación colectiva.
  • Garantiza el ejercicio del derecho de asociación sindical.
  • Procede por medio de tutela el reclamo de garantías particulares para la asociación sindical.
  • El trabajador es representado por el sindicato, en especial frente a las actuaciones que congregan la voluntad general de los trabajadores miembros de la asociación sindical, para convenir nuevas o mejores condiciones laborales.
  • Amplía la protección de los derechos emanados del contrato individual firmado con el empleador, ya que consagra mecanismos coercitivos accesorios para la defensa de sus intereses, tales como la huelga, el arbitramento y la conciliación.
  • Comprende: fuero sindical, número de personas para formar un sindicato, personería jurídica, entre otras.

RELACIÓN LABORAL

Una relación laboral es aquella por la que una persona natural realiza una labor o presta un servicio en favor de otra persona, ya sea esta natural o jurídica. Dicha prestación puede ser ejecutada en forma gratuita u onerosa. Por otra parte, la manera en que se cumple la determinada labor puede estar sujeta a las órdenes de alguien o puede, por el contrario, no estar sujeta a ninguna orden y realizarse de forma autónoma. La realidad de estas circunstancias determina si se está frente a la figura de un contrato de trabajo o si, por el contrario, se trata de otra clase (especie) de relación laboral.2

¨Una relación laboral hace referencia al vínculo jurídico que sujeta a quien realiza una prestación laboral a favor de otra, y a esta última respecto a quien realiza la prestación a su favor¨.3 Vallecilla Baena, L.(2020)  

CONTRATO DE TRABAJO

      El contrato laboral es el mismo contrato de trabajo, que en la legislación colombiana está regulado por el código sustantivo del trabajo en su artículo 22 y siguientes.

La definición del contrato laboral la encontramos en el numeral primero del artículo 22 del código sustantivo del trabajo:

¨Contrato de trabajo es aquél por el cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal a otra persona natural o jurídica, bajo la continuada dependencia o subordinación de la segunda y mediante remuneración¨ 4. Chavarro, Cadena. J. E. (2018)

DURACIÓN DEL CONTRATO

     La duración de un contrato de trabajo depende de lo que las partes acuerden o de la naturaleza del objeto que da lugar al contrato. Están establecidos en el artículo 45 del código sustantivo del trabajo en Colombia y se dividen en 4 que son:  contrato de trabajo a término fijo, contrato a término indefinido, Contrato de obra o labor y Contrato ocasional, accidental o transitorio.

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