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DERECHO MERCANTIL


Enviado por   •  25 de Octubre de 2012  •  2.413 Palabras (10 Páginas)  •  416 Visitas

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DERECHO MERCANTIL

El derecho mercantil se originó en Grecia separadamente del derecho civil, cuya finalidad consiste en regular la práctica comercial. Es el derecho mercantil un derecho profesional que corresponde a una clase determinada (los comerciantes), de allí que es de la competencia del Derecho Mercantil, el estudio del comerciante en todas sus facetas, y además el de otras instituciones que surgen a su alrededor y a propósito de la actividad que desempeña.

Según Eli Saúl Barboza el derecho mercantil se puede definir como : " Es la rama del derecho privado, integrada por principios legales y doctrinales encaminados a estudiar y disciplinar el ejercicio profesional de una actividad económica organizada que está dirigida a la producción o al cambio de bienes o de servicios, y también a los particulares actos en que se concreta la materia comercial".

Existen dos sistemas fundamentales, el subjetivo y el objetivo, con base en los cuales se ha pretendido conceptuar el derecho mercantil:

El sistema Subjetivo; parte de la idea de que el Derecho Mercantil es el derecho de los comerciantes.

El sistema Objetivo; parte del supuesto de que el derecho comercial es el derecho de los actos de comercio, por cuanto es la ley la que califica cuáles actividades son comerciales, independientemente de las personas que la ejecutan.

El sistema Mixto; este sistema se basa en la combinación de las nociones de comerciante y de acto de comercio. Tiene en cuenta la participación del comerciante en el ejercicio del comercio, pero admite al mismo tiempo, que ciertos actos son comerciales aunque sean realizados por no comerciantes.

El derecho mercantil venezolano ubica su estudio en el sistema mixto, pero hace mayor énfasis en la teoría objetiva.

Características del Derecho Mercantil:

La universalidad: El derecho mercantil tiene como característica ser universal, por cuanto el tráfico comercial es un fenómeno universal; es decir que el derecho mercantil es de carácter permanente y simultáneo y ocurre en todas partes del mundo.

Carácter Consuetudinario: Toda vez que la ley no puede surgir con la perentoriedad que reclama la actividad comercial, el sentido práctico del comerciante suple el silencio de la ley y da paso de esa manera al nacimiento de una nueva norma que cubrirá en su oportunidad la laguna de la ley, es decir que este derecho se basa en la costumbre.

La Celeridad: Este carácter es recogido en la ley y hacen que se tomen soluciones prácticas que se adapten a la realidad, cuya formalización se hace con el simple consentimiento manifestado sin cubrir ninguna formalidad.

La Seguridad: El carácter de la seguridad constituye un sistema jurídicamente seguro, mediante el cual las partes contratantes encuentran la suficiente protección legal de sus intereses.

Crédito: El crédido dentro del comercio es sinónimo de confianza y surge mediante la solvencia moral y económica del comerciante.

La Equidad: Consiste en un comportamiento equitativo, justo, que dignifique el comercio, evitando transitar por los peligrosos caminos del denominado mercado negro.

Fuentes del derecho Mercantil:

La ley: Es el conjunto de principios normativos de derecho positivo que disciplinan la materia comercial.

La Costumbre: Constituye la segunda fuente del derecho comercial y sirve para interpretar la voluntad de los contratantes o para suplir el silencio de la ley.

La Jurisprudencia: Son las distintas sentencias dictaminadas por los respectivos Tribunales de Justicia en lo relacionado con algún caso comercial.

Relaciones del Derecho Mercantil con otras ramas de la Ciencia Jurídica:

Con el derecho civil: El derecho mercantil tiene que tomar del derecho civil, en una forma continuada y permanente, los principios legales y doctrinarios contenidos en éste.

Con el derecho procesal: Tiene relación con el derecho mercantil, ya que muchos de sus principios por razones de accesoriedad sistemática se encuentran enlazados a los del derecho mercantil.

Con el derecho penal: El derecho mercantil se relaciona con el derecho penal, porque este derecho mediante su Código Penal, establece pena para todo aquel que cometa un delito en el ejercicio de determinadas actividades comerciales.

Con el derecho del trabajo: Las relaciones del derecho mercantil con el derecho del trabajo se manifiestan en la reglamentación que hace este derecho de los colaboradores y auxiliares para proteger sus intereses.

Con el derecho agrario: Las relaciones del derecho mercantil con el derecho agrario surgen fundamentalmente en su afán de distinguir la actividad agrícola de la comercial.

TEMA Nº 1

DERECHO MERCANTIL: Es la rama del Derecho Privado constituido por una serie de normas que regulan aquellos actos que la ley considera como actos de comercio.

Es un conjunto de normas, reglas y preceptos, que regulan las actividades del comercio.

Es la rama del Derecho Privado que regula las operaciones jurídicas entre comerciantes y no comerciantes.

AUTONOMÍA DEL DERECHO MERCANTIL: Se dice que el Derecho Mercantil es autónomo en virtud de que no depende de ninguna otra disciplina jurídica para existir, tiene su propio sistema normativo, dispone de su propia jurisprudencia y de su doctrina.

FUENTES DEL DERECHO MERCANTIL

Fuente: La palabra fuente nos da la idea de donde emana o brota algo. Para el Derecho Mercantil es el conjunto de medios materiales e inmateriales, que jurídicamente determinan el nacimiento, formación y manifestación del Derecho Mercantil.

La Ley: Es el conjunto de principios normativos del que regula la materia comercial. Está representada por:

El Código de Comercio: Es la ley comercial por excelencia de conformidad con el Art. 1. Representa a la Ley por:

Las diversas relaciones que disciplina.

Los instrumentos de que está dotado.

Ofrecer los criterios suficientes para determinar la naturaleza comercial de otras leyes.

Leyes Especiales EN Materia Mercantil:

Son complementarias del Código de Comercio.

Las disposiciones de igual naturaleza, se encuentran insertas en las normativas civiles, ya sea el Código Civil o cualquier otra ley especial, como:

Naturaleza Comercial: Ley General de Bancos y otras Instituciones Financieras, Ley de Propiedad Industrial, Ley de Mercado de Capital, Ley de Empresas de Seguros y Reaseguros.

Disposiciones del Código Civil: Los casos que no estén especialmente resueltos por el código de Comercio, se aplican a las disposiciones del Código Civil.

La Costumbre Mercantil: Es la segunda fuente del Derecho Mercantil, y su importancia está dada por el origen

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